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México: Comunidad indígena amenazada por minería pide respeto a territorio sagrado
Por Síntesis de Guerrero - Thursday, Apr. 20, 2017 at 4:00 PM

19 Abril, 2017.- Desde 2011, dos empresas mineras han tratado de explotar 24 núcleos agrarios

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Bernardo Torres/API

Chilpancingo, Gro. 19 de Abril del 2017. (Síntesis de Guerrero). – Autoridades de la Comunidad Indígena Me’phaa de San Miguel del Progreso en la Montaña de Guerrero, instaron a la Juez Primero de Distrito del vigésimo primer circuito judicial en el estado, Estela Platero Salado, a que resuelva el amparo 429/2016 conforme a los más altos estándares internacionales en materia de derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Desde 2011, al menos 24 núcleos agrarios del municipio de Malinaltepec, entre ellos la comunidad Júba Wajiií, han estado amenazados por proyectos mineros y desde entonces mantienen un litigio en tribunales agrarios a fin de defender su territorio, el cual consideran sagrado.

Representantes del Consejo Regional de Autoridades Agrarias en Defensa del Territorio (CRAADT) y del Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, señalaron que este amparo, es la segunda acción legal que la comunidad presenta para proteger su territorio frente a Ia amenaza minera.

El 24 de noviembre de 2015 la Secretaria de Economía público en el Diario Oficial de Ia Federación la ”Relación de declaratorias de libertad de terreno 02/2015”, por la que se declara la libertad de los terrenos que legalmente amparaban los lotes mineros “Reducción Norte de Corazón de Tinieblas” y ”Corazón de Tinieblas” al quedar canceladas después de que las empresas Hochschild y Zalamera propietarias de las concesiones se desistieran simultáneamente de sus títulos.

Esto ante una clara estrategia para evitar el análisis de la Ley Minera ante la SCJN, cuando la primera demanda de amparo interpuesta por Júba Wajiín frente a la amenaza minera estaba próxima a ser analizada ante la Suprema Corte de la Nación.

En dicha Declaratoria se estableció que los terrenos quedarían libres a los treinta días naturales; en consecuencia, el territorio indígena de San Miguel del Progreso se ofertaría de nuevo al mejor postor.

Ante la inminente afectación a sus derechos colectivos, el 11 de diciembre de 2015 la Comunidad de San Miguel del Progreso interpuso una segunda demanda de amparo contra la expedición de la Declaratoria, por violentar su derecho colectivo a la Consulta, a la propiedad territorial y a la protección integral de las tierras.

La demanda de amparo fue admitida por el Juzgado Séptimo de Distrito del estado de Guerrero, el cual otorgó a favor de la comunidad indígena la suspensión de plano que impide que la Secretaria de Economía otorgue en concesión los lotes que amparaban las concesiones canceladas a empresas que así lo solicitaran a partir de que surtiera efectos la emisión de la Declaratoria, hasta en tanto no se resuelva el fondo del juicio.

La comunidad indígena argumentó en su demanda que la Declaratoria al expresar que terrenos que hacen parte de su territorio ancestral se encuentran libres, como si las y los habitantes de San Miguel Del Progreso no vivieran ahí, conculca el derecho colectivo a la propiedad territorial indígena además conlleva en sí mismo un principio de ejecución, pues con motivo de esa declaratoria es indefectible Ia constitución de concesiones mineras en su territorio.

En este contexto, el 8 de junio de 2016, la juez Estela Platero Salado, ordenó de ofició el desahogo de la pericial en materia de antropología, con el fin de allegarse mayores elementos sobre la conformación, organización social, económica, cultural y política de la comunidad quejosa así como la forma en que ocupa el territorio que abarca los lotes declarados libres, el vínculo espiritual con su territorio y las implicaciones que conlleva Ia Declaratoria de libertad de Terreno.

Los peritajes de parte y el oficial fueron rendidos en los meses de julio y diciembre de 2016 respectivamente.

Los dictámenes antropológicos confirmaron el carácter inescindible de la naturaleza agraria e indígena de la Comunidad de San Miguel del Progreso, al señalar que es una comunidad indígena por formar una unidad sociopolítica que reconoce sus propias autoridades y que están asentadas en un territorio, y con dicho territorio existe una relación colectiva que trasciende el concepto de tierras o de simple dominio jurídico de un espacio, la cual forma parte de la región histórica y cultural de la Montaña de Guerrero.

Los peritos señalaron que los daños que la liberación de más del 80% del territorio de San Miguel del Progreso para la actividad minera significaría cercenar el aprovechamiento integral y diferenciado que hacen de él, poniendo en peligro la continuidad, viabilidad y sustentabilidad de la comunidad sociopolítica me’phaa de San Miguel del Progreso.

Una vez integrado el expediente de amparo, el 31 de marzo del presente año se llevó acabó la audiencia constitucional, por lo que la comunidad de Juba Wajiin se encuentra en espera de que la Jueza Primero de Distrito evalúe a detalle los antecedentes del amparo en cuestión y mantenga el estándar de protección a los derechos colectivos de la comunidad indígena, dejando sin efectos la declaratoria, por haberse emitido en evidente violación a los derechos colectivos del pueblo Me’phaa de San Miguel del Progreso. (Agencia Periodística de Investigación)

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