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Amenaza al territorio ancestral de la comunidad Penqole 29 de Abril
Por Paula Mercedes Alvarado * - Saturday, Sep. 02, 2017 at 7:36 PM

* Abogada de la Comunidad Penqolé y de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá.

Amenaza al territori...
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En octubre de 1947 la Gendarmería Nacional se movilizó, por orden del Ministerio de Guerra, hacia el paraje denominado La Bomba en las cercanías de Las Lomitas, en aquel entonces Territorio Nacional de Formosa, con un único objetivo: reprimir a los hermanxs del Pueblo Pilagá que se encontraban reunidas por una cuestión religiosa, escuchar y ver a Tonkiet, cuyo nombre en castellano era Luciano Córdoba, un sanador, “un hombre que curaba sin cobrar”.-

El 10 de octubre se advirtió a los niños que en el escuadrón 18 de Gendarmería se estaba gestando la represión que se desataría ese mismo día. Por la tarde los gendarmes dispararon sus ametralladoras pesadas y sus fusiles contra la multitud que avanzaba con Biblias en sus manos. Aunque muchos habían emprendido la huida algunos se quedaron enfrentando a los fusileros con sus Biblias, rezando a viva voz y suponiendo que no iban a dispararles. Sin embargo, cerca de las seis de la tarde, se dio la orden de fuego y hombres, mujeres y niños, cayeron heridos y muertos por las primeras ráfagas. -

El tiroteo se extendió durante horas y se escucharon disparos durante la madrugada. Esa noche comenzaron las persecuciones de los distintos grupos que escapaban por el monte hacia sus comunidades y se incineraron los cadáveres de los caídos esa tarde, esparciendo con topadoras las cenizas durante los días siguientes. Con el correr de los días la represión se convirtió en masacre y se extendió hasta fin de mes abarcando cientos de kilómetros cuadrados. No solo el Estado Nacional se quedo con la vida física de cientos de pilagas, si no que se apropió de sus Territorios.-

Años después, los indígenas pertenecientes al Pueblo Pilagá iniciaron un proceso de recuperación de su Territorio Ancestral. La Comunidad Indígena Penqolé, 29 de abril se encuentra en la Ruta Provincial 28 Norte a 5 Kilómetros, Las Lomitas y cuenta con 594 hectáreas. Este proceso no fue para nada sencillo, amedrentamientos continuos hacia a la Comunidad, no solo por parte del Estado Nacional (Gendarmería), si no que también del Estado Provincial y municipal, como también de los particulares.-

Como antecedente encontramos en agosto del 2010 que personal de Gendarmería Nacional Escuadrón Nº 18 Las Lomitas invadieron en la Comunidad con el fin de realizar un acta para verificar la identidad de las familias. Entraron en forma violenta. Posteriormente Juana Segundo, su presidenta cuenta con varias causas judiciales por defender no solo Derechos Territoriales si no que derechos indispensables para el fortalecimiento de la misma Comunidad, esto es Salud, Educación, Viviendas, etc.-

El día viernes 1 de septiembre tres integrantes de la Comunidad, Juan Duarte (Cacique), Ramón Segundo (secretario) y Saturnino Segundo (vocal), han sido notificados de una citación judicial ante el Juzgado de Instrucción y Correccional de las Lomitas. Un particular de nombre Jorge Luna, persona que mantiene vínculos con el gobierno provincial, les inició dos causas, una denuncia por usurpación, terminado en un posterior amparo por usurpación (figura especial del amparo que solo tiene Formosa). El Sr. Luna se adjudica para sí 79 hectáreas que forman parte de la Comunidad.-

Es necesario destacar que la Presidenta de la Comunidad, Juana Segundo, hace aproximadamente dos meses había denunciado a Luna, pero aquí se observa la selectividad de la Justicia que frente a la posterior denuncia del particular decidió dar lugar a esta, en vez de a la realizada primeramente por la Comunidad Penqolé.-

La Comunidad ya en el año 2015 denunció esta situación ante el Instituto de Colonización y Tierras de la provincia de Formosa como también ante el Instituto de Comunidades Aborígenes de Formosa, que por cierto, hasta el día de la fecha no han tenido respuesta formal por dichos organismos.-

En octubre del 2015, Penqolé ha iniciado la primera etapa del Relevamiento Territorial (programa RETECI) previsto por la Ley Nacional 26160 (prorrogada por leyes 26.554 y 26.894), en la cartografía de la Comunidad se encuentra que la parcela reclamada por este particular Luna, se encuentra en Territorio Ancestral.-

En este sentido, el Sistema Universal y el Interamericano de protección de Derechos Humanos ha dicho que los Pueblos Indígenas tienen el Derecho de recuperación de Territorios en el tiempo. La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció: “la Corte toma en cuenta que la base espiritual y material de la identidad de los pueblos indígenas se sustenta principalmente en su relación única con sus tierras tradicionales. Mientras esa relación exista, el derecho a la reivindicación permanecerá vigente, caso contrario, se extinguirá. Dicha relación puede expresarse de distintas maneras, según el pueblo indígena del que se trate y las circunstancias concretas en que se encuentre, y puede incluir el uso o presencia tradicional, ya sea a través de lazos espirituales o ceremoniales; asentamientos o cultivos esporádicos; caza, pesca o recolección estacional o nómada; uso de recursos naturales ligados a sus costumbres; y cualquier otro elemento característico de su cultura... Debe considerase, además, que la relación con la tierra debe ser posible. Por ejemplo, en casos como el presente, que la relación con la tierra se manifesta inter alia en las actividades tradicionales de caza, pesca y recolección, si los indígenas realizan pocas o ninguna de esas actividades tradicionales dentro de las tierras que han perdido, porque se han visto impedidos de hacerlo por causas ajenas a su voluntad que impliquen un obstáculo real de mantener dicha relación, como violencias o amenazas en su contra, se entenderá que el derecho a la recuperación persiste hasta que tales impedimentos desaparezcan.” (Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006).-

En otro orden de ideas, la Comunidad Pilagá, ya ha sido reconocida por el Estado Nacional. La Resolución E 182/2017 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicada en el Boletín Oficial el 27 de julio del 2017 establece: Inscríbase la Personería Jurídica de la Comunidad Penqole 29 De Abril, perteneciente al Pueblo Pilaga, asentada en la Localidad de Las Lomitas, Departamento Patiño, Provincia de Formosa el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, la cual ostenta una Posesión Comunitaria sobre las Tierras que ocupa tradicionalmente en un ámbito rural.

Finalmente preocupa que frente a cumplirse los 70 años de la conmemoración de la Masacre del Pueblo Pilagá, la Comunidad Indígena Penqolé 29 de abril no cuente con una reparación territorial adecuada y ajustada al Genocidio sufrido y más aun sea receptora de múltiples atropellos.-

Contactos.

Juana Segundo: 03704072646

Ramón Segundo: 03704338466

Paula Mercedes Alvarado: paulila5@hotmail.com

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