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La Corte dio la tenencia de una niña a su padre, acusado de haber abusado de ella
Por Página/12 - Tuesday, May. 16, 2017 at 9:45 PM

Las víctimas entregadas al sospechoso

16 de mayo de 2017 | El hombre, que un día después de ser acusado por abuso huyó a Estados Unidos, reclamó la tenencia de sus hijas. La Corte le dio la razón y ordenó a la madre que las restituyera. Anoche la mujer volaba con ellas rumbo a Virginia, donde será detenida.

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Foto: Camuyrano abordó anoche un avión rumbo a Virginia con sus dos hijas.

Una argentina tuvo que viajar ayer a Estados Unidos junto con sus dos hijas, menores de edad, para que se revinculen con su padre, a quien la justicia argentina investiga por abusar sexualmente de una de las chicas. Aunque la investigación penal continúa, el acusado reclamó judicialmente la tenencia de las niñas y la causa, tras una apelación, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ordenó a María Victoria Camuyrano trasladar a sus dos hijas a Estados Unidos para que vivan con el hombre a quien acusa de abusador, Antonio Quintana. La mujer voló desde Ezeiza ayer poco antes de las 9 de la noche, y llegará esta mañana. Al pisar Estados Unidos, afirmó su abogado, Carlos Juan Acosta, en diálogo con PáginaI12, “será detenida cuando presente su pasaporte”.En octubre del año pasado, la Corte ordenó a Camuyrano que lleve a las niñas a vivir con Quintana, que en enero de 2010, un día después de que ella lo denunciara por abusar de una de sus hijas, viajó a Estados Unidos. La causa investiga al menos un episodio de abuso ocurrido el 12 de enero de ese año, cuando la abuela de las nenas descubrió durante la madrugada que Quintana estaba abusando sexualmente de la más grande de ellas, que entonces tenía 3 años. El día siguiente a la mañana, Quintana se fue a vivir Estados Unidos.

Con su esposo en otro país, Camuyrano consultó a distintos organismos judiciales para evaluar la mejor manera de proceder legalmente contra Quintana, sin afectar aún más a sus hijas. Acosta aseguró que “en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) le dijeron que no haga la denuncia penal porque podía perjudicar a la nena, una recomendación que se hace habitualmente”. Por ese motivo, el 17 de marzo de ese año hizo una denuncia por violencia familiar en sede civil. “En ese expediente se resolvió ponerle una restricción de acercamiento a Quintana, que de todas formas no estaba en el país, y le dieron la tenencia a ella”, recordó Acosta.

“En agosto del mismo año el padre empezó una acción legal en el Juzgado de Loundoun, en Virginia, Estados Unidos, denunciando el secuestro de sus hijas por parte de su madre”, contó Acosta, quien aclaró que “ella no se enteró de la denuncia, y salió una sentencia que le dio la tenencia al padre y un pedido de captura a ella, de la cual ella tampoco se enteró hasta febrero de 2011”. El abogado indicó, además, que el juez estadounidense nunca fue notificado de que Camuyrano había iniciado un juicio en Argentina, ni de las órdenes restrictivas que pesaban contra Quintana, ni del otorgamiento de la tenencia a ella.

Tras la sentencia dictada en Virginia, Quintana se presentó ante el Juzgado Nacional Civil Nro 7 y solicitó “la aplicación de la Convención de La Haya de 1980 para que manden a a las nenas a Estados Unidos”, detalló Acosta. Si bien en primera instancia el fallo fue contrario a la demanda de Quintana, le Cámara de apelación avaló el pedido del padre de las chicas, y el 25 de octubre de 2016 la Corte Suprema dispuso que ambas debían ser trasladadas a Estados Unidos en un plazo de tres meses.

Los argumentos que esgrimió la Corte fueron, por un lado, que Camuyrano presentó la denuncia siete meses después del hecho, y, por otro, que la nena no quiso hablar ante peritos oficiales. El abogado Acosta opinó que “el gran tema es que nunca escucharon a la nena. Tanto ella como su hermana tienen todos los índices de haber sido violadas, y hay cinco terapeutas de primera línea en Argentina que lo confirmaron”. Acosta explicó que “cuando la nena estuvo en cámara Gesell ante el Cuerpo Médico Forense, todavía tenía tres años, en el momento en el que le preguntaron por el padre salió corriendo y nunca más buscaron la palabra de ella. La Justicia argentina nunca buscó saber qué les pasa a las nenas, qué quieren hacer o con quién quieren vivir”. En cuanto a la demora de Camuyrano por presentarse ante la Justicia, el abogado sostuvo que “el hecho de no haber denunciado inmediatamente siempre está contemplado, porque muchas veces, como pasó con la OVD, se recomienda no hacer la denuncia debido a que puede ser perjudicial para las víctimas”. Tras el fallo de la Corte Suprema, Camuyrano solicitó la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (ver aparte).

En noviembre de 2016, Quintana volvió a presentarse en el Juzgado de Virginia para pedir que el tribunal confirmara su derecho a la tenencia de las chicas. En esta presentación, indicó Acosta, “Quintana engañó al juez de Virginia al entregarle una versión adulterada del fallo de la CSJN”. Por ello, el abogado denunció que la sentencia de la Corte fue manipulada, y solicitó que “se disponga un contacto inmediato con el magistrado extranjero para que determine si recibió un pedido de Quintana con una solicitud judicial de modificación de custodia en fecha 21 de noviembre de 2016”, como indica la denuncia.

Camuyrano viajó ayer por la noche con sus dos hijas hacia Estados Unidos, en donde tiene pedido de captura por secuestro, para cumplir con la orden de la Corte. Acosta advirtió que “probablemente sea detenida cuando llegue a Estados Unidos, cuando presente el pasaporte”. Eso sucederá esta mañana.

Un pedido que llegó a la CIDH

En febrero de 2016, tras la sentencia de la CSJN, Camuyrano pidió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que interviniera para conseguir una revisión de la sentencia y pedir una medida cautelar hasta tanto fuera resuelta la investigación por el presunto abuso sexual. “La cautelar era para evitar que las nenas viajaran a Estados Unidos, pero la CIDH siempre se demora”, dijo Acosta. La presentación solicitó “la nulidad del pronunciamiento de la CSJN por resultar contrario a las cláusulas establecidas en la Convención de la Haya de 1980, art.13 inc. b; párrafos 4, 8 y 9 del Preámbulo y artículos 3:1; 3:2; 12:1; 12:2; 19:1, 19:2, todos de la Convención sobre los Derechos del Niño; ello en función del art. 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, e inste un nuevo pronunciamiento que respete los derechos elementales de mis hijas a vivir en un ámbito saludable” y “que ellas sean oídas”.

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