Jubilaciones de pobreza

“Los reajustes de haberes jubilatorios por la Ley de movilidad no resuelven la angustiante situación que viven millones de jubilados”, afirman desde la Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de Argentina, respecto al aumento anunciado para setiembre por el gobierno que llevará la mínima de 8096 a 8630 pesos.

Cuando se aprobó la modificación de la Ley de movilidad por la que rige actualmente (27.426), el Poder Ejecutivo, la mayoría del Poder Legislativo y el ANSES habían asegurado que, con el cambio de la fórmula de movilidad, los jubilados y demás beneficiarios de prestaciones cobrarían este año entre 4 y 5 % por encima de la inflación. La realidad es otra si comparamos los valores de las remuneraciones que habrá en diciembre de 2018.

Con los ajustes de marzo y junio y el aumento de setiembre (6,67%) y diciembre (7,79%) el ajuste total del año totalizará un 28,48%. En el mismo período de 15 meses, con datos que estiman la inflación acumulada de 38 a 40%, el poder adquisitivo perderá alrededor del 10% aproximadamente.

“Tanto esta ley como la anterior han sido paliativos para no solucionar la grave situación que padecen millones de jubilados y pensionados. Esto se puede ver si comparamos los haberes jubilatorios con la Canasta Básica del Adulto Mayor que hoy supera los 20.000 pesos. Desde hace muchos años el haber mínimo se mantiene en alrededor del 40% de esa Canasta Básica y cabe destacar que el 80% de los jubilados no la cubre”, afirman desde la Mesa Coordinadora Nacional de Jubilados y Pensionados de la República Argentina.

El haber jubilatorio mínimo con treinta años y más de aportes recibirá un aumento extra porque se ajusta al Salario Mínimo Vital y Móvil. Esto significará 137 pesos más por mes. Cabe aclarar que este incremento no lo reciben las jubilaciones por moratoria.

“Esto quiere decir que si ese haber es de alrededor de 8.000 pesos – 8.600 o 9000-, utilizando la fórmula de una u otra ley, ningún jubilado con este único ingreso puede subsistir con dignidad y autonomía. Más aún, considerando que la jubilación no es un subsidio, sino producto de una parte del salario o ingreso diferido, retenido por el Estado para destinarla a los pagos previsionales con la concepción de solidaridad intergeneracional y para obtener un sustituto del salario o ingreso al momento de cumplir los requisitos legales para jubilarse”, explican los integrantes de la Mesa en su comunicado.

Por todo esto es que la organización exige en uno de sus puntos reivindicativos que el Haber Jubilatorio Mínimo debe ser igual al Salario Mínimo Vital y Móvil y éste igual a la Canasta Básica del Adulto Mayor. “Para esto se requiere unidad de acción de las organizaciones sindicales, de jubilados, sociales, populares, para lograr en forma urgente un aumento de emergencia en todas las escalas”, afirman.

Fuente: http://www.redeco.com.ar/nacional/trabajadorxs/24650-jubilaciones-de-pobreza

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