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Menos días de vacaciones para los Empleados de Farmacia
Por Periódico El Roble - Monday, Nov. 24, 2014 at 1:10 PM

21/11/2014 | FATFA y ADEFM (Mendoza) han disminuido los derechos conquistados en los CCT de trabajo anteriores a sus renovaciones.

Menos días de vacaci...
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Después de la modificación del año 2013 en el CCT 659 de FATFA el inciso d) en su Art 27, fue una conquista histórica que la actual dirigencia que conduce no supo defender, cediendo este derecho a las patronales y retrocediendo en el, para aquellos que tienen más de 20 años de antigüedad, a los 35 días como dice la LCT Art 150.

Por otra parte ADEFMza – FENAEMFA fue pionero en flexibilizar este derecho en el 2005 haciendo que los incisos b), c) y d) disminuyeran en 24, 31 y 38 días respectivamente y que la anticipación con la que el empleador debe comunicar las vacaciones pase de 60 días a 45 días. (CCT 429/05 – Art 24)

Estas son solo unas muestras del porqué debemos continuar luchando por nuestros derechos.

Si vas a seguir trabajando en farmacia sumate a la organización, difundí estos atropellos y anímate a formar un grupo de acción para recuperar y mejorar nuestras condiciones laborales.

Días de Vacaciones Conquista histórica CCT de 1988

CCT 26/88

Art.30° – LICENCIA ANUAL ORDINARIA: El trabajador gozará de un período continuado de descanso anual remunerado, por los sig. plazos:

a) De diecisiete (17) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años;
b) De veintiséis (26) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco (5) años, no exceda de diez (10) años;
c) De treinta y cinco (35) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de diez (10) años, no exceda de veinte;
d) De cuarenta y cuatro (44) días corridos cuando la antigüedad sea mayor de veinte (20) años. Los empleados que no atenten la antigüedad mínima se regirán por las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Esta licencia se deberá comunicar al empleado con sesenta (60) días de anticipación. Comenzarán siempre en día lunes o día subsiguiente si este fuera feriado.

El importe correspondientes al período de licencia se abonar por anticipado al comienzo de la misma, integrando tal período con la totalidad de los días desde el comienzo hasta la finalización.

Siglas utilizadas:

LCT = Ley 20744 de Contrato de Trabajo.

CCT = Convenio Colectivo de Trabajo.

FATFA = Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia.

FENAEMFA = Federación Nacional de Empleados de Farmacia.

ADEFMza = Asociación de Empleados de Farmacia de Mendoza.

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