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Perú: Clan Humala-Heredia, los nuevos capos de la corrupción
Por Mauricio Quiroz Torres - Tuesday, Nov. 18, 2014 at 10:45 PM
limaprovincias3@yahoo.es

QUIEN ES EL CABECILLA DE LA MAFIA DE MARTIN BELAUNDE LOSSIO: TODO APUNTA A PALACIO DE GOBIERNO. URGE MODIFICAR REGLAMENTO DE LEY DE CONTRATACIONES QUE FACULTA ADELANTO DE OBRAS.

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PERU: CLAN HUMALA-HEREDIA, LOS NUEVOS CAPOS DE LA CORRUPCION

Mauricio Quiroz T.**


“No solo es ratero el que roba una gallina, un chancho, el que te despelleja una vaca en la noche y en las zanjas más inhóspitas, no solo es abigeo quien te roba un burro matoso o un caballo de paso fino, no. Mas ratero es el ratero con corbata, el ratero con terno, el ratero que trabaja en oficina, el delincuente que funge de presidente, el verraco que se siente general triunfante”
Julián Perez**



Luego de observar el caso de las Obras del Cusco adjudicadas a la empresa española ANTALSIS (1) propaladas por el programa periodístico Cuarto Poder de América Televisión del Domingo 16 de Noviembre queda más claro que la captura de Rodolfo Orellana ha sido puesta en la escena pública para tapar el caso Martin Belaunde Lossio aunque sin conseguirlo.

El único interesado de ello es el nacionalismo burgués humalista.

La modalidad delictiva con que actúa el humalismo ha sido la misma que ha usado el APRA con el programa “Agua para Todos” y otros programas sociales que han manejado altos mandos del Partido Aprista durante el segundo gobierno de Alan García y que en buena parte han usado las Cartas Fianza otorgadas por COPEX, la compañía de Rodolfo Orellana.

Esta consiste en entregar obras de montos superiores al millón de soles a empresas amigas de los capistotes que dirigen el poder político, especialmente las que se localizan en centros poblados alejados de las capitales de provincia y/o distritos, especialmente en la región sierra altoandina.

Los intermediarios han sido tanto Gobiernos Regionales como las Municipalidades como nos lo recuerda el caso de la Municipalidad Provincial de Chiclayo del Clan los limpios de la corrupción.

Lo grave de estas obras es que también, buena parte de ellas están abandonadas pese a haber recibido el 60 % de adelanto directo (2) de los millones de soles adjudicados por obras.

En la corrupción humalista la empresa beneficiada ha sido la española ANTALSIS, empresa a la que intermediaba Martin Belaunde Lossio, jefe de la campaña humalista del 2006 y del 2011, como nos lo acaba de confirmar Vladimir Cerrón.

Urge que de oficio la Fiscalía de la Nación actué por asociación ilícita para delinquir, colusión, cohecho, falsedad ideológica, etc., contra los directivos de la empresa española ANTALSIS, Martin Belaunde Lossio, los Congresistas Víctor Isla y Cenaida Uribe, el operador de estos Juan Rivera Ydrogo; y los actuales mandamases del nacionalismo burgués en el país, Ollanta Humala y Nadine Heredia.

Y para todos ellos solicitamos la Prisión Preventiva.

Y para que la corrupción no avance más se hace necesario modificar urgentemente el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (3) que impida otorgar adelantos de obras, que es la madre de La corrupción.

Lo hará el Poder Ejecutivo?

Se atreverá Ollanta Humala a derogar el art. 186 del D.S. Nº 184-2008-EF-Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado?. Veremos.


*Vicepresidente Instituto Pueblo Continente.

**Escritor ayacuchano. Ganador de la Iv Bienal de Novela “Premio Copé 2013” con su novela “Criba”.
Notas.
1. Ver nuestras notas:
http://www.facebook.com/mauricio.quiroz.73113/posts/398676370285727

http://www.facebook.com/mauricio.quiroz.73113/posts/398676793619018

http://www.facebook.com/mauricio.quiroz.73113/posts/399608600192504

2. Ver el primer párrafo del art. 38 de la Ley de Contrataciones del Estado-Dec. Leg. 1017 que señala las condiciones generales para la entrega de adelantos, indicando que “A solicitud del contratista, y siempre que haya sido previsto en las Bases, la Entidad podrá otorgar adelantos en los casos, montos y condiciones señalados en el Reglamento.”

Esta facultad de otorgamiento pese a que es facultativa se ha generalizado en casi el 99% de las obras que ejecuta el gobierno nacional y los subnacionales (Regiones y Municipios).
3. El art. 186 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF, es el que autoriza a otorgar un adelanto directo al contratista hasta el 20% del valor de la obra y el 40% por materiales e insumos.

El pretexto para ello es que si no se le otorga el adelanto se encarecerá la obra pues la empresa recurriría a financiamiento particular para agenciarse de insumos, materiales, etc.

Argumento falaz pues las empresas que contratan con el Estado conocen que el Estado siempre paga y, sobre todo, que quienes participan en licitaciones públicas se supone son empresas solventes que cuentan con personal y logística mínima necesaria para participar en las obras públicas.

Más aún, cualquier proveedor sabe que basta el Contrato de una Obra para otorgar crédito al ganador de una licitación y lo hace sin encarecer necesariamente sus entregas.

Lo que pasa es que esta modalidad del adelanto facilita la corrupción con el famoso pago de los diezmos que enriquece a autoridades y políticos a costa de obras sin culminar o de pésima calidad.

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CHRISTIAN LAURIENTE QUINTANA
Por Christian LaurienteQuintana - Tuesday, Nov. 10, 2015 at 5:39 PM
christianlq@hotmail.com 0051-959-947-492 Jr. Inambari Nro. 783 Lima

SOLAMENTE HAY QUE COMPRAR A LA SUNAT Y YA ESTA MEJORADA TU IMAGEN.

CHRIS

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