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“Cuando el Estado no responde la violencia de género se convierte en institucional”
Por Agencia Andar/CPM - Thursday, Oct. 20, 2016 at 11:50 AM

17 octubre, 2016 | La sala cuarta del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, integrada por Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan, absolvió a una mujer víctima de violencias acusada de intentar matar a su hijo y ordenó su inmediata libertad. El fallo considera que la justicia debe actuar en estos casos en el marco de una perspectiva de género. La CPM había solicitado adoptar esta perspectiva y combinarla con una intercultural, ya que la mujer es de origen boliviano.

“Cuando el Estado no...
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(Agencia/ CPM) M. fue encontrada penalmente responsable, junto a su pareja, de tentativa de homicidio de su hijo, en un juicio que la condenó a 10 años de prisión en octubre del año pasado. Ante esto se interpuso un recurso de casación que llevó a la revisión del fallo y terminó con la absolución de la mujer. La Comisión Provincial por la Memoria y otras organizaciones y organismos de derechos humanos solicitaron incorporar un marco de análisis que tuviera en cuenta la violencia de género a la que era sometida M. y una perspectiva intercultural por su condición de migrante.

El fallo de la sala cuarta del Tribunal de Casación Penal bonaerense reconoció las omisiones que llevaron a culpar a M. de una situación en la que era víctima y señala cómo “la contextualización de los hechos, en el modo en que se hizo en el fallo impugnado, omite por completo los antecedentes de violencia previos al evento”. Los jueces no tuvieron dudas en afirmar que para M. no fue posible evitar la golpiza de la que fue víctima su hijo “por estar inmersa en una situación de violencia de género, y que dadas las circunstancias del caso, personales, culturales e intelectuales no fue posible exigirle que se comporte de otra manera, lo que le quita todo tipo de responsabilidad en el hecho ilícito enrostrado”.

La sentencia de Casación no se queda sólo en esas circunstancias y revisa las prácticas judiciales admitiendo que “hay factores muy diversos que explican que las mujeres vulneradas no quieran denunciar este tipo de hechos, básicamente, porque a muchas de ellas difícilmente el ámbito penal pueda protegerlas como se espera”. Entre estos múltiples factores que conspiran contra el abordaje de la violencia de género, enumera: “la incomprensión de la magnitud de estos hechos como consecuencia de los patrones culturales patriarcales y misóginos prevalecientes en la sociedad, la excesiva burocratización de los procedimientos legales, las dificultades para investigar las complejas y crueles modalidades de esta violencia, hasta la imposibilidad de establecer una caracterización de los responsables”.

“Cuando el Estado no responde en tiempo y forma a los compromisos internacionales asumidos en la materia, la violencia de género se convierte en violencia institucional”, sentenciaron Kohan y Natiello en su fallo al absolver a M.

La imputada pudo volver a relatar frente a los jueces de Casación cuáles habían sido las circunstancias de los hechos. En esa instancia tanto en la exposición de la Fiscalía como de la Defensoría, a cargo de Mario Coriolano y Daniela Bersi respectivamente, se reiteró la importancia de la incorporación del amicus curiae presentado por la CPM y de un informe del Observatorio de Violencia de Género dependiente de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.

Estos aportes enriquecieron el fallo en la descripción del contexto: “la situación actual en Bolivia sobre la violencia hacia las mujeres, país de Latinoamérica que registra los mayores índices para estos casos, que presentan la particularidad que cuando el varón migra primero se genera un deterioro en las relaciones de la pareja, relacionadas con la pérdida de control y dominio de los hombres hacia las mujeres migrantes en el contexto de recepción, lo que en general dio lugar al maltrato, la violencia física y sexual, llegando incluso a la pérdida de la libertad ambulatoria”.

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