Para lxs olvidadizxs: Jujuy y el Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE)

Por Tere Jordan con agregados de Erica Daniela Cari
El pasado viernes 11 de enero una niña, víctima de violencia sexual aguda y cursando un embarazo, acompañada por su madre, se presentó en el Hospital Guillermo Paterson de la localidad de San Pedro para solicitar una interrupción legal del embarazo. Alegando cuestiones relacionadas con la edad gestacional e intentando judicializar la situación, la institución dilató la realización de la ILE y finalmente la niña fue derivada al Hospital Materno Infantil el martes 15 por la mañana. ¿Es posible que a 6 años de que la provincia de Jujuy adhiera al Protocolo nacional las autoridades del nosocomio desconozcan los pasos a seguir? ¿Puede ser que los funcionarios provinciales desconozcan los principios rectores del Protocolo que velan por la rapidez y la privