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Divide a las organizaciones indígenas un decreto de Macri
Por El Cordillerano - Sunday, May. 22, 2016 at 10:51 PM

21 May 2016.- El Parlamento de Naciones Originarias pidió su derogación urgente. La norma crea al Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas, a la vez que otorga un status especial a la Mesa de Trabajo y Diálogo Político de los Pueblos Indígenas de Argentina con el Estado Nacional, que tiene como referente al líder qom Félix Díaz.

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Organizaciones mapuches de Río Negro y Neuquén rechazaron el decreto del gobierno nacional que creó el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas en Argentina. La postura se adoptó en el marco del Parlamento de Naciones Originarias, que agrupa además a expresiones indígenas de buena parte del país. En particular, el documento acusó a la administración de Mauricio Macri de ignorar el Convenio 169 de la OIT (Ley 24.071 en el país), que ordena “consultar a los pueblos” cuando el Estado trate asuntos de su incumbencia.

Como contrapartida, la medida gubernamental había recibido el beneplácito del sector que orienta el referente qom Félix Díaz, ya que la norma establece un tácito reconocimiento hacia ese ámbito indígena. En su artículo 4to, el Decreto 672 del año en curso, establece que el Consejo Consultivo y Participativo se conformará “por los representantes que los Pueblos, Comunidades y/u Organizaciones de Pueblos Indígenas asignen a tales fines, respetando el auto-reconocimiento y las formas, usos y costumbres tradicionales de organización de cada pueblo y comunidad y por la Mesa de Trabajo y Diálogo Político de los Pueblos Indígenas de Argentina con el Estado Nacional, a través de los representantes que ella designe (subrayado nuestro).

Como se recordará, luego de un acampar por varios meses en la Avenida 9 de Julio, el actual presidente visitó a los qom en plena campaña electoral, cuando faltaban unos días para el balotaje. Meses atrás, ante la dilación de aquellas promesas, Díaz y otros referentes indígenas ocuparon transitoriamente la ex ESMA. La referente mapuche en este espacio es Relmu Ñanko, protagonista involuntaria de un sonado juicio que se resolvió a fines del año pasado en Zapala, sin que prosperaran las acusaciones que sobre ella pesaban.

Para el Parlamento de Naciones Originarias de Argentina, la decisión gubernamental es “un nuevo caso de abuso de poder, esta vez desde la misma presidencia del Estado”. El pronunciamiento recordó que desde que se aprobó en la Argentina el Convenio 169, es obligatorio el procedimiento que prevé su artículo 6: “los gobiernos deberán a) Consultar a los pueblos, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.

Sin participación ni consulta

En síntesis, el rechazo se sustenta en varias razones. En primera instancia, se trata de “un decreto elaborado y aprobado sin participación ni Consulta a los Pueblos, Organizaciones y Comunidades indígenas de todo el país”.

Además, la norma “no aborda como objetivo, las demandas fundamentales de las últimas décadas: ley de Propiedad Comunitaria de la Tierra y el derecho al Consentimiento, Libre, Previo e Informado a través de la realización de la Consulta que el gobierno está obligado a realizar”.

En particular, respecto a la jerarquización del sector que orienta Díaz, argumenta que el gobierno “se propone conformar un Consejo Consultivo con representantes de autoridades indígenas de toda Argentina, pero que impone previamente una mesa de trabajo y diálogo político, conformada a los apuros y con sólo algunas organizaciones”. Además, acusa al decreto de poner “centro en la emergencia y la coyuntura” mientras “soslaya la mayor amenaza en los territorios indígenas, como es la industria extractiva: Fracking, Megaminería, Monocultivo de la Soja, Maderera; y sus consecuencias más graves: desmonte, desplazamiento de comunidades, desalojo, judicialización, agrotóxicos”.

El Parlamento de Naciones Originarias también denunció que la medida gubernamental “atomiza e incentiva la dispersión de los pueblos al crear un órgano dependiente del gobierno” mientras no apunta “a fortalecer las organizaciones en las regiones donde las políticas de los gobiernos provinciales ya no se soporta porque genera represión, muertes en la ruta y persecución política y judicial”.

El documento acusa al gobierno nacional de crear “una burocracia indígena” y de desvirtuar “los objetivos de las organizaciones y de sus autoridades, que es depender de sus instituciones propias y no de un gobierno momentáneo, convirtiendo a los dirigentes más débiles ideológicamente, que terminan defendiendo una fuente laboral personal”. Por último en la enumeración, señala que el texto “crea un nuevo órgano que se superpone con otros órganos satélites del Estado creados en la anterior etapa de gobierno”.

Como aprecia que el Decreto 672/16 “generará enormes prejuicios al interior de los Pueblos y Naciones Indígenas”, éstos exigieron “una urgente derogación del mismo y que se cumplan los pasos que la Constitución Nacional, las leyes y la jurisprudencia exigen, caso contrario nos reservamos el derecho de iniciar acciones judiciales a nivel local e internacional”. El texto lleva la firma de 18 organizaciones, entre ellas la Confederación Mapuche de Neuquén y la Coordinadora del Parlamento Mapuche Chewelche de Rio Negro.

Para efectivizar un diálogo intercultural

Según el gobierno nacional, el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblo Indígenas de la República Argentina “tendrá como finalidad promover el respeto de los derechos previstos por la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Ley 24.071) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.

Por su artículo 2, el ámbito que nació con cuestionamientos “propenderá a generar condiciones para que se efectivice un diálogo intercultural, a fin de que las medidas legislativas y/o administrativas que afecten directamente a los Pueblos y/o Comunidades Indígenas, hayan contado con su intervención previa, incluyéndolos en los procesos de toma de decisión, actuando de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”. El mismo artículo establece que el Consejo Consultivo y Participativo “elaborará un proyecto de reglamento de funcionamiento y en ningún caso reemplazará el proceso que debe llevarse adelante para respetar el derecho a la consulta”. Sus detractores interpretan que ese derecho ya se vulneró.

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