Julio López
está desaparecido
hace 6402 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Regulación sobre Internet en la ley contra la discriminación
Por Ramiro Parodi - Red Eco Alternativo - Thursday, Jul. 23, 2015 at 8:01 PM

Jueves 23 de Julio de 2015 | El proyecto impulsado desde el kirchnerismo sobre la reforma de la ley antidiscriminatoria reaviva la controversia sobre los marcos legales en la red. En este sentido, el artículo 21 se presenta como una incentivación a la censura privada y, por ende, como una restricción a la libertad de expresión.

Regulación sobre Int...
internet-http.jpg, image/jpeg, 316x159

(Ramiro Parodi-Red Eco) Argentina- La Ley Nacional contra la Discriminación es promovida por los diputados del Frente para la Victoria Andrés Larroque, Anabel Fernández Sagasti,  Ana Carolina Gaillard,  Horacio Pietragalla Corti,  Remo Carlotto, Julián Domínguez, Mayra Mendoza, Eduardo De Pedro, María Luz Alonso y la diputada del Movimiento Popular Neuquino Alicia Comelli. El proyecto fue aprobado en la Comisión de Derechos y Garantías de Diputados y seguirá su proceso en las de Comunicaciones e Informática y de Libertad de Expresión.
Según la diputada kirchnerista Diana Conti “el dictamen salió por unanimidad”, lo cual no implica que haya voces que se opongan como las de Manuel Garrido (bloque UCR)  y Myriam Bregman (Frente de Izquierda) quienes rechazan particularmente al desarrollo del artículo 21 el cual estipula en su apartado “B”:
“Disponer y hacer pública una vía de comunicación para que los usuarios denuncien   y/o   soliciten   la   remoción   del   material   que   se   encuentre en infracción a esta ley. Los   medios   de   prensa,   agencia   de   noticias,   diarios   online   y   revistas electrónicas  que  cuenten  con  plataformas  que  admitan  contenidos  generados por los usuarios deben, además de las obligaciones previstas precedentemente, disponer de  la información prevista en el inciso a) de este artículo a través de la  activación  automática  de  una  ventana  cuyos  términos  deben  ser  aceptados por  el  usuario  antes  de  acceder  a  realizar  el  comentario  o  subir  cualquier contenido,   y   adoptar   las   medidas necesarias   para   evitar   la   difusión   de contenidos discriminatorios”
Según el propio Garrido “nosotros cuestionamos eso porque da pie a la censura de internet”. Esta postura se sostiene en el hecho de que cualquier sitio de internet que tenga espacio para comentarios debería establecer un canal por el medio del cual los  usuarios podrían solicitar la baja de algunos de esos dichos y, de esa manera, se estaría dando lugar a la censura privada ya que ninguna plataforma querría correr el riesgo de dejar un comentario que recibió un pedido de eliminación. A su vez, la decisión sobre si el comentario es o no discriminatorio pasaría por el dictamen del propio administrador de la web lo cual traza una línea excesivamente subjetiva a la hora de la clasificación de los comentarios y es en este asunto, precisamente, donde se pone en juego ll libertad de expresión. La propia diputada Conti, impulsora de la ley, subrayó “el dueño de la página, si considera que el contenido es discriminatorio, lo tiene que sacar”.
La medida alcanza a páginas, blogs, redes sociales, agencia de noticias, medios de prensa, diarios online, revistas, blogs personales y cualquier otro sitio que permita comentarios de usuarios. Mientras que las consecuencias por incumplir sus requisitos variarían entre un mes a tres años de prisión.
Como el proyecto aún debe aprobarse en las comisiones ya mencionadas es importante tener en cuenta que aún puede ser modificado. Sobre este punto el diputado Garrido afirmó que “los miembros del oficialismo dieron a entender que estaban de acuerdo con la modificación”. Aunque las últimas declaraciones de Conti, en defensa de la ley, no parecen llevar esa dirección. El destino del proyecto, en este sentido, se presenta incierto.
Por su parte, Beatriz Busaniche, integrante de  la Fundación Vía Libre y activista en favor de las libertades cívicas en Internet emitió un comunicado al respecto en donde señala el retroceso que implicaría aprobar dicho proyecto. Allí, en línea con Garrido, afirma que “podría incentivar la censura privada”, es decir que quienes proveen espacios en internet abiertos a comentarios podrían autocensurarse por el reclamo de particulares.
Al respecto, la especialista señala un punto muy importante al resaltar que sólo podrán lidiar con los requisitos de la ley quienes posean un presupuesto que cubra equipos de abogados y el abono de un moderador (de comentarios) en sus plataformas. Es decir que la mayoría de las plataformas (autogestionadas) no podrían enfrentar esta situación y “sólo tendrán el recurso de cerrar sus comentarios, en una abierta reducción de los espacios de debate y discusión hoy disponibles.” Y al respecto, Busaniche amplía: “si el titular de la plataforma es responsable por lo que dicen los usuarios, seguramente la baja de contenidos será moneda corriente”.
En conclusión el artículo 21 de la ley contra la Discriminación se presenta como un parche ante el grave problema que existe sobre la discriminación. Su aprobación decantaría en una catarata de comentarios y blogs eliminados y se estaría atentando contra un espacio sumamente rico de discusión. Finalmente como ya se mencionó, el proyecto aún no está cerrado y es necesario retomar la discusión y poner sobre la mesa los pros y contras de este punto para que no termine empantanando una ley que necesariamente requiere una actualización.
PROYECTO

agrega un comentario