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Nuevos requisitos para las cuentas de cooperativas y mutuales
Por CNCT - Tuesday, Sep. 06, 2016 at 7:44 PM

5 de septiembre de 2016 - 16:41 | Se conocieron los nuevos requisitos que el Banco Central y la Unidad de Información Financiera solicitan para la operatoria de las cooperativas y mutuales. Esto se constituye como una nueva traba legal para el sector.

Nuevos requisitos pa...
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En la mañana de este lunes, mediante resolución el Banco Central y la Unidad de Información financiera (UIF), se informaron los nuevos requisitos que las Cooperativas y Mutuales deberán cumplir como para la operatoria en el banco Cooperativo. Se trata de una medida que rige a partir del 22 de junio y perjudica todo el sector cooperativo debido a que no distingue figuras.

“Es otra medida que sin dudas perjudica al sector cooperativo. No solo nos vemos afectados por los aumentos de tarifas en los servicios públicos, la suba en los costos de producción y la caída del consumo interno sino que también hay trabas legales y burocráticas de parte del Estado como es el pedido de estos nuevos requisitos”, afirmó Christian Miño, Presidente de la Confederación Nacional de Cooperativas de Trabajo (CNCT) al recibir las notificaciones.

A partir de la fecha establecida, además de la documentación requerida para operar en el banco, ahora se suma: el formulario 4174 Mutuales - Cooperativas – Depósito de Cheques por Toda Actividad Declarada -a través del cual las cooperativas y mutuales declararán que tipo de depósito de cheques efectuarán en sus cuentas-, el formulario 4175 Mutuales - Cooperativas – Depósito de Cheques sólo por Operatoria Comercial. Éste formulario deberá ser integrado por las cooperativas y mutuales que únicamente depositen en su cuenta cheques propios de la actividad que realizan.

Además, es necesario que se presente: la impresión del sitio web del Instituto Nacional de Economia Social (INAES) en donde se demuestre su condición de entidad activa, certificación emitida por Contador Público y certificada por el Consejo (salvo que el Contador sea el mismo que firma el Balance entonces no se requerirá la certificación por parte del Consejo), donde detalle y acredite la existencia de libros de acta de: Asamblea, del Órgano Directivo o Consejo de Administración según corresponda, de Registro de Asociados, de Actas de la Comisión Fiscalizadora, además de libro Diario, Mayor, Caja, Inventario y Balance según corresponda, indicando su fecha de rubrica y última foja utilizada consignado su fecha.

En el caso de las Cooperativas y Mutuales que tengan menos de un año desde su inscripción, sólo se requerirá la copia del acta constitutiva y estatuto presentado ante el INAES y copia certificada del registro de socios o asociados firmado por el Representante Legal y, si la entidad depositara cheques, este registro también deberá presentarse en formato digital (Excel), con los siguientes datos mínimos: Denominación, CUIT, Número de Asociado y Fecha de Ingreso.

Por su parte, para ante cada depósito de cheque que se realice en el Banco Cooperativo, todas las cooperativas y mutuales, deberán integrar el nuevo Formulario 4176 Mutuales - Cooperativas - Detalle de Cheques Depositados, en el cual se detallarán los datos del asociado y de los cheques y se establece cuál es la operatoria asociada vinculada al depósito.

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