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Avanza en legislatura de la Prov. de Bs. As. un proyecto para registro compulsivo de ADN
Por (reenvio) Fundación Vía Libre - Wednesday, Sep. 23, 2015 at 5:19 AM

15 de septiembre de 2015 / "Cuando todo forma parte de un estado de excepción, se generalizan los métodos policiales…" Giorgio Agamben

El proyecto impulsado por el Diputado Darío Golia (Bloque Frente para la Victoria) pretende crear un “banco genético para todos los habitantes de la provincia” y aparentemente cuenta con número suficiente por el apoyo mayoritario de la bancada oficialista en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.

El proyecto contradice los principios de protección de datos personales consagrados legalmente en Argentina e instala un principio filosófico grave para la privacidad y los derechos humanos de todos los habitantes del territorio provincial.

Legalidad en cuestión

Desde 1994, el derecho sobre los datos personales está incorporado con rango constitucional al texto del artículo 43 que expresa que “Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos.”

Lo propio hace la ley 25.326 que establece el marco específico de protección de los datos personales. Es más, la norma protege claramente los datos sensibles y los define como “Datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.”

El artículo 2 de la iniciativa firmada por el diputado Golia expresa que el registro será compulsivo y se hará de manera paulatina:

ARTÍCULO 2°: El Banco de Datos Genéticos Provincial se integrará con la información genética de todos los habitantes de la Provincia, la cual se recabará obligatoriamente en algunos de los siguientes supuestos:
a) al momento del nacimiento y/o defunción de las personas;
b) en la expedición y/o renovación del Documento Nacional de Identidad;
c) en la expedición y/o renovación del registro habilitante para conducir;
d) en cualquier otra oportunidad que la Autoridad de Aplicación de la presente ley estime corresponder.

Preocupaciones

Este tipo de propuestas se suele fundamentar en la lucha contra los casos de inseguridad. Este proyecto no es la excepción. Ciertamente la obtención de muestras de ADN en escenas del crimen puede ayudar en la investigación de casos diversos y contribuir en la resolución de los mismos. Sin embargo, la expansión de las bases de datos de ADN genera muchas incertezas y dudas respecto de los usos que esta herramienta pueda tener.

La mayor preocupación desde una perspectiva de derechos fundamentales tiene que ver con la expansión de estas bases a toda una población de individuos y la duración de las mismas.

Las huellas de ADN pueden ser utilizadas para trazar los recorridos de las personas y sus familias y pueden ser utilizadas por gobiernos o terceros que puedan obtener esa información para vulnerar derechos fundamentales. Las muestras de ADN contienen información privada de las personas, especialmente información sobre salud, filiación, relaciones familiares, entre otras. Además, una base de datos de esta naturaleza puede ser utilizada para otros fines como la discriminación o la estigmatización de las personas o grupos de personas.

La expansión de las bases de datos de ADN a toda la población de una provincia, como la que propone el Diputado Golia representa un salto sustancial en materia de presunción de inocencia. La base filosófica detrás de esta medida implica la sospecha sobre la población entera, la reversión de la carga de la prueba y la obligación de los ciudadanos de probar su inocencia en caso de que su huella de ADN coincida con alguna escena de un crimen en algún momento.

Contrariamente a lo que muestran las películas y series de televisión, las pruebas de ADN no son necesariamente concluyentes y los procedimientos deben ser extremadamente cuidadosos para no convertir a un inocente en condenado. El ADN no es una prueba infalible y no sólo es posible la ocurrencia de errores sino que también es factible plantar evidencia en una escena de crimen.

La ilusión de justicia creada por las series de televisión está lejos de ser la realidad cotidiana de las fuerzas de seguridad de la provincia de Buenos Aires, donde los principales objetivos terminan siendo los jóvenes de clases sociales más vulnerables.

Derechos Humanos y Registros de ADN

Proyectos de este tipo se basan en la idea de que toda escena de un crimen tiene rastros de ADN, pero lo cierto es que las huellas genéticas quedan en todo ámbito de circulación de las personas.

Una base de datos como la propuesta por el legislador del Frente para la Victoria en la Provincia constituye una nueva forma de seguimiento que la literatura internacional sobre el tema comenzó a denominar “biovigilancia” (Biosurveillance en inglés). De este modo, estas huellas genéticas pueden ser utilizadas para trazar los recorridos de personas que jamás han cometido un crimen. Incluso pueden ser usadas para rastrear a personas cuyo único “crimen” es pensar diferente, organizar una protesta social, pertenecer a colectivos estigmatizados de alguna forma o participar de grupos opositores a determinadas políticas.

Una base de datos como la propuesta por el Diputado Golia puede ser usada para saber quién estuvo en determinados lugares, estableciendo una instancia aún más compleja de vigilancia sobre los individuos por parte del estado y especialmente las fuerzas de seguridad.

Otro grave problema presente en la iniciativa del Diputado Golia tiene que ver con la duración de los datos, que según el texto del proyecto, carece de límite temporal. En el marco legal argentino, cuando un dato deja de cumplir la función para la que fue recopilado debe ser destruido. ¿Cuál es la función de la base de datos genética provincial y cuál es la duración de la misma? En ambas preguntas la respuesta es igual y preocupante: función y duración indefinidas.

Otras preguntas emergen: ¿quién tendrá acceso a esa base? ¿cuáles serán los resguardos de seguridad de la misma? ¿cuáles serán las pautas de su uso? ¿podrá el ciudadano ejercer sus derechos constitucionales sobre esos datos? Ninguna de esas preguntas tiene respuesta alguna en el proyecto de referencia.

Más allá del Estado

La preocupación por la vigilancia basada en datos genéticos no termina en el hecho de que el Estado tenga esta información, sino que se extiende a la responsabilidad del mismo de velar por la seguridad de esa base de enorme valor.

Una base de datos de esta naturaleza bien puede ser un punto de ataque para el crimen organizado o caer en manos que puedan lucrar con ella. El historial de protección de bases de datos por parte del Estado Argentino no es precisamente brillante. La filtración de este tipo de datos es un riesgo cierto, ya que la misma tiene un valor incalculable para diversos actores, entre ellos, empresas, compañías de seguros, potenciales empleadores, y quién sabe quién más.

Una persona puede necesitar protección de su identidad por diversas razones: protección de testigos, víctimas de trata de personas, víctimas de abuso y acoso de algún tipo, entre otros. Alguien puede cambiar de domicilio, de nombre, de imagen, de identidad, pero no puede cambiar su huella genética. Familiares de estas personas pueden ser identificados, seguidos, acosado por su huella genética también.

Conclusiones y advertencias

La conformación de bases de datos de ADN sobre población convicta por diverso tipo de delitos, especialmente delitos contra la integridad sexual no está exenta de problemas y cuestionamientos. La duración y los usos de estas bases de datos presentan problemas propios. Toda conformación de una base de datos genéticos debe ser resguardada con altos estándares de seguridad y bajo salvaguardas fundamentales ya que el ADN puede ser usado para trazar la vida de un individuo y sus familiares, violando derechos fundamentales de la ciudadanía.

Algunos países como Canadá, Reino Unido y Nueva Zelanda tienen bases de datos para registros criminales. Países como Noruega y Alemania sólo extraen muestras de ADN con orden judicial. En los EEUU, el FBI tiene la base de datos CODIS prevista en principio para agresores sexuales y expandida luego a casi cualquier persona acusada de un delito. En ningún caso se generalizan compulsivamente a la población total de un distrito como la propuesta de provincia de Buenos Aires.

La expansión de la base de datos a toda la población tal como propone el Diputado Golia es inaudita y carece de antecedentes en los países respetuosos de los derechos civiles. La propuesta es desproporcionada, peligrosa y abusiva.

Ninguna democracia del mundo aplica este principio. Ninguna sociedad plural acepta mansamente semejante abuso. Este proyecto es inadmisible en una sociedad en pleno estado de derecho y por lo tanto, lejos de ser aprobado en la legislatura bonaerense, debe ser repudiado por todos los sectores sociales y políticos defensores de los derechos fundamentales.

fuente http://www.vialibre.org.ar/2015/09/15/avanza-en-la-legislatura-de-la-provincia-de-buenos-aires-un-proyecto-para-registro-compulsivo-de-adn/

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