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Proyecto Código de Trabajo y Seguridad Social
Por Daniel Papalardo - Tuesday, Feb. 17, 2015 at 11:01 AM
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los trabajadores tenemos que tener presente una premisa básica: no buscar la verdad de la situación laboral que nos involucra cotidianamente, por la falsedad que se oculta tras el discurso de quienes han tomado la iniciativa.

Este es un dato significativo del análisis: Tener presente que todo esto que nos convoca, ha surgido desde la esfera del Estado, por su iniciativa y no como presión de la movilización obrera buscando mejorar su posición en la disputa salarial y en la relación de empleo, y plasmar en norma esas conquistas. Nada de eso ha ocurrido. Lo cierto es que el proyecto aparece en una situación en la que el conjunto de los trabajadores y sus destacamentos con mayor conciencia de clase, asumen una actitud defensiva centrada básicamente en la preservación del empleo y evitar una caída significativa del salario real. Ese punto de partida es el que nos lleva a sostener que el intento de código, es una herramienta más en la vía de preparar las armas para una ofensiva más ordenada desde las filas del capital, con sustento en la legalidad formal.

El gobierno nacional ha decido tomar otra iniciativa legislativa relevante, que transita en bajo perfil, encubierta por los acontecimientos políticos ligados a la muerte del fiscal Nisman. Se intenta impulsar desde el Frente para la Victoria, con cabeza visible en el diputado Recalde un Código del Trabajo y la Seguridad Social que reúna todas las leyes vigentes que regulan el empleo. La propuesta establece en su primer artículo la creación de una subcomisión Redactora del Anteproyecto de Código de Trabajo, que funcionará en el seno de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación, y estará integrada por once de sus miembros

El discurso, con el que se presenta esta nueva acción del gobierno, es anular los efectos nocivos de la política de flexibilización laboral abiertamente desarrollada en la década del 90, buscando ampliar algunos derechos a los trabajadores y en ese objetivo proclamado se enumera la inclusión de los empleados en el reparto de utilidades, la extensión de licencias por embarazo y paternidad y la constitución de comités mixtos de seguridad e higiene dentro de las compañías. Se ha dejado ver sin embargo, que el incremento de la indemnización mínima no forma parte de esa agenda.

Pese a esto último, los sectores políticos más ligados a la burguesía industrial advirtieron que esta iniciativa es peligrosa en el actual escenario económico donde no se verifica la expansión de la demanda de empleo y la tasa de desocupación tiende a incrementarse fuera de los procesos estacionales. El dirigente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Daniel Funes de Rioja, advirtió enfáticamente que “las eventuales reformas a la legislación laboral sólo terminarán por endurecer el ingreso al mercado de trabajo e incentivar a la informalidad”

Con este tipo de intervenciones, lo que se marca es el hipotético saldo negativo que la iniciativa podría generar en la gestación de empleo genuino, -léase trabajo formalizado- dado el fenómeno que en derecho se conoce como de “sobreprotección negativa”, es decir, la consagración de normas que le dan al trabajador mayores beneficios, que retraen la oferta de empleo en las filas patronales e impiden su contratación o en el mejor de los casos alientan el empleo informal. Para esto, señalan como dato de la experiencia, que todo lo que se generó a través de la ley de empleo y la regulación del trabajo doméstico, no ha hecho otra cosa que disminuir la contratación en esos sectores.

Desde el gobierno, buscan reproducir en términos generalizados, la experiencia de la industria de la construcción que en su régimen legal emplea la libreta de fondo de desempleo. Así , cabría la posibilidad de que en todas las actividades de pequeñas empresas o emprendimientos variables, los patrones financiaran el futuro despido de sus trabajadores depositando todos los meses un porcentaje del salario afectado a esa función, de modo que cuando decidan terminar la relación sin justificación, el trabajador ya podría disponer de ese fondo en concepto de indemnización, evitando la conflictividad y el incremento exponencial de demandas laborales individuales que llenan de expedientes los juzgados de trabajo de todo el país, evidenciando los síntomas de la crisis económicas.

Otro intento por vía de este proyecto, es unificar el procedimiento laboral en todo el país, logrando la adhesión de las provincias que son las que tienen la competencia en esta materia, a un modelo de juicio único para todo el territorio, en el que las instancias de mediación cobran un valor significativo , todo lo cual implica para el trabajador , la posibilidad de que apremiado por la ausencia de ingresos, dado el desempleo provocado , ingrese en esa instancia de negociación , con absoluta desigualdad, resignando por razones de satisfacción de sus necesidades básicas, sus acreencias.

