Julio López
está desaparecido
hace 6427 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Diaguitas de Catamarca recuperan territorios usurpados
Por El Orejiverde - Tuesday, Apr. 19, 2016 at 12:48 PM

Hoy 19 de abril, Día del Indio Americano, llegan también informaciones esperanzadoras. Esta vez es la justicia la que reconoce los derechos de los pueblos originarios

Diaguitas de Catamar...
comunidadiaguiaconquija.jpg, image/jpeg, 560x316

La Justicia de Andalgalá aplicó la legislación concordante en el marco de la causa de supuesta usurpación de territorio indígenas de Aconquija en Andalgalá, provincia de Catamarca, marcando un importante precedente en el tema en la región Noroeste de la Argentina.

La Fiscalía de Segunda Circunscripción judicial Andalgalá a cargo del Dr. Alejandro Scida, ordenó las recientes medidas en base a las actuaciones Policiales Letra “Z” Nº 205/16 denuncia de Tomás Alberto Samorano contra Carlos Lombardi y otros – p.ss.aa. de Usurpación de Territorios Indígenas (Comunidad Diaguita) – Aconquija Andalgalá.

El texto dice lo siguiente

CONSIDERANDO:

Lo establecido por el Art. 75 inc. 17; Ley Nacional Nº 26.160 y legislación concordante, conforme lo alega el propio denunciante vinculado a la supuesta usurpación de territorios de la Comunidad Diaguita Aconquija, la que abarcaría parte del Distrito Aconquija, Departamento Andalgalá.

Que a los fines de reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la Personería Jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitaria de sus tierras que tradicionalmente ocupan, en el entendimiento que ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos, deberá asegurarse su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Que conforme a lo establecido en la ley 26.106 la que declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras indígenas que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, tal el caso de la comunidad denunciante “Diaguita Aconquija” del Departamento Andalgalá, Provincia de Catamarca, cuya personería jurídica se encontraría inscripta mediante Expediente Nº “E” INAI 50758-2014 en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

Que conforme surge de la denuncia, la posesión sería actual, tradicional, pública y fehacientemente acreditada.

Que dicho derecho territorial invocado por la Comunidad Diaguita Aconquija abarcarían el Campo del Medio sito en paraje Condor Huasi, Alumbrera y otros en el marco de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas;

Que sin desconocer aspectos sobre la competencia que el judicente podría arrogarse, estima este Fiscal Subrogante que prima facie la notitia criminis reviste los caracteres de verosimilitud y por ello los hechos traídos a conocimiento del Ministerio Público Fiscal podrían aparejar la configuración de hechos típicos antijurídicos y culpables que expresamente deben ser dispensados el correspondiente tratamiento para evitar consecuencias ulteriores irreparables.

Que en consecuencia estimo asequibles la subsunción al caso de las medidas restrictivas que prevé el Art. 279 del C.P.P. las que permitirán incorporar elementos de prueba útiles que abonen o no a corroborar el hecho denunciado.

DISPONGO:

I) Notifíquese al denunciado Carlos Lombardi y/o personal a su cargo o cualquier otra persona, que deberán abstenerse de realizar cualquier acto que implique la configuración de un hecho, típico, antijurídico y culpable el que prima facie podría entenderse como usurpación por un plazo de SESENTA días hábiles y en relación a la competencia territorial y jurisdicción del Ministerio Publico Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial. A este efecto, personal de la comisaría de Aconquija deberá efectuar una Inspección Ocular en la que detalle entre otros aspectos lo siguiente: Delimitación del territorio que prima facie resultaría afectado y que fuere competencia de la jurisdicción de la Fiscalía de Andalgalá.

II) Determinar elementos tales como mojones, alambrados, carteles, vestigios de trabajo, huellas, antecedentes ancestrales, culturales, indígenas y otros.

III) Testimonios de terceros que tuvieren conocimiento sobre los alcances del hecho denunciado. Demás aspectos que en base a la visualización exhaustiva y pormenorizada coadyuven al esclarecimiento del supuesto hecho criminoso.

IV) Bríndese asistencia técnica a la comunidad “Diaguita Aconquija” tendiente a informar, detallar sistemáticamente las medidas preventivas y probatorias que se dispensen al respecto.

V) Asimismo solicítese al denunciado y denunciantes documentación fehaciente que acredite el derecho que invocan.

VI) Líbrese Oficio al Registro Nacional de Asuntos Indígenas a los fines de que remita a ésta Fiscalía de Instrucción de Andalgalá en relación a los trámites realizados por la Comunidad Indígena Diaguita Aconquija Expte. N° “E”-inai-50758-2014. Asimismo deberá informar si ha cumplido con lo establecido por el Art. 3 de la Ley Nacional de Comunidades Indígenas N° 26.160, esto es el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de la comunidad Diaguita Aconquija, y/o todo otro trámite administrativo y/o judicial en relación a los terrenos reclamados por la comunidad Indígena mencionada que opere como competencia territorial atento a la naturaleza de la cuestión planteada.

VII) Notifíquese y cumplido que sea, continúe la causa según su estado.-

Hasta aquí el texto de la Fiscalia. ElOrejiverde seguirá muy de cerca la evolución de estos acontecimientos que se desarrollarán a partir de esta resolución, la que sin dudas constituye un importante antecedente para los derechos de los pueblos indígenas . Por lo pronto le agradecemos a Mauro Lara y a Victor Gramajo habernos enviado la información.

Fuentes: http://laveintiuno.com.ar / http://www.catamarcactual.com.ar / ElOrejiverde
Fecha: 19/4/2016

Notas relacionadas:
Por la Pachamama, por nosotros, nuestros ancestros y por nuestros hijos, 8 de abril 2016
En Tafí del Valle los diaguitas luchan por sus tierras, 16 de julio 2015

- See more at: http://elorejiverde.com/toda-la-tierra-es-una-sola-alma/1143-diaguitas-de-catamarca-recuperan-territorios-usurpados#sthash.Vx41MS2Z.dpuf

agrega un comentario