Julio López
está desaparecido
hace 6401 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Histórico reconocimiento a la justicia indígena
Por Florencia Trentini - Friday, Sep. 05, 2014 at 2:27 PM

El pasado lunes, el directorio de la Corporación Interestadual Pulmarí anunció que el Ministerio Público Fiscal de Neuquén comenzará a reconocer la justicia indígena para delitos menores.

Histórico reconocimi...
mapuches-680x365.jpg, image/jpeg, 680x365

Actualmente, distintas políticas de Estado -al menos en lo discursivo- buscan impulsar y promover la visibilidad, el reconocimiento y la autoafirmación de las distintas culturas mediante el paradigma de la interculturalidad, entendiendo que el diálogo e intercambio posibilitarán la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. En el caso de los Pueblos indígenas, el reconocimiento a la preexistencia étnica y cultural y el respecto a su identidad, garantizados en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, se han plasmado, por ejemplo, en la modalidad de Educación Intercultural Bilingüe dentro de la Ley Nacional de Educación o en el área de salud Indígena en el marco del Ministerio de Salud de la Nación.

Sin embargo, ¿cómo podría pensarse la implementación de esta interculturalidad cuando se trata de “la justicia”? ¿qué conductas podrían ser juzgadas por los Pueblos indígenas? ¿cómo articular esto con las prácticas de la justicia “ordinaria”? Países como Bolivia y Ecuador han iniciado un complejo proceso de reformas de sus sistemas judiciales que tienen en cuenta estas “otras” lógicas de convivencia y organización social basadas en el Buen Vivir, para avanzar en la construcción de Estados plurinacionales.

Alrededor del mundo, los Pueblos indígenas tienen sus propios “códigos morales” para impartir justicia, basados en las costumbres y tradiciones ancestrales. Estos sistemas varían en cada Pueblo por lo que en lugar de hablar de “justicia indígena” deberíamos hablar de “justicias indígenas”. No obstante, lo que tienen en común es que las transgresiones a las normas suelen ser juzgadas por prácticas de recomposición, compensación o reparación del daño causado y no por la mera vía del castigo, que suele ser la forma de impartir justicia “ordinaria” u “occidental”.

Esta semana nuestro país dio un paso adelante en el reconocimiento a la justicia indígena. El Ministerio Público Fiscal de Neuquén anunció que comenzará a tener en cuenta las costumbres del Pueblo Mapuche para resolver conflictos penales, siempre y cuando estas costumbres no sean incompatibles con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos.

Si bien en principio este cambio afectará solamente al territorio de la Corporación Interestadual Pulmarí, integrada por el Estado nacional, provincial y las comunidades mapuche Currumil, Catalán, Aigo, Hienguihual, Ñorquinco y Puel, el objetivo es que los fiscales de Neuquén reconozcan las costumbres ancestrales del Pueblo Mapuche al momento de resolver casos penales que involucren delitos menores.

En los próximos días se establecerán las pautas oficiales para aplicar los principios presentes en la “Declaración de Pulmarí”, firmada el pasado lunes. En la misma se establece el compromiso de “reconocer y respetar la identidad de los Pueblos indígenas neuquinos en la forma de resolver sus conflictos, dentro del marco de los Derechos Humanos y del ordenamiento jurídico vigente; fomentar, a través de actividades conjuntas, el intercambio cultural; rescatar y poner en valor las tradiciones y costumbres de los pueblos indígenas; promover los métodos de resolución de conflictos basados en el diálogo y en el respeto mutuo; coordinar acciones en conjunto para articular el abordaje de los conflictos”.

Esta iniciativa se sustenta en distintas normas legales, tanto nacionales como provinciales, que reconocen el derecho a la diferencia cultural. El artículo 53 de la Constitución de Neuquén reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas neuquinos y garantiza el respeto a su identidad. Asimismo, el Código Procesal Penal de la provincia establece que “en los procedimientos se tendrá en cuenta la diversidad étnica y cultural” y que “cuando se tratare de un hecho cometido por un miembro de un pueblo indígena se aplicará en forma directa el artículo 9.2 del Convenio 169 de la OIT”. Este artículo sostiene que “en la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros”.

El reconocimiento se aplicará en caso de robos, hurtos, amenazas o lesiones leves, y quedarán excluidos del mismo los casos que afecten gravemente el interés público, como un homicidio, una violación a la integridad sexual o a los derechos humanos. Solo será posible en casos en el que el conflicto involucre a miembros de comunidades indígenas reconocidas como tales por el Estado; haya ocurrido en territorio indígena reconocido por el Estado; y sea resuelto por una autoridad legitimada por las comunidades. En estos casos los fiscales podrán evitar la acción penal si los involucrados llegan a una solución conjunta y si la misma es avalada por las autoridades de las comunidades.

En tanto esta medida no tiene precedentes resulta difícil vaticinar que va a suceder en la aplicación concreta en los territorios. Como toda política intercultural sus posibilidades pueden variar entre ser una legislación de avanzada más, que suena bonita y progresiva en los papeles pero que no termina de afectar positivamente a las comunidades, o puede ser un paso más en la construcción de una transformación social que brinde la oportunidad histórica de reparar los errores pasados de Estados marcadamente colonialistas y etnocéntricos.

Lo que sí puede decirse es que como toda política intercultural, es resultado de la lucha permanente de los Pueblos indígenas por su derecho a ser reconocidos como diferentes, pero también como iguales, en el camino a construir un Estado que verdaderamente reconozca y valorice la diversidad cultural.

Florencia Trentini, antropóloga – @flortrentini

agrega un comentario