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Tribunal niega amparo a pueblo originario del DF con argumentos “discriminatorios"
Por Sin Embargo - Wednesday, Jun. 10, 2015 at 12:20 PM

Tribunal niega amparo a pueblo originario del DF con argumentos “discriminatorios”, acusa abogado

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La obra a la que habitantes de Santa Cruz Xochitepec se oponen es el proyecto Tepepan Country Club, que contempla la edificación de un club hípico y 86 casas.

Ciudad de México, 6 de junio (SinEmbargo).- El pasado jueves el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa negó un amparo a los habitantes del pueblo de Santa Cruz Xochitepec, en Xochimilco, que se oponen a la construcción de un proyecto inmobiliario en su comunidad, respecto al cual no fueron consultados previamente en su calidad de pueblo originario.

La negativa del Tribunal fue, precisamente, por no reconocerlos como un pueblo originario, señaló el abogado de los habitantes inconformes, Alejandro Velázquez.

A decir del defensor, dos de los Magistrados que revisaron y dictaminaron el amparo recurrieron a argumentos “racistas y discriminatorios”, como argüir que las personas originarias del Distrito Federal no hablan una lengua indígena ni usan indumentaria tradicional indígena.

“Nos encontramos de forma excepcionante [sic] con argumentos francamente racistas y discriminatorios de los Magistrados, particularmente del Magistrado José Antonio García Guillén [y] el Magistrado presidente Eugenio Reyes Contreras, que negaron el amparo señalando que en el Distrito Federal ya no podía haber comunidades originarias o comunidades indígenas, porque era evidente que las personas que habitan el Distrito Federal ya van a la universidad, las personas del Distrito Federal ya son personas que no hablan una lengua autóctona, que ya visten como cualquiera de nosotros”, refirió el abogado durante una conferencia el pasado jueves.

Los vecinos opositores al proyecto inmobiliario llamado Tepepan Country Club interpusieron un juicio de amparo argumentando que no fueron consultados previamente al respecto, pese a que Santa Cruz Xochitepec es considerado un pueblo originario y, como tal, le aplica lo estipulado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Según este precepto, las comunidades originarias deben ser consultadas previamente sobre las decisiones y proyectos que afectan su forma de vida.

El Magistrado Arturo César Morales había elaborado un proyecto de resolución en el que reconocía la calidad de pueblo originario de Santa Cruz Xochitepec, así como la violación al derecho a la consulta previa del pueblo.

Sin embargo, ese proyecto fue rechazado por los otros dos Magistrados del Décimo Segundo Tribunal en la sesión del pasado 14 de mayo. El Magistrado José Antonio García Guillén elaboró un nuevo proyecto de resolución, que fue revisado el jueves, y conforme al cual se negó el amparo a los pobladores de Santa Cruz Xochitepec.

“Nos parece bastante triste. Nosotros hacemos un llamado a los Magistrados a que acudan personalmente a los más de 145 pueblos y barrios originarios que en el Distrito Federal existen para que vean si realmente hay personas indígenas originarias ahí. Parece que están totalmente alejados de la realidad, desde una postura francamente clasista señalaron que no puede haber pueblos indígenas o pueblos indígenas”, consideró Velázquez.
La resolución en contra de Santa Cruz Xochitepec para reconocerlo como pueblo originario es relevante no sólo porque avala la legalidad del dictamen de la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina sobre la obra, sino por el precedente que implica para los pueblos originarios que existen en el Distrito Federal, algunos de los cuales se encuentran amenazados por proyectos de desarrollo urbano, señaló la Coordinación de Pueblos y Barrios Originarios de Xochimilco, que agrupa a distintas organizaciones vecinales en esa delegación.

El abogado de los habitantes inconformes de Santa Cruz Xochitepec dijo que buscarán llevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.



LA OPOSICIÓN AL PROYECTO

La obra a la que habitantes de Santa Cruz Xochitepec se oponen es el proyecto Tepepan Country Club, que contempla la edificación de un club hípico y 86 casas y que se construye en las faldas del cerro Santa Cruz, ubicado en la comunidad homónima, en la delegación Xochimilco.

Las 86 casas tendrán superficies de entre 499.52 y 907.92 metros cuadrados, de acuerdo con información proporcionada por el Consejo del Pueblo de Santa Cruz Xochitepec, con base en la resolución de la Sedema a la Manifestación de Impacto Ambiental Específica que presentó la empresa Tepepan Country Club, SC.

Conforme a esta misma información, el club hípico constará de 24 caballerizas, un restaurante, una cocina, un spa, un asoleadero, un gimnasio, dos casas de caballerangos, un redondel, un picadero, una pista con sus tribunas, dos canchas de tenis, otras dos de padel y una más de futbol infantil, así como un área de juegos infalibles y un estacionamiento con 127 cajones.

Desde octubre de 2013, habitantes de Santa Cruz Xochitepec han denunciado las irregularidades en la construcción, como que se pretende hacer sobre un suelo de conservación.

No obstante que la Norma General de Ordenación 20 establece que en predios con uso de suelo de conservación ambiental sólo se podrá construir en el 2.5 por ciento de la totalidad del terreno, a la constructora del proyecto se le emitió un Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo que establece una superficie total de construcción de 72 mil 268 metros cuadrados, en un predio de 90 mil 335.4 metros cuadrados.

Además, las edificaciones en suelo de conservación requieren una manifestación de construcción especial, cuya vigencia es de un año, conforme al reglamento de Construcciones del Distrito Federal. Sin embargo, la delegación Xochimilco otorgó una licencia con vigencia de tres años, la cual, conforme al plazo de un año estipulado en la ley, debió vencer el 4 de octubre pasado.

Otro argumento de los vecinos para oponerse al proyecto es que la Sedema autorizó la Manifestación de Impacto Ambiental para la obra sin haber realizado una consulta previa, libre e informada a los habitantes.

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