Sin embargo la aparente oposición o estructura de contrarios con la que este presunto debate tomaría forma en la presunta lucha política , colocando por un lado al proyecto del ejecutivo y por el otro a los sectores ligados a las patronales, encubre una premisa básica compartida por ambos grupos: ubicar el acto básico de la producción de valor y bienes , es decir, la relación capital-trabajo, en la sociedad civil ,localizando a la estructura institucional Estatal, en el papel de una instancia superior , exterior, que manifiesta a la totalidad de los ciudadanos que sabe, reducir y organizar los “desordenes” que se operan en el plano social productivo entre capitalistas y asalariados , por la tasa de plusvalía absoluta y relativa.

En otras palabras, lo que no está en controversia, ni discusión es el lugar del Estado como estructura institucional fundadora de una racionalidad política que crea la ficción de una relación capital-trabajo común y compartida por patrones y obreros. Es esa premisa ideológica, en el sentido de falsa conciencia, la que debe ser señalada en primer término, a la hora de tomar posición sobre este aspecto de la lucha de clases. La comprobación de la naturaleza ideológica de un concepto dado, (en este caso un conjunto de leyes que se pretende imponer al trabajador para regular su vida laboral) de ninguna manera dispensa de la obligación de estudiar la realidad objetiva, a la que hace referencia esa ideología, es decir, la realidad existente en el mundo exterior y no sólo en la conciencia de quienes la construyen. En síntesis, lo que debemos intentar es, anclar el derecho en la vida social, con forma específica en la objetividad

Con este panorama, los trabajadores tenemos que tener presente una premisa básica: no buscar la verdad de la situación laboral que nos involucra cotidianamente, por la falsedad que se oculta tras el discurso de quienes han tomado la iniciativa. Este es un dato significativo del análisis: Tener presente que todo esto que nos convoca, ha surgido desde la esfera del Estado, por su iniciativa y no como presión de la movilización obrera buscando mejorar su posición en la disputa salarial y en la relación de empleo, y plasmar en norma esas conquistas. Nada de eso ha ocurrido. Lo cierto es que el proyecto aparece en una situación en la que el conjunto de los trabajadores y sus destacamentos con mayor conciencia de clase, asumen una actitud defensiva centrada básicamente en la preservación del empleo y evitar una caída significativa del salario real. Ese punto de partida es el que nos lleva a sostener que el intento de código, es una herramienta más en la vía de preparar las armas para una ofensiva más ordenada desde las filas del capital, con sustento en la legalidad formal.

Hay que destacar, desde esta perspectiva, lo diverso que tiene la génesis de este código, con aquella que generó la ley de Contratos de Trabajo en el año 1973. Allí estábamos en presencia de un proceso abierto, en el que los trabajadores avanzaban consciente o espontáneamente hacia nuevas formas de organización social. En ese contexto, la ley que dictó el entonces gobierno peronista, fue vista como un espacio de consolidación de derechos y conquistas gremiales obtenidos, para fortificar el posicionamiento del trabajador en la sociedad. En la redacción participaron no solo los especialistas, sino que se debatió en las asambleas sindicales y en cada lugar de trabajo. Luego la dictadura, modificó 118 artículos de la ley-Mediante ello terminaron con el imperativo de la actualización del salario, propiciaron la tercerización, le quitaron responsabilidad a los grupos económicos, bajaron los derechos a feriados y vacaciones, etc. Esa tendencia, no se revirtió, sino que se profundizó en “democracia”, en particular en la década del 90. En definitiva, la Ley de Contrato de Trabajo, se impuso por la lucha política y sindical. Ese escenario legal ha fenecido a manos del avance del capital. El proyecto que nos convoca, nace en ese contexto y por pura iniciativa de la clase dominante, por vía de sus gestores ideológicos, mediáticos y políticos.

No habiendo surgido del seno de los trabajadores la necesidad de la codificación, ni consolidándose en ella la posibilidad de conquistas reales en la relación objetiva que implica su venta de fuerza de trabajo, debemos evitar caer en el error de partir, de la forma en que asume el discurso por vía del texto legal. Por oposición debemos exponer lo dado desde las prácticas sociales efectivas y reales que se ven abarcadas en la relación laboral, capital-trabajo.

El capital, en ningún caso debe dejar de ser entendido como una relación social específica consistente en ser "la relación de los propietarios de mercancías entre sí”. En esa relación el trabajador vende su única mercancía que es su fuerza de trabajo. Un código de trabajo, es en ese contexto, el modo de regulación formal de esa operación de venta entre quienes son propietarios de los medios de producción, su Estado y el trabajador, de forma tal de garantizar en el plano de la conciencia, otorgándole legitimidad, al hecho objetivo de la apropiación del plusvalor generado por el trabador en el proceso productivo.

