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Corte con la burocracia
Por Diego Genoud - Saturday, Sep. 05, 2015 at 11:43 AM

Viernes 04 de Septiembre | En medio de una campaña electoral en la que se debate poco y nada, Francisco Orellano es el dueño de un nombre que puede clausurar una era. Fue despedido del Correo Argentino en 2011 junto a otros 45 empleados por haber protagonizado una huelga junto a un grupo de trabajadores que no tenía el aval del sindicato. En primera y segunda instancia, la justicia laboral consideró su despido “discriminatorio” y ordenó la reincorporación de todos sus compañeros. Ahora, por pedido del hoy Correo Oficial –que cuestiona la decisión judicial- la Corte Suprema convocó a una audiencia para el jueves próximo, 10 de setiembre, en la que se discutirá de quién es el derecho a huelga.

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El Gobierno nacional, el empresariado y las dos CGT consideran que ese derecho fundamental que figura en el artículo 14 bis de la Constitución corresponde únicamente a los sindicatos con o sin personería. Pero las dos CTA, la Asociación de Abogados Laboralistas y la Federación de Aceiteros sostienen que el derecho es de los trabajadores, más allá de que estén o no avalados por los sindicatos. El despido de Orellano y los fallos judiciales que ordenaron su reincorporación son parte de una realidad que durante los últimos 12 años se replicó en distintos lugares de trabajo y no se puede tapar con una mano. Los sindicatos que sintonizan más con la empresa que con los trabajadores quedan desautorizados en los hechos. Pierden su función esencial y ni siquiera dan garantías a las patronales que firman acuerdos con gremios que no pueden después cumplirlos. Aunque la discusión no se restringe a la Argentina, la Corte Suprema avanzó a partir de 2004 en jurisprudencia que debilita el unicato sindical y legitima a los delegados y a los sindicatos sin personería jurídica. Para Matías Cremonte, el abogado de Orellano, el máximo tribunal firmó un antecedente fundamental en 2010 que es “Álvarez Maximiliano contra Cencosud”, en el que entendió que el despido de un activista sindical -que no era representante formal de los trabajadores- era nulo, ilícito y debía ser reparado. Fue un fallo en el que una mayoría de cuatro jueces –dos de los cuales ya no están– consideró que la única solución era la reincorporación. Pero hubo dos supremos que se opusieron a ese criterio y opinaron que el activista podía ser despedido si le pagaba su indemnización: eran Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco.

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