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AMIA II: Perfil y testimonio de Anzorreguy
Por Red Eco Alternativo - Friday, Oct. 30, 2015 at 9:15 AM

Jueves 29 de Octubre de 2015 | Hugo Anzorreguy era el jefe de la SIDE cuando ocurrió el atentado. Está acusado de peculado y encubrimiento. El primero de los delitos (administración fraudulenta de fondos públicos) por entregar los cuatrocientos mil pesos que terminaron pagando la declaración de Telleldín. El segundo, por la colaboración de la SIDE para no investigar y encubrir el rol de Alberto Kanoore Edul quien estaba sospechado de haber intervenido en su momento ante el ex presidente Carlos Menem para que el juez Juan José Galeano interrumpiera su investigación en torno a la denominada "pista siria". Anzorreguy manejó a los Servicios de Inteligencia durante 9 años (1990/1999), y atravesó los atentados terroristas contra la Embajada, la AMIA y la explosión de la Fábrica Militar de Río III.

AMIA II: Perfil y te...
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(Red Eco) Buenos Aires - Desde que comenzó el juicio, Anzorreguy ha dado indicios de la fragilidad de su estado de salud razón por la cual solicitó ser declarado inimputable. Cuando AMIA II dio inicio, el ex jefe de la SIDE, siguió el caso a través de una videoconferencia ya que estaba internado en el sanatorio Otamendi debido a una infección. El pedido se basaba en un supuesto deterioro cognitivo y súbito. Los jueces hicieron lugar a lo solicitado por Anzorreguy y sus abogados y ordenaron al Cuerpo Médico Forense realizar los estudios necesarios para determinar el estado de sus facultades mentales y saber si se ajustan a las normas que establece el Código Penal para poder seguirle el proceso. Los estudios afirmaron que Anzorreguy está en condiciones de sobrellevar un juicio razón por la cual se presentó el 23/10 para ampliar su declaración. Fue la primera vez que Anzorreguy participó personalmente de las audiencias y enfrentó al Tribunal y al público.
Durante la audiencia Anzorreguy prefirió no ampliar sus dichos en la indagatoria anterior de junio de 2006 (hace nueve años y cuatro meses!) y el Tribunal ordenó la lectura de esa presentación que hizo ante el juez Lijo. Allí reivindicó su paso por la SIDE y rechazó las acusaciones en su contra. Así Anzorreguy se sumó a la lista de los otros ex funcionarios imputados que reivindican con orgullo su actuación en el tema AMIA, como ya lo hicieron el ex juez Galeano, los ex fiscales Mullen y Barbaccia o Finnen, otro hombre de la jerarquía del Servicio de Inteligencia.
A su vez apoyó su actuación que -dijo- se ajustó a las leyes secretas vigentes que rigen la actividad de Inteligencia, entre ella la Ley “S” 20195 y los Decretos “S” 5315/1956 y S” 2025/1994, que se referirían al manejo secreto de los fondos asignados a la SIDE. Aseguró que estaba capacitado legalmente para adquirir información de interés, pagar por ello y así lo dispuso poniéndose bajo la dirección del juez, cumpliendo lo mandado por el presidente Menem para colaborar.

En relación a la imputación por malversación de fondos públicos, dejó especialmente aclarado el hecho de “que el manejo de los fondos fuera secreto no significa que fuera ilegal”, y que la reserva está impuesta por ley y atendiendo a finalidades superiores. A su vez, dijo que él dio uso al dinero de acuerdo a su responsabilidad, sin sustraer nada. Incluso para el caso de haber sido dispuesta por el juez para el pago de una recompensa, se debe reconocer que no era ilegal y que se mantuvo el secreto.
Con estas ideas en mente, Anzorreguy desafió a sus acusadores en el terreno jurídico señalando que la ley vigente indicaba que “La Secretaría de Informaciones del Estado dispondrá para la ejecución de su tareas de sus propios medios de información, públicos y secretos… (art. 8º)”, preguntándose cuál sería la razón por la que podía disponer de esos fondos sin intervención judicial, pero “no podría hacerlo por decisión del Magistrado que dirigía la investigación”. Finalmente Anzorreguy agregó que el Poder Ejecutivo (Menem) estuvo informado de lo dispuesto y “no cuestionó su pertinencia siendo el único habilitado constitucionalmente a cuestionar la razonabilidad del gasto”.

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