Ya hemos presenciado en el desarrollo del Estado bajo un régimen de gobierno bonapartista como el del modelo K, la concreción de hitos orientados a la reformulación del Estado de la burguesía, con hegemonía de esa clase sobre el conjunto social, legitimando por consenso o naturalización sus valores y modos de concebir la vida, como lo han sido las leyes de educación y el código civil. Tanto en el plano de los contenidos de la instrucción que se propone para nuestros hijos, como en la regulación de todas nuestras relaciones cotidianas de la vida civil, la burguesía ha logrado imponer sus modelos, buscando ahora, por su repetición e instauración mediática su naturalización, de forma tal que cualquier trabajador explotado o el conjunto de los sectores sociales oprimidos pueda en el plano consiente creer que esa es la vida y que no hay otra alternativa posible de organización social.

En el mismo plano se inscribió el intento por ahora fracasado de reforma del código penal, en el que los sectores internos de la burguesía no han podido consensuar un discurso. Ahora el código de Trabajo y Seguridad Social, emerge como iniciativa para regular de manera cada vez más beneficiosa y funcional a los intereses de la burguesía, ese aspecto de la existencia concreta de cada uno de nosotros, en donde nuestra libertad se cede por vía de la venta de fuerza de trabajo y la percepción de un salario, que oculta el valor que se apropia el empleador.

En otras palabras, lo viejo o lo actual, ya no sirve en la lógica de acumulación capitalista nacional. El objetivo es un nuevo sistema legal que regule la relación capital-trabajo, con leyes sistematizadas y coordinadas en un código, que no presente fisuras, e inclusive decididamente el beneficio formal también en favor de la burguesía, facilitando la tarea de sus jueces, abogados, y dando letra a los burócratas a la hora de justificar en una norma sus traiciones a los intereses de la clase trabajadora.

Esto se ve bien, si se aprecia el tema desde la proclamada inclusión de los trabajadores en el reparto de las utilidades de las compañías, que no es otra cosa que una zanahoria para hacernos creer en las bondades del proyecto. El discurso oculta un dato de la realidad, que desmerece el presunto beneficio, que es la imposibilidad que el orden jurídico del capitalismo muestra, en el plano del control obrero de la producción y el acceso de los trabajadores a la contabilidad y decisiones financieras de la empresa, que hace que el presunto beneficio quede reducido a un porcentaje extraído de una cifra en ningún caso controlable. La lógica de este tipo de institutos se ubica en el propósito final de otorgar a los sindicatos algún espacio de significación que les permita sostener el aparato burocrático de sus centrales en el plano de las federaciones y las CGT, a la hora de discutir ese rubro, y un guiño a ese personal burocrático para permanecer en el dialogo con la patronal, discutiendo migajas. Disfrazar una hipotética participación en utilidades, obtenidas de la realización del valor que genera el propio obrero, sin control alguno de los trabajadores en ese proceso, es ocultar esa realidad, y naturalizar la explotación.

En ese sentido, hay que aprovechar la instancia para denunciar que el Estado, su gobierno, legisladores y jueces, no es neutral sino el producto de la violencia histórica que ejercen los propietarios de medios de producción sobre los grupos sociales que sobreviven a través de la venta de su fuerza de trabajo. Si esa estructura institucional, adopta la iniciativa de codificar las normas que regulan el empleo, lo hace dentro de esa lógica de dominación, más allá del aparente roce con los sectores de la burguesía.

El capitalismo asume en nuestro país, una matriz dependiente que le impide desarrollarse si apelar a la intensificación de los ritmos de trabajo, el empleo sin regulación, el abaratamiento del precio de la fuerza de trabajo y la represión de los trabajadores. Ningún Código de Trabajo, puede romper con ese dato objetivo de la reproducción capitalista en el terreno de los hechos, de allí que hablar de “sobreprotección” legislativa como insinúan los abogados de la unión industrial, es solo una gran mentira. Lo cierto es que la apropiación de la riqueza generada por el trabajo en la Argentina, no puede sostenerse sino en base a la economía no regulada, informal, donde el trabajador no tiene otra opción que la creciente precarización, siendo ese y no otro el escenario a futuro.

Lo único que queda por pensar es que la burguesía apunte al objetivo de hacer legal lo precario, con lo cual trazará una línea, que nuevamente volverá a ser vulnerada en los hechos, porque una vez conocido lo legal, el trabajo a ofrecer se colocará en gran parte, por debajo de ese límite legal. La precarización es un fenómeno que solo puede ser vencido en el marco de una lucha política por otra sociedad, que rebase la relación capitalista, superando la venta de fuerza de trabajo, como una mercancía más.

Los tecnócratas, juristas y los más diversos actores políticos del reformismo ideologizan en sentido coincidente apuntando a cambios mínimos y superar la precariedad omitiendo poner a la vista que la realidad es la precariedad, Nos exhiben una imagen distorsionada presentando como posible y concreta, la idea según la cual, es factible mejorar el espacio social y la existencia del hombre a través de técnicas y cuerpos legales. Con ello además, dan por sobreentendidos y naturalizados, los nudos troncales de la actual relación de empleo, que fueron impuestos en la lucha de clases por los sectores dominantes al conjunto de los explotados y oprimidos de nuestra población, al reformularse el Estado de la burguesía en la década del noventa, desnudando con ello, la continuidad ideológico-jurídica y política del actual gobierno, más allá de los discursos y declamaciones Kirchneristas.

El “debate” propuesto, tiene entonces esta velada premisa: la gran política de la burguesía y su forma jurídica Estatal desarrollada a lo largo de la década del noventa, no está en tela de juicio. Lo que se busca tras la crisis desatada por las luchas de diciembre de 2001 y la construcción del poder burgués generado en torno a Kirchner , es consolidar un período duradero de consenso de los sectores populares a favor del “orden “ social capitalista, transformando la concepción burguesa del trabajo en el orden “lógico” de las cosas . En otras palabras, se busca interiorizar los valores de la cultura dominante, construyendo un sujeto colectivo (trabajador y oprimido) domesticado en tales pautas.

Por eso, la opción a este estado de cosas no puede acotarse a la simple intervención en un debate tabicado y direccionado por los funcionarios técnicos del Estado. Hay que denunciar que las normas, técnicas o sistemas de producción no son neutrales, sino instrumentales a las necesidades de clase de la burguesía dominante y al modelo productivo en la que esta se constituye como sujeto social enfrentando al trabajador. Lo central desde el campo de lucha del proletariado, es destacar que en el actual momento del desarrollo histórico de las relaciones de producción capitalistas, las mismas devienen reaccionarias y atentan contra la existencia misma del hombre. Es preciso decir, que se necesita una relación productiva nueva para forjar una nueva sociedad.

Los trabajadores y demás sectores oprimidos de la Argentina, estamos atrapados por ilusiones democráticas que se alimentan desde las estructuras ideológicas del capitalismo, a las que concurren los sectores sociales políticamente reformistas que estiman posible el cambio social “democratizando” la relación capital-trabajo. De esta forma nos llevan al error de pensar la propiedad, el empleo, la familia, el contrato, la educación, en tanto componentes de la sociedad civil, como el contenido con el cual la Democracia, como forma de Estado, se vincula en calidad de fuerza organizadora. En sus hombres, en sus organizaciones, en sus técnicos y administradores, el Estado, es el resumen oficial de las oposiciones que se presentan en la sociedad civil. Una totalidad, que organiza un contenido informal.

Por eso los distintos instrumentos legales montados en torno del problema de la relación laboral , que se suceden en la historia nacional desde la estructuración del Estado hasta la fecha, no resultan errores cometidos en el abordaje de esa problemática por los gobiernos de turno, que pueden ser corregidos con otros actos de gobierno o legislativos, sino , la expresión en el campo de la estricta relación capital-trabajo, de las características diferenciales del orden social capitalista en el tiempo.

La específica manera en que se manifiesta hoy, la regulación legislativa del vínculo entre capitalistas y trabajadores es, criatura de la sociedad y no por la ley. En nuestro país, la burguesía, necesita de un marco legal sistemático y funcional a sus intereses determinados por la particular manera en que opera la lógica reproductiva del capital en la reproducción social de la existencia dentro de un mercado globalizado. Es esa y no otra la necesidad que impone el código laboral.

Es clara la necesidad que tiene el Capital de avanzar hacia la consolidación social de su esquema de dominación, buscando un nuevo modelo legal que resulte funcional a la extracción y realización de la plusvalía obtenida del esfuerzo del trabajador en tanto objetivo estratégico

El Estado, no es el resultado de una acción de la sociedad que lo eleva a un grado superior. Es un producto de la historia para la satisfacción de los intereses de la clase social dominante, en donde se ubican los patrones. Si desde esa estructura, se nos pretende imponer, para legitimar las formas concretas de la relación laboral, un código de trabajo y seguridad social, la respuesta no puede ser otra que el rechazo y la lucha.

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