Julio López
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Respuesta de la Red de Observatorios de Conflictividad Social a los dichos del MTEySS
Por Observatorio del Derecho Social - Monday, Sep. 15, 2014 at 3:13 PM

Los abajo firmantes miembros de la Red de Observatorios sobre Conflictividad Laboral validamos el rigor científico de las cifras aportadas por el Observatorio de Derechos Sociales de la CTA y planteamos algunas respuestas a la nota realizada al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicada en Página 12, el día 1 de septiembre de 2014.[1]

1) Sobre la siguiente afirmación remarcada por la fuente de referencia donde se sostiene que: “Los observatorios privados (…) construyen datos que carecen de rigor. Uno de estos observatorios informó recientemente sobre un supuesto incremento del 37 por ciento de la conflictividad laboral con datos obtenidos de la suma de acciones tan diferentes como las huelgas y las declaraciones o conferencias de prensa de sindicalistas”, consideramos oportuno aclarar que los Observatorios de Conflictividad Laboral y su Red[2]
no son de carácter privado, son proyectos de investigación financiados por Universidad Nacionales y públicas. La totalidad de los miembros de la Red son especialistas en temas laborales, con trayectoria en la docencia y la investigación, perteneciendo a organismos públicos de Ciencia y Técnica como es CONICET y Universidades Nacionales del país (UBA, UNCuyo, UNCórdoba, UNMar del Plata, UNSJ, etc.). El caso al que refiere la nota en cuestión polemiza con el ODS-Observatorio de Derecho Social, iniciativa de una Central Obrera que forma parte de esta Red.

2) Los datos discutidos -dicen- “carecen de rigor”. Para afirmar que algo carece de rigor, hay que conocerlo. Los Observatorios miembros de la Red cuentan con un diseño metodológico que garantiza la rigurosidad en el procesamiento, tratamiento y análisis de los datos. Es decir, cada uno de ellos son instrumentos construidos por expertos de distintos campos de las ciencias sociales, con trayectorias en investigaciones sociológicas, económicas e históricas con conocimientos metodológicos-estadísticos-informáticos necesarios para la elaboración de esta técnica de medición cuantitativa (en una de sus fases).

De su estudio minucioso surge la selección de las unidades de análisis de cada observatorio. Comparar unidades de análisis distintas, sería un grave error, y en efecto carecería de rigor. La definición y conceptualización de conflictos no responde a ‘caprichos’ de sus investigadores sino a un trabajo de rastreo, recolección, sistematización, análisis crítico de una multiplicidad de estudios y producciones sobre conflictos sociales y laborales. Investigaciones nacionales e internacionales han sido problematizadas de manera seria, con precisión conceptual. De este arduo trabajo han surgido las definiciones teóricas y operativas de nuestros observatorios, así como también de extensas instancias de intercambio entre los miembros de la red para alcanzar la forma de registro y medición con mayor fiabilidad, rigurosidad y coherencia epistemológica, teórica y empírica.

De este modo, es posible debatir y reflexionar sobre nuestras metodologías, pero sin desconocerlas, sin tergiversar los datos. Discutiendo en varias de sus aristas (sin descuidar la política) qué es el conflicto. Comparando lo que es comparable. Huelgas, paros –para nosotros- conforman diversas e importantes expresiones de la conflictividad laboral, pero no las únicas. “Acciones tan diferentes” que no cesan de expresar el malestar y las disputas de los trabajadores.

Es importante recordar que las unidades de análisis de los Observatorios son las acciones conflictivas o los conflictos.[3]

El caso del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, su unidad son los conflictos laborales con paro. Por lo cual, sería conveniente para realizar una comparación entre bases de datos, efectuar ciertos procedimientos y operaciones para que estos registros sean efectivamente comparables. Con el fin de poder discutir con la rigurosidad necesaria y la seriedad teórica y política que estos temas implican.

Los observatorios distinguen claramente entre sus acciones conflictivas -paros y huelgas- siendo éstos uno de los formatos de protesta posible. Medir la conflictividad solo por las huelgas y los paros está indicando el desconocimiento de la situación extendida de suspensiones y despidos que no se responden con huelgas sino con cortes y piquetes, asambleas que son reprimidas duramente por las fuerzas de seguridad y desactivados por las conducciones gremiales. No registrarlos, para nosotros, implica un recorte metodológico cuyo fundamento teórico ignora los formatos de protesta extendidos y significativos, pero sobre todo elude las responsabilidades del Estado en la represión de estos conflictos de base.

