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Sobreseyeron a los dirigentes sindicales y de izquierda imputados en la “causa Chevron”
Por Alejo Lasa - La Izquierda Diario - Friday, Mar. 06, 2015 at 9:48 AM

Viernes 6 de marzo de 2015 | Esta mañana la Secretaría de Prensa del Tribunal Superior de Justicia informó que el Fiscal Ignacio Di Maggio, a menos de 24 horas de realizarse la audiencia de formulación de cargos contra dirigentes sindicales y ceramistas por la movilización a la Legislatura contra el pacto YPF-Chevron, solicitó el sobreseimiento de los imputados. Pasado el mediodía la jueza Mara Suste finalmente resolvió no sólo suspender la audiencia de formulación de cargos prevista para mañana sino dictar el sobreseimiento a todos los imputados en la “causa Chevron”.

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Mañana a las 8:30 hs estaba citada la audiencia para la formulación de cargos contra los dirigentes ceramistas y del PTS Andrés Blanco y Raúl Godoy, el Secretario General de la CTA Carlos Quintriqueo y otros dirigentes sindicales. La CTA había convocado a un paro provincial para el viernes contra esta causa, y el Sindicato Ceramista, los organismos de derechos humanos, Centros de Estudiantes, partidos de izquierda y demás organizaciones sociales convocaban a concentrar frente a los tribunales para acompañar a los dirigentes imputados.

Pero en la mañana de hoy el Tribunal Superior de Justicia informó que el propio fiscal acusador, Ignacio Di Maggio, pidió el sobreseimiento de los imputados y la suspensión de la audiencia prevista para mañana. A las pocas horas, pasado el mediodía, la jueza Mara Suste resolvió el sobreseimiento de todos los imputados (ver adjunto). Además de argumentos formales sobre el vencimiento de los tiempos procesales, el mismo fiscal reconoce que “la única evidencia que vincula a los imputados con el hecho investigado es un informe técnico policial, recepcionado en Mesa de Entradas de Fiscalía el 5 de diciembre de 2013”, reconociendo en los hechos que fue una causa armada por la propia policía provincial. Como denunciaron los abogados del CeProDH Ivana Dal Bianco, Natalia Hormazabal y Mariano Pedrero, defensores de Godoy y Blanco, el propio expediente saca a la luz la actuación de servicios de inteligencia de la policía infiltrados en aquella movilización, bajo la llamada Oficina de Actualización Social.

Luego de conocido el pedido de Di Maggio, el dirigente ceramista y del PTS Andrés Blanco manifestó que “tomamos con sorpresa esta decisión del fiscal a menos de un día de la audiencia, pero sin dudas ello indica que el Gobierno provincial no quería que se muestre la fuerza y unidad de los trabajadores movilizados, repudiando la criminalización de la protesta social. Recordemos que estaba convocado un paro provincial de la CTA, muchas organizaciones concentraríamos mañana y llegaron miles de firmas de todo el país en solidaridad con nosotros, como la de Osvaldo Bayer, Pérez Esquivel, varios diputados nacionales y de distintas provincias, los organismos de derechos humanos y decenas de personalidades. ”

Asimismo el dirigente del PTS y también obrero de Zanon Raúl Godoy, quien al momento de los hechos era diputado provincial del Frente de Izquierda agregó que “aunque Di Maggio quiera justificar el pedido de sobreseimiento en formalidades procesales, él mismo no puede más que reconocer que era una causa totalmente armada, sin ningún fundamento. Por eso denunciamos desde un principio su objetivo político de condenar a quienes estuvimos a la cabeza de esa movilización. Pero la lucha y movilización popular no se puede encuadrar en el Código Penal. Por eso este sobreseimiento es un triunfo de los miles que nos manifestamos ese 28 de agosto y un golpe a este fiscal amigo de la policía y enemigo de los trabajadores. Ahora debemos redoblar esfuerzos para exigir que avance la investigación referente a las responsabilidades materiales y políticas del intento de homicidio contra Rodrigo Barreiro, el docente que todavía lleva en su cuerpo una bala de plomo policial de aquella represión”.

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La rapidez de la justicia cuando la lucha se avecina
Por Ivana Dal Bianco - Abogada del CeProDH - Friday, Mar. 06, 2015 at 9:49 AM

La rapidez de la jus...
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Viernes 6 de marzo de 2015 |

En el día de ayer y con “carácter de urgente” el fiscal Ignacio Di Maggio presentó un pedido de sobreseimiento contra los siete dirigentes sindicales y trabajadores que debían sentarse en el banquillo de los acusados para que ese mismo fiscal, que había rechazado su propia recusación para actuar en esta causa, los acusara de los delitos de daño agravado y perturbación de las funciones públicas.

Los acusados por la justicia eran el dirigente de la CTA Carlos Quintriqueo, los dirigentes ceramistas e integrantes del PTS Raúl Godoy y Andrés Blanco, además Juan Antuña, Nicolás Fraccaroli, Miguel Ángel Knop, y Héctor Eduardo Muñoz

Con la antesala de un anuncio de paro provincial de la CTA y una movilización convocada por los gremios estatales y el sindicato Ceramista a las puertas del Juzgado y ya anunciada la presencia de Myriam Bregman, abogada del PTS, y del propio Rodrigo Barreiro, entre otras personalidades destacadas que iban a presenciar la audiencia y acompañar a los compañeros, la Jueza de garantías Mara Suste, más rápido que lo que canta un gallo, resolvió dictar el sobreseimiento de los trabajadores ante el pedido del fiscal.

Entre otras cosas la Jueza refiriéndose al escrito de Di Maggio agrega además: “que al leer detenidamente las actuaciones, la única evidencia que vincula a los imputados con el hecho investigado es un informe técnico policial, recepcionado en Mesa de Entradas de Fiscalía el 5 de diciembre de 2013. Muestra a éstas personas en el lugar de los hechos, describiendo únicamente la vestimenta que llevaban en tal oportunidad, pero no detalla que acciones relevantes desde el punto de vista penal pueden serles atribuidas de modo individual a cada uno ellos, como para permitirles debidamente el ejercicio de la defensa en juicio, en orden a la imputación penal de daño calificado (art.184 inc.5 y 45 del CP)” y respecto del delito de turbación de las sesiones públicas se afirma en la resolución: “Por último adjunta que toda vez que la Honorable Legislatura Provincial pudo sesionar sin ningún inconveniente en el interior del recinto el día 28 de agosto de 2013, aprobando o autorizando el acuerdo entre YPF S.A y la Sociedad Chevron para la explotación de yacimientos no convencionales, entiende que la adecuación formal de la conducta en los términos del art.241 inc.1° del Código Penal, no logró poner en situación de riesgo al bien jurídico tutelado por la norma de prohibición, resultando por tal motivo carente de lesividad, lo que obsta y/o dificulta adecuadamente continuar con la persecución penal a su respecto, en tanto la lesividad es un imperativo de orden constitucional, que de no verificarse torna atípica la conducta examinada”

La Jueza funda su decisión en este pedido del fiscal centralmente aduciendo que si es el fiscal el que se abstiene de avanzar en la causa penal ella debe sobreseer pues afirma: “el Juez no puede obligar al Ministerio Público Fiscal a acusar, no queda otra alternativa que concluir que cuando el acusador público en forma razonada y lógica insta un sobreseimiento ésta deviene ineludible, siempre que éste hubiera dado fundadamente sus razones… En el caso sub examine el Dr. Di Maggio ha dado motivadamente sus razones y con prudencia y acierto ha adoptado el criterio liberatorio que impulsa”. En base a todo ello es que resuelve sobreseer a todos los trabajadores.

Hasta aquí es por supuesto una buena noticia que refleja, como anunciábamos, que ésta era una causa netamente política, armada con informes de la policía que más que acusar debería estar acusada por las lesiones sufridas por el docente Rodrigo Barreiro que todavía tiene una bala policial alojada en su cuerpo.

Los fiscales como Di Maggio siempre prestos a atacar a los que luchan no son ajenos las propias disputas políticas del MPN que evidentemente no quería ver la unidad en las calles contra la criminalización de la protesta social en plena campaña electoral. Mientras tardaron casi dos años en impulsar esta causa, urgen los pedidos de sobreseimiento cuando la lucha se expresa en las calles y el costo político a pagar es elevado.

De la resolución de la Jueza se desprende que Di Maggio tuvo que alegar fundamentos inimaginables provenientes de su pluma que en concreto significan que era una causa que no podía ir muy lejos porque nunca hubo delito ni podía achacárseles a los que luchan la expresión que significó la movilización popular que dijo No al acuerdo con Chevron. El fiscal que tiene por oficio atacar a los trabajadores tiene que usar argumentos “garantistas” como el principio de lesividad (que significa que no hay afectación grave al bien jurídico protegido) cuando la campaña emanada por la propia policía y el gobierno días posteriores a la movilización era dejar a los dirigentes ceramistas y a los que marcharon ese día como los “violentos”. Los argumentos jurídicos pueden ajustarse a la realidad cuando la lucha se avecina.

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