Julio López
está desaparecido
hace 6429 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

El beneficio de ser minera en Argentina
Por Leandro Yanson – Red Eco - Friday, Mar. 04, 2016 at 10:58 AM

Jueves 03 de Marzo de 2016 | El secretario de Minería de la Nación, Daniel Meilán, justificó la quita de retenciones para la actividad minera afirmando que la normativa de nuestro país no se correspondía con el marco legal que rige en otras naciones.

El beneficio de ser ...
pagos-mineras.gif, image/gif, 360x201

(Leandro Yanson – Red Eco) Argentina- Esta justificación no se condice con la realidad ya que las leyes y normas difieren mucho dependiendo de las localidades, pero en su mayoría poseen algún tipo de gravamen para las ventas tanto internas como externas de los productos mineros.

Chile es uno de los mayores productores de minerales en el mundo y hoy en día cuenta con una carga tributaria para ese sector que oscila entre el 40 y el 50%. La relación entre soberanía e impuesto se basa en el pago del “Royalty”, un gravamen muy frecuente en los lugares donde la explotación de los yacimientos nacionales son realizados por empresas multinacionales. En el caso del Cobre, el concentrado - si este es exportado- debe pagar un porcentaje mayor, y además abonar por todas las otras pastas o sustancias que contenga de valor minero (oro, plata), una retención que va desde 12% a 6%.

China ha quitado recientemente las retenciones a las exportaciones de hierro, en el marco de una reducción general de los impuestos que afectaban al sector, los cuales pasaron de retener el 80% del valor producido a retener un 40%, además de incentivar la inversión extranjera dentro del país.

En México existen impuestos sobre la producción y sobre las ganancias, pero actualmente no se tributa nada respecto de las ventas llevadas adelante por las empresas, ni tampoco por la propiedad de los yacimientos.

En Perú el sector minero está afectado por diversas cargas impositivas, entre ellas las regalías de entre 1% y 3% sobre las ventas, y por una tasa de Royalty de entre el 2% y el 6% de las utilidades. La carga total tributaria al sector es de alrededor del 46%. La minería representa más del 50% del ingreso de moneda extranjera por concepto de exportaciones.

La ley vigente en Perú marca 13 actividades de la minería que se hayan gravadas, con el Impuesto a la Renta, El Impuesto a los Bienes y Servicios, El Impuesto General a las Ventas, La contribución al Fondo Nacional de Vivienda y Las contribuciones al Instituto Peruano de Seguridad Social.

En Bolivia dependiendo de las cantidades de mineral la cuota varía. Para el oro va desde el 4 al 7% en concepto de regalías y también cambia según el estado natural en el que se encuentra este metal precioso. Para la plata es de entre 3% y 6% y el cobre entre 1% y 5%.

El secretario de Minería también se refirió a la acción contaminante del cianuro al no ser tratado debidamente en su uso. Según Meilán se trata de un agente biodegradable que “sólo se utiliza el 8% en minería”.

Una afirmación que parece no ser compartida por la Corte Suprema de Justicia, que falló a favor de los vecinos de Andalgalá, otorgando un amparo al corroborar que existía el riesgo de que se produzca un daño grave al medio ambiente que puede llegar a ser de imposible reparar en el futuro.

El amparo fue presentado debido a que la secretaría de Minería de la provincia había otorgado mediante un decreto, el 35/09, una concesión condicional, es decir, que otorgaba la concesión a la empresa sin que ésta haya cumplido con los requisitos en vistas de que lo hiciera antes de iniciar su actividad, lo cual es ilegal.

Además la Corte también hizo lugar a los recursos presentados por una vecina de Andalgalá, y por el fiscal federal de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, en el marco de una causa vinculada con los yacimientos Bajo de la Alumbrera y Bajo el Durazno.

La Corte consideró que la Cámara Federal de Tucumán no realizó un balance provisorio que le permitiese rechazar esta cautelar, ya que no analizó el informe pericial que probaría la contaminación generada por las empresas demandadas y su posible aumento en caso de no disponerse la cesación de la actividad minera.

agrega un comentario