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ANDHES repudia el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán
Por ANDHES - Monday, Jun. 26, 2017 at 9:25 PM

ANDHES REPUDIA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE TUCUMÁN EN CONTRA DE LA COMUNIDAD INDÍGENA PUEBLO DE TOLOMBÓN

JUNIO 24, 2017

Desde Andhes repudiaron el fallo por el cual el máximo órgano judicial de la provincia no hace lugar al recurso de casación interpuesto por la Comunidad Indígena Pueblo de Tolombón en el marco de un proceso de desalojo en su contra.

La comunidad diaguita Pueblo de Tolombón, situada en el departamento Trancas de la provincia de Tucumán, sufre desde largo tiempos los conflictos con la firma López de Zavalía. La comunidad viene denunciando reiteradamente que con su accionar estas personas han vulnerado por años sus derechos fundamentales, mediante coacción y amenaza de toda índole, hasta la fecha.

Desde la organización de DDHH sostuvieron que “la sentencia es un claro ataque contra las comunidades indígenas en general. El Estado en su conjunto tiene la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las comunidades indígenas que habitan en la provincia, consagrados tanto en la constitución nacional como provincial. La Corte Provincial en éste caso no solo desconoce los estándares internacionales, especialmente su derecho al territorio, sino que también sostiene y convalida una práctica de persecución y criminalización de los pueblos originarios, reafirmando una posición discriminatoria y arbitraria al momento de resolver conflictos que involucran a comunidades indígenas”.

Desde el área de Derechos de los Pueblos Indígenas explicaron que “los argumentos esgrimidos por la Corte, evidencian el incumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional en materia de protección de pueblos indígenas, en especial su derecho al territorio, entendido como un derecho fundamental, ya que hace a la existencia y la integridad misma de la comunidad, a la supervivencia de su cultura, desconociéndola como sujeto colectivo de derechos”.

La Corte provincial, de manera arbitraria y con fundamentos excesivamente procesales no valora las pruebas aportadas de acuerdo a criterios establecidos tanto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que acreditan que la comunidad de Tolombón habita esas tierras ancestralmente. Una de esas pruebas aportadas es la Carpeta de Relevamiento obtenida como resultado del Programa de Relevamiento Jurídico – Técnico – Catastral ordenado por la Ley 26.160, llevado adelante por el I.N.A.I., la Defensoría del Pueblo y la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Tucumán, con participación de la comunidad. La carpeta contiene mapas de geo-referenciamiento satelital, informes históricos-antropológicos y dictámenes jurídicos que el Alto Tribunal Tucumano desconoce como tales, yendo en contra de lo que la Corte Suprema de la Nación sostuvo (remitiéndose a la opinión de la Procuraduría General de la Nación) en los autos “Recurso de hecho deducido por la comunidad Mapuche ‘Las Huaytekas’ en la causa Martínez Pérez, José Luis e/ Palma, América y otros s/ medida cautelar s/ casación”, donde expresó que “las tierras objeto de la medida cautelar de desalojo han sido identificadas como parte del territorio de la comunidad Las Huaytekas, de acuerdo con el relevamiento técnico jurídico catastral llevado a cabo por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas”, “…existen elementos que revelan con un grado de verosimilitud suficiente que las tierras pueden formar parte de la ocupación tradicional de una comunidad indígena, los jueces deben extremar su cautela al momento de valorar los requisitos de procedencia de la medida precautoria. La ejecución del desalojo cautelar puede afectar el derecho de la comunidad a la posesión y propiedad comunitaria indígena, del que depende su supervivencia como pueblo organizado con una cultura diferente…”, reconociendo el valor probatorio que tienen las carpetas como resultado del relevamiento llevado a cabo.

Por otro lado, “este fallo junto a sus argumentos y las excusaciones que se efectuaron, son también prueba de que las preocupaciones y objeciones que ya en 2012 habíamos interpuesto junto con la Unión Diaguita eran más que relevantes” advirtieron desde la ONG. El rechazo a la designación de Fernando López Zavalía al cargo de Relator de Vocal en la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán, se fundaba en que de producirse “tal designación atenta gravemente con la calidad institucional, transparencia e imparcial administración de Justicia que esta Honorable Corte debe procurar”, toda vez que “el mencionado letrado ha incurrido reiteradamente en violaciones a los derechos humanos al atropellar y acosar judicialmente a familias de la Comunidad Indígena del Pueblo de Tolombón”, como versa el respectivo comunicado.

Éste fallo viene a profundizar la brecha que existe entre la normativa de rango constitucional y la realidad, exponiendo a las comunidades aún más a una permanente inseguridad jurídica en los territorios que habitan ancestralmente. En la provincia de Tucumán, es notorio y público el aumento de la conflictividad en los territorios indígenas y la discriminación en el acceso a la justicia de las comunidades. Los datos elaborados por nuestra organización demuestran en éste punto que sólo el 60 % de los conflictos en los territorios indígenas de la provincia se encuentran judicializados, de los cuales el 47,5 % tiene algún tipo de resolución desfavorable para la comunidad (detención, desalojo, archivo, elevación a juicio), el 49 % no tiene ningún tipo de resolución y el 3,5 % tiene resolución que de alguna manera favorece a la comunidad (no necesariamente aplicación de la legislación, tratándose generalmente de archivo por falta de pruebas por la otra parte). En ninguna de las causas, en las cuales se llevó a cabo éste estudio, se aplicó una medida de protección en base a la ley 26.160, no habiendo ninguna sentencia, resolución o pedido de las fiscalías que de alguna manera enmarquen el caso como una situación de vulneración de derechos territoriales de los pueblos indígenas.

Desde andhes rechazamos este tipo de sentencias que profundizan la situación de vulneración que viven día a día las comunidades hace más de 500 años hasta el presente. Perpetuando prácticas colonizadoras encubiertas detrás de sentencias que citan normativa internacional pero al mismo tiempo desconocen la realidad de las comunidades, como su cultura y cosmovisión, lo que torna totalmente ilusorio la aplicación de los estándares internacionales. Exigimos al Estado en su conjunto que cumpla con sus obligaciones de protección y garantía de los derechos al territorio de las comunidades indígenas de la Provincia de Tucumán.

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