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Megacausa Santa Fé
Por Movimiento DDHH - Monday, Jul. 11, 2016 at 9:34 AM
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POR JUSTICIA y los DDHH

MEGACAUSA SANTA FE
10 de julio de 2016
Rosario
La justicia le negó la excarcelación al sargento del Ejército Jorge Alberto Balla
Un represor en real riesgo de fuga
La Cámara de Casación Penal rechazó la excarcelacion de uno de los diez presos por la masacre de Ituzaingó y Las Heras en Santa Fe, durante la última dictadura militar. Es el tercer fallo que le niega la salida de la cárcel a este sargento del Ejército.
Por Juan Carlos Tizziani
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Para la justicia, Balla no puede estar libre por "peligrosidad procesal" y "riesgo de fuga".

Desde Santa Fe.

La Cámara Federal de Casación Penal (sala 3) rechazó la excarcelación del sargento del Ejército Jorge Alberto Balla, uno de los diez detenidos por delitos de lesa humanidad en la masacre de Ituzaingó y Las Heras, en enero de 1977, por su "peligrosidad procesal" y "el riesgo de fuga". Los mismos argumento con que ya la habían desestimado el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez y el pleno de la Cámara Federal de Rosario, integrado por los seis vocales de ambas salas: la "gravedad del hecho" que se le imputa ("cuatro homicidios doblemente calificados") y la "expectativa de la pena" que le podría corresponder ("prisión perpetua" de cumplimiento efectivo). Más, el motivo que planteó el fiscal que investigó el caso, Walter Rodríguez, en el primer dictamen que le negó la salida de la cárcel: el "vínculo" de Balla con su ex jefe, el coronel Ramón Abel Recio, quien está prófugo desde octubre de 2015, a pesar de la alerta roja de Interpol y la recompensa de 500 mil pesos para su captura que ofrece el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

La excarcelación de Balla ya fue rechazada en tres fallos por diez magistrados: el juez federal de Santa Fe, los seis camaristas de Rosario (Edgardo Bello, José Guillermo Toledo, Elida Vidal, Carlos Carrillo, Fernando Barbará y Elonora Pelozzi) y los tres vocales de la sala 3 de Casación (Eduardo Rafael Riggi, Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani).

En la investigación están imputados tres militares que operaron en el Comando de Artillería 121: Balla, el cabo Luis Alfredo Gómez y el prófugo Recio, quien era el jefe de ambos. Y ocho policías del Comando Radioeléctrico. El juez Rodríguez procesó a Balla y Gómez como "partícipes necesarios" del "homicidio doblemente calificado" por "alevosía" y "premeditación" de los dirigentes montoneros: Jorge Luis Piotti, la compañera de éste, Ileana Esther Gómez, Osvaldo Pascual Ziccardi (que era el jefe de la columna) y Carlos Mario Frigerio. Y atribuyó los mismos cargos a los ocho policías: a siete de ellos (Rodolfo Antonio Reible, Carlos Héctor Albornoz, José Rufino Martellini, Ricardo Amancio Brunel, Mario Daniel Aquino y Rolando Martínez) los consideró "coautores" y al último, Abel Antonio Romero, "partícipe secundario". Reible operaba en la Brigada de Explosivos que dependía del Comando Radioeléctrico y se lo señala como "subjefe" en los libros de guardia de 1977.

El juez Rodríguez rechazó la excarcelación de Balla el 29 de diciembre de 2015, la Cámara Federal de Rosario la confirmó el 30 de marzo último y ahora Casación la ratificó. En el primer voto, el juez Riggi sostuvo que la defensa del represor "no logró rebatir" el fallo de segunda instancia. "Balla está procesado cómo presunto partícipe necesario del delito de homicidio doblemente calificado por ser cometido con alevosía y con el concurso premeditado de más de dos personas en perjuicio de Ziccardi, Frigerio, Piotti y Gómez" cuando era "sargento en el Comando de Artillería 121 de Santa Fe".

"La gravedad del hecho es una de las pautas" para "definir la peligrosidad procesal" que en este caso "consiste en cuatro homicidios doblemente agravados", sostuvo Riggi al citar el voto de su colega de la Cámara Federal de Rosario, Carlos Carrillo.

"Concretamente, se le imputa" a Balla "haber intervenido, en razón de su cargo en el procedimiento realizado el día 19 de enero del año 1977 por fuerzas conjuntas, en el edificio de calles Ituzaingó y Las Heras", que terminó con cuatro muertos. "A esa calificación corresponde atenerse" por lo que podría caber "la pena para el homicidio calificado, es decir prisión perpetua".

"Atento a la naturaleza y gravedad de los hechos concretos" que se le imputan a Balla es "posible que intente evadir la acción de la justicia ante el pronóstico de una futura pena grave y de efectivo cumplimiento o que pudiere intentar entorpecer la marcha de las investigaciones frustrando los fines del proceso", agregó Riggi. Y si bien, el represor tiene "domicilio comprobado y estable" en Santa Fe "se advierten cuestiones objetivas que permiten presumir que podría llegar a intentar entorpecer o eludir la acción de la justicia" y por lo tanto existe "riesgo procesal".

La defensa "no logró refutar" los fundamentos de la Cámara Federal de Rosario, por lo que su planteo "deviene inadmisible", dijo Riggi. Y propuso "confirmar el rechazo de la excarcelación" de Balla. Sus colegas Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani adhirieron al primer voto. "Máxime si se tiene en cuenta que la Cámara fundamentó el rechazo del pedido de excarcelación en riesgos procesales objetivos: la magnitud de la pena en expectativa y la especial gravedad de las conductas que se le endilgaron, por sus modalidades de comisión: hechos de naturaleza violenta, concretamente crímenes de lesa humanidad", concluyó Gemignani.

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