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Comunidad mapuche-williche deberá desalojar terrenos en disputa con nieta de Pinochet
Por Azkintuwe - Wednesday, Aug. 17, 2016 at 3:00 PM

La comunidad mapuche-williche “Llanquilef” de Puyehue recibió un primer fallo judicial que indica que deben desalojar los terrenos que disputan desde 2014 con la hija de Julio Ponce Lerou y nieta del fallecido dictador Augusto Pinochet.

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Todo partió en 1999, cuando la comunidad fue desalojada a la fuerza, ya que en ese minuto el ex controlador de SQM, Julio Ponce Lerou, exhibió documentos que supuestamente acreditarían una compra del lugar.

En 2014, la comunidad integrada por 21 familias decidió reivindicar los terrenos e inició una ocupación, según explicó su presidente Juan Guerrero, cuyo padre era el propietario de las tierras en disputa.

De esa forma, dijo Guerrero, se inició toda una disputa legal que partió con una querella contra Francisca Ponce Pinochet, quien figura como la dueña tras el traspaso.

La comunidad Llanquilef sostiene que ocupaba dichos terrenos desde 1930, por lo que agrega que sus integrantes poseen papeles en los que se acredita que las tierras estaban inscritas a nombre de Segundo Guerrero.

Juan Guerrero, de 53 años, señaló que la lucha por acreditar sus tierras llegó hasta el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Sin embargo, dice que se encontraron con una causa que presentaba diversas irregularidades que los perjudicaban en su calidad de propietarios.

“Hubo una serie de irregularidades que nos obligaron a conformar la comunidad. Aquí mis ancestros llegaron y criaron las familias, cuando este sector era solo flora y fauna, por lo que tuvieron que hacer huellas para poder transitar”, aseguró.

Claudia Pailalef, directora regional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), dijo que estaba al tanto del tema y reiteró que el organismo busca ayudar a las comunidades que reclaman por sus tierras.

“Para ayudar a esta comunidad que hace ocupación de este terreno, ellos deben reunir el máximo de antecedentes históricos que los acrediten como dueños. Con ello se puede tramitar la documentación necesaria para ratificar la demanda de la comunidad”, expresó.

Sin embargo en 2015 llegó la contrademanda hacia la comunidad, la cual se procesó en tribunales y cuyo fallo en primera instancia determinó que “se acoge la querella de restitución y, en consecuencia, se declara que los demandados deberán restituir el predio objeto del juicio dentro del décimo día, contando desde que la sentencia sea ejecutoriada”.

El dirigente espera que el fallo se favorable para la comunidad en la próxima apelación, pero también lamenta que la justicia no haya considerado todos los antecedentes que presentaron, que según señala acreditarían que son terrenos ancestrales y que la comunidad estaría presente desde 1930 en el lugar.

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