3)Otra postulación que merece comentario es la siguiente “(…) destaca que las negociaciones por salarios en el ámbito privado se resolvieron sin que los grandes sindicatos de rama a nivel nacional protagonizaran conflictos de relevancia”. Por un lado es interesante -para los que investigamos conflicto laboral-conocer quiénes son los grandes sindicatos de rama y a quién responden para evaluar su ‘nivel de litigiosidad’. Por otro, cabría indagar si la conflictividad está protagonizada por organizaciones de base-alternativas que no se registran porque justamente no son reconocidas como tales en la esfera legal y la de la negociación con el Gobierno. En este aspecto, nosotros no reducimos la realidad de la conflictividad laboral a lo que acontece en el marco de la ‘legalidad’ estatal en referencia a la representación obrera.

En otro orden es significativo reconocer que las demandas más fuertes han sido por continuidad laboral más que en defensa del nivel salarial. El “repliegue” a cuestiones básicas como las condiciones de contratación, incidió negativamente en la magnitud de la conflictividad por salario (en algunos casos la negociación salarial fue por debajo de lo que se haría en una situación de “no-crisis”), y señala algunas tendencias que marcan en qué sentido se está desplegando la conflictividad laboral.

Si bien en este escrito quisimos esgrimir la importancia de la construcción de herramientas de análisis y estudio autónomas del Gobierno, cuya seriedad y rigurosidad defendemos, asimismo sostenemos que cada perspectiva se sostiene desde un lugar social a partir y desde donde se disputa el sentido.

Firman por el Observatorio de Conflictividad Laboral y Socioambiental de Córdoba (área laboral), proyecto avalado y subsidiado por la Secretaría de Extensión Universitaria de la UNC – Fernando Aiziczon (CONICET/UNC), Susana Roitman (UNVM), Marina Falvo (CONICET), Paula García Schneider (CONICET), Lisandro Levstein (CONICET/UNC), Julian Fanzini (CONICET UNC), Cecilia Sozzi (UNC), Eugenia Fernández (docencia nivel medio). Observatorio de Conflictividad Laboral y Sociambiental de Mendoza Sergio Onofrio (UNCuyo), Patricia Collado (CONICET-UNCuyo), Eliana Canafoglia (CONICET-UNCuyo), Gabriela Scodeller (CONICET-IIGG), Beatriz Soria (CONICET-UNCuyo), Marcela Emili (CONICET). Cecilia Salvo (UNCuyo), Carolina Ramírez (UNCuyo), Flavia Mercado (CONICET-UNCuyo), Sandra Collado (UDA). Por SISMOS- Seminario de Investigación Sobre el Movimiento de la Sociedad: Nicolás Rabino (UNMdP), María Soledad Schulze (UNMdP), Luciana Nogueira (UNLP/CONICET), Guillermina Laitano (UNMdP), Fernando Vissani (UNMdP), Federico Guixá (UNMdP), Cristian Tibaldi (UNMdP), Agustín Nieto (UNMdP/CONICET). Por el Observatorio del Instituto de Investigaciones Socioeconómicas de San Juan: Alicia Naveda (UNSJ), Sonia Vega (UNSJ), Lelis Jofré (UNSJ), Mónica Veramendi (UNSJ) ana López (UNSJ), Francisco Favieri (UNSJ), Observatorio del Derecho Social-CTA: Luis Campos, Julia Campos, Jimena Frenkel.

[1] La nota de referencia es http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-254238-2014-09-01.html (última consulta el 11/09/2014)
[2]La vinculación entre investigadores y unidades académicas data de 2010, en el mes de julio del presente año firmaron el acta inaugural de la red investigadores de Mendoza, San Juan, Córdoba, Mar del Plata, Entre Ríos, Villa María y Buenos Aires.
[3] Conflicto social: en términos generales se lo puede entender como la disputa general (material y/o simbólica) entre clases dominantes y clases subalternas, articuladas en torno a fuerzas sociales y/o políticas, y/o al interior de cada uno de éstas. Acción conflictiva: la definimos como la máxima unidad de desagregación del proceso de conflictividad social, resultante del encuentro friccional entre intereses situacional y relacionalmente opuestos, cualquiera sea su escenario: fábrica, campo, calle, escuela, etc., protagonizada por sujetos sociales. Son parte de un proceso conflictual, no son acciones aisladas.

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