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Caso Cormecor: Disponen un ultimátum a la UNC
Por Ecos Córdoba - Tuesday, Jul. 18, 2017 at 2:25 PM

18 de julio de 2017 | La Cámara de 1ra. Nominación en lo Contencioso Administrativo decretó un plazo de diez días a la Universidad Nacional de Córdoba, para analizar el Estudio de Impacto Ambiental, que el gobierno de Córdoba aprobó para la instalación de un mega-basural. Comunicado de la comunidad publicado por ECOS Córdoba.

Caso Cormecor: Dispo...
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El pasado martes 11 de julio, minutos antes de entrar en feria judicial, la Cámara de 1ra. Nominación en lo Contencioso Administrativo que tramita los amparos unificados en contra de la instalación del megabasural de Cormecor en el predio ubicado en cercanías de Villa Parque Santa Ana, emitió un decreto dirigido al rector Dr. Hugo Juri, solicitando que la UNC –en tan sólo 10 días- evalúe y avale el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por Cormecor, realizado por la consultora privada Geoambiental. Además, por oficio solicitó que la UNC informe en el mismo plazo, si las objeciones sobre dicho Estudio planteadas por los amparistas “son de recibo”.

Lo que escandaliza, además del exiguo tiempo otorgado, es que en dicho decreto, el tribunal adelanta opinión señalando que: “corresponde (a la UNC) pronunciarse sobre la prueba útil e imprescindible para dilucidar el núcleo de la cuestión, ya que se advierte, no está limitado solamente al impacto que per se produce la planta de RSU sobre el ambiente circundante, sino involucra también, y tal vez principalmente, a la recolección, tratamiento y disposición de los residuos urbanos que se producen en un ámbito geográfico más extenso que incluye como protagonista principal a la Municipalidad de Córdoba. Vale decir, que la prueba no debe ceñirse al impacto que la realización del proyecto tiene en sus zonas inmediatas y circundantes sino también a los efectos que puede acarrear su no concreción en la salud y el ambiente de un colectivo mucho mayor que involucra a un millón y medio de habitantes aproximadamente de la ciudad de Córdoba y el Gran Córdoba”.

Resulta repudiable que desde la propia Cámara se presione a la UNC a legitimar un proceso viciado de irregularidades en supuesto beneficio de una mayoría.

De este modo la Cámara corre el eje y evade tratar el objeto de los amparos. Ya que los vecinos han concurrido a la Justicia por haber visto vulnerados sus derechos por el ilegal proceder de las autoridades al pasar por encima las normas y principios que protegen el ambiente.

Además, es falsa la afirmación apriorística planteada por la Cámara en relación a que, de confirmarse la vulneración a los derechos ambientales y desautorizar la instalación del megabasural en el predio en cuestión, un millón y medio de personas se verían “principalmente” afectadas. En primer lugar, esto es falso porque existen muchas y mejores alternativas para resolver el tratamiento de la basura. Lo que evidentemente no existe es voluntad política de encontrar una solución ajustada a derecho. La función de la Justicia es garantizar derechos respondiendo al objeto de los amparos y no opinar sobre situaciones conjeturales que atañen, en este caso, a los intendentes y jefes comunales socios de Cormecor S.A.

En vez de sugerir que se sacrifique a una minoría en nombre de una mayoría, ¿no sería más justo exigir que los funcionarios garanticen un proceso transparente de elección de un predio verdaderamente apto? ¿Por qué los vocales de la Cámara se hacen voceros de la falsa afirmación de los intendentes socios de Cormecor S.A. dando por cierto que no existen alternativas al predio en cuestión?

Además, del texto del decreto se desprende que los vocales de la Cámara dan por válida las licencias ambientales otorgadas por el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos mediante las resoluciones 510/15 y 010/17. Licencias Ambientales objetadas por un sinnúmero de irregularidades y violaciones a las leyes de derecho ambiental concurridas durante el proceso previo al otorgamiento de las mismas. Objeciones que han sido atendidas por el propio Tribunal Superior de Justicia, que en diciembre de 2016 dictaminó una medida cautelar que impide a la empresa iniciar obras en el predio, porque evaluó que la resolución 510/15 no constituía una licencia ambiental. Cautelar ratificada y ampliada el 19 de mayo último, hasta tanto la Cámara Contencioso Administrativa resolviera la cuestión de fondo. En dicha resolución el TSJ constata que la audiencia pública no fue debidamente cumplimentada lo que invalida todo el proceso posterior, es decir cualquier licencia ambiental. Sin embargo, en el decreto los vocales de la Cámara desconocen la resolución del TSJ y adelantan opinión dando por válidas dichas “licencias”.

¿Hace falta aclarar que la crítica situación que estamos viviendo fue generada por los múltiples simulacros [1] mediante los cuales los funcionarios de Cormecor S.A. pretendieron legitimar la arbitraria elección de un predio -no apto- para ejecutar su negocio de transporte y enterramiento de la basura de Córdoba y el Gran Córdoba por los próximos 30 años?

Sin embargo, parece que para este Tribunal el precio de la corrupción de ciertos funcionarios debiera ser pagado por los vecinos de las localidades y zona rural cercanas al predio, sacrificando la calidad de su ambiente y el derecho presnte y de sus futuras generaciones a gozar de un ambiente sano. Además, la tragedia ambiental de Taym –aún impune- demostró que la ubicación de enterramientos en esa zona amenaza también la seguridad del medio millón de habitantes que se abastece de agua del canal Los Molinos.

Ante esta escandalosa acción judicial, exigimos que se garantice un Tribunal independiente de los poderes políticos y económicos, acorde a nuestro sistema republicano. Un Tribunal que honre los principios de los derechos individuales defendiendo por igual la seguridad ambiental de cada uno de los habitantes de este país.

[1] Simulacro de participación de la UNC (que no se concretó completamente), simulacro de participación ciudadana (con una audiencia pública realizada a más de 50 km de la zona afectada y que no respondió a los objeciones de los participantes), simulacro de Estudio de Impacto Ambiental (cuya información está construida sobre datos falsos, tergiversados, omitidos, etc).

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