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Los juicios de diciembre
Por Red Eco Alternativo - Friday, Jan. 02, 2015 at 10:06 PM

2 de Enero de 2015 | En las últimas semanas de 2014 se conocieron varias sentencias en procesos por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico militar. Otras causas, en tanto, continúan siendo juzgadas como el tercer tramo de la ESMA, que ingresa en su etapa de alegatos; mientras que algunas acaban de comenzar como el quinto juicio en Mendoza. De todos modos, existen críticas desde algunos organismos de derechos humanos, como HIJOS La Plata, respecto a lo que consideran un estancamiento en la realización de este tipo de instancias judiciales. Red Eco Alternativo.

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(Red Eco) Argentina - Sentencias – El lunes 29 de diciembre el Tribunal Oral Federal N°1 de Mar del Plata, integrado por los jueces Roberto Atilio Falcone, Néstor Rubén Parra y Mario Alberto Portela, condenó a prisión perpetua a tres de los cuatro imputados en el juicio por los delitos de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo que comprendió los Centros Clandestinos de Detención Comisaría de Olavarría, Regimiento de Caballería de Tanques 2 “Lanceros General Paz” de Olavarría, Brigada de Investigaciones de Las Flores, Monte Peloni (Sierras Bayas de Olavarría) y CCD “La Huerta” de Tandil.

El ex teniente coronel, quien fuera máximo responsable del Ejército de Olavarría, Aníbal Ignacio Verdura, fue señalado como responsable de “homicidio agravado” sobre seis víctimas y “privación ilegítima de la libertad y tormentos” contra otras veinte personas. A su vez, le fue revocada la prisión domiciliaria por lo que fue enviado al penal de Ezeiza. Por los mismos delitos, recibieron la misma pena el ex capitán y ex oficial de Inteligencia de la Plana Mayor (S2) del Regimiento de Caballería de Tanques 2 “Lanceros General Paz”, Walter “El Vikingo” Grosse, y el ex sargento e integrante del Grupo Operaciones del Escuadrón Comando, Omar “Pájaro” Ferreyra.

Ya en años de democracia, Ferreyra cumplió funciones en la Municipalidad de Olavarría, durante el mandato de Helios Eseverri, mientras que entre 2003 y 2007 fue director de Control Urbano.
En tanto, el ex oficial Horacio Leites recibió solo ocho años prisión, porque el tribunal dijo “no contar con las pruebas suficientes” para una condena mayor, como los 25 años que había solicitado la fiscalía. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 25 de febrero.

Organizaciones de derechos humanos y familiares adelantaron que ya se espera la realización de una segunda y tercera parte del juicio, con el objetivo de que se juzgue no solo a los responsables de las fuerzas de seguridad sino también a los médicos, periodistas, y otras personas de la sociedad civil que participaron del Terrorismo de Estado.

Una semana antes, el Tribunal Oral Federal N° 6 había dictado sentencia en el juicio por apropiación de menores en la maternidad clandestina del Hospital Militar de Campo de Mayo.

Los jueces María del Carmen Roqueta, Julio Luis Panelo y Jorge Humberto Gettas condenaron al ex médico militar Norberto Atilio Bianco a 13 años de prisión, y a la obstetra Luisa Yolanda Arroche de Sala García a 7 años además de ordenar su inmediata detención. También recibieron sentencia los ex militares Santiago Omar Riveros y Reynaldo Bignone, con penas de 30 y 16 años, respectivamente. Riveros, Bignone, y Bianco fueron señalados como coautores penalmente responsables de la apropiación, sustracción, y ocultamiento de menores de 10 años; mientras que la obstetra fue considerada partícipe necesaria del delito de falsificación de documento público. En tanto, el médico Eugenio Martin fue absuelto, aunque con el voto en disidencia de Roqueta. El tribunal ordenó la liberación de Martin en esta causa, pero permanecerá detenido porque está imputado en otro proceso.  

Al respecto, el fiscal Martín Niklison adelantó que recurrirá a Casación para revertir esta absolución. En declaraciones al sitio Infojus Noticias, se refirió al cargo que ocupaba Martin durante el Terrorismo de Estado: “Si yo soy autoridad del Hospital Militar (como era el caso de Martin) y ahí hay mujeres embarazadas secuestradas, se hacen partos y se llevan a los chicos, la responsabilidad para nosotros queda clara”. De todos modos, los fundamentos de la sentencia se conocerán el 26 de febrero de 2015.

El 18 de diciembre pasado, el Tribunal Oral Federal 4, conformado por los jueces Néstor Costabel, Horacio Barberis y Eduardo Carlos Fernández, condenó a Federico Minicucci (ex jefe del Regimiento III de La Tablada), Jorge Raúl Crespi (ex coronel del Ejército), Néstor Norberto Cendón (ex penitenciario y ex integrante del Batallón de Inteligencia 601 del Ejército) y Gustavo Adolfo Cacivio (alias “El Francés”, ex capitán del Ejército y ex jefe del CCD) por privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos, homicidios y violaciones, cometidos contra 204 víctimas en el Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio El Vesubio, entre 1976 y fines de 1978.

Cabe recordar que en este proceso también estaba siendo juzgado el represor José Faustino Svencionis, pero falleció pocos días antes de los alegatos.

Los fundamentos de la sentencia en este segundo juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en ese centro clandestino se conocerán el 26 de marzo; sin embargo, una de las querellas hizo públicas algunas críticas, a través de un comunicado. Se trata de la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL), integrante de Justicia Ya, que dio cuenta que el tribunal no hizo lugar a su solicitud de condenar por genocidio: “a pesar de que el país ha incorporado tratados que hacen aplicable esa calificación. La decisión de evitar ese encuadramiento excede el plano jurídico. Un plan sistemático de exterminio encabezado por las Fuerzas Armadas que deja un saldo de 30.000 desaparecidos es un genocidio, si es que las palabras aun conservan algún valor. La resistencia judicial a darle ese encuadramiento a los crímenes de la dictadura implican un encubrimiento de la historia de nuestro país”.

Además, señalaron que los jueces solo aceptaron incorporar dos casos de delitos sexuales de los 11 que habían sido denunciados por los sobrevivientes durante el desarrollo de las audiencias. A su vez, rechazaron la decisión del TOF 4 de mantener las prisiones domiciliarias de Minicucci y Crespi, a pesar de la solicitud de cumplimiento efectivo de condena en cárcel común efectuada por esta querella.

En camino

Existen varios juicios que continúan desarrollándose en todo el país por delitos cometidos durante la última dictadura cívico militar. Uno de ellos es el tercer tramo de la Megacausa ESMA que comenzó en noviembre de 2012 y que ingresará el próximo 23 de febrero en la etapa de alegatos.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por los jueces Daniel Obligado, Adriana Palliotti y Leopoldo Bruglia, está a cargo de este proceso en el que se juzga a 63 represores, en su mayoría ex miembros de la Policía Federal, por 789 delitos cometidos en ese centro clandestino. A su vez, en este tercer tramo se está juzgando por primera vez a ocho pilotos acusados de formar parte de los llamados “vuelos de la muerte”, en los que se arrojaban vivos al mar o al Río de la Plata a secuestrados.

En tanto, el lunes 29 de diciembre comenzó el segundo juicio por crímenes de lesa humanidad de la localidad mendocina de San Rafael y el quinto en la provincia. Allí se juzga a 26 represores por los delitos cometidos en el edificio del Poder Judicial local, que funcionó como lugar de detención clandestino bajo el nombre de “La Departamental”. También se investiga lo sucedido en otros dos CCD: la sede de Bomberos y la Radio Municipal. Es por los delitos cometidos contra 73 víctimas en cinco causas acumuladas, en las que se incluyen también hechos ocurridos en las localidades de Alvear y Malargüe.

Tras la lectura de la acusación contra los imputados (10 ex integrantes del Ejército y 16 de la Policía provincial), las audiencias se retomarán los primeros días de febrero.

En Mendoza, a su vez, continúa la megacausa conocida como el “juicio a jueces”, en los que se juzga - entre otros - a los ex magistrados Luis Miret, Otilio Romado, Gabriel Guzzo, Guillermo Petra y Rolando Carrizo. Se los acusa de no haber investigado las denuncias de detenciones ilegales, desapariciones y asesinatos que llegaron a sus juzgados en forma de hábeas corpus y otros recursos.

No alcanza

A pesar de la realización de juicios por delitos de lesa humanidad en todo el país, existen voces que consideran que este proceso no es suficiente. Una de ellos es el colectivo HIJOS La Plata que todos los años publica un informe sobre la actualidad de estos juicios a partir de información pública obtenida de las investigaciones de los organismos de Derechos Humanos, del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial.


hijos_la_plata.jpg“Desde la caída de las leyes de impunidad al 1 de noviembre de 2014 el Estado argentino sólo efectivizó 125 juicios orales con sentencia en todo el país. En esos 125 juicios estuvieron procesados 708 represores, y hubo como resultado 635 condenas sobre 519 represores, 67 absueltos y 6 muertos impunes mientras duraba el proceso, por un universo de 3098 víctimas. Esto quiere decir que sólo alrededor del 36% del total de los 2.000 procesados desde 2003 fue llevado a juicio, y un 27% de ese número de procesados fue condenado. Si tomamos como dato los 600 Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en todo el país durante la dictadura, los 519 condenados siguen representando, a casi de 11 años de anuladas las leyes de impunidad, menos de 1 represor condenado por CCD. Para completar el cuadro, hay menos de 100 represores cuya condena ha sido confirmada por los tribunales superiores del país. Esto marca claramente que la pretensión punitiva de estos procesos lejos está de representar la dimensión real del aparato represivo del Terrorismo de Estado”, afirman desde HIJOS La Plata en su informe anual.

A su vez, remarcan que de los 125 procesos realizados, casi la cuarta parte tuvieron un solo imputado, más de la mitad entre 1 y 5 imputados, y las tres cuartas partes de ellos entre 1 y 10 imputados: “ese patrón responde a la lógica de juzgamiento sólo de las responsabilidades de los altos jefes del mando militar o policial que funcionaron como responsables en la estructura orgánica de las zonas represivas, pero no contempla a la totalidad de los represores que actuaron en cada CCD ni mucho menos a la totalidad de víctimas que por ellos pasaron”, agregan.

En cuanto a las penas, señalan que sólo el 41% de los represores fue condenado al máximo de la pena (prisión o reclusión perpetua); mientras que 11% recibió 25 años de prisión, y el restante 48% menos de 25 años: “esto nos hace reflexionar sobre la calidad de la condena con que el Estado valora los crímenes que está juzgando, que son de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles, y fueron cometidos en grupos de tarea, utilizando el aparto de Estado y con acumulación de casos; pero que muchas veces son equiparados en sentencia en el monto de las penas a delitos graves y de sangre, pero cometidos por delincuentes comunes”.

Finalmente, hacen referencia a lo que consideraron una “voluntad manifiesta del oficialismo de ‘clausurar esta etapa histórica’ antes de retirarse en 2015”, algo que desde HIJOS La Plata califican como impracticable y una efectiva clausura que “dejará a miles de represores libres, a miles de familias sin respuesta por tantos años de lucha por Justicia y a una sociedad toda engañada sobre una política a medias de Juicio y Castigo”.

Si bien es cierto que la fragmentación de causas y los juicios con pocos imputados por pocas víctimas enlentecen el ya de por sí largo camino hacia el juicio y castigo, y que es necesario la elevación de causas por circuitos represivos o regiones, en este último año se ha juzgado a ex jueces y fiscales, como así también de médicos y otros responsables civiles. Es de esperar que a su vez se pueda avanzar en las responsabilidades económicas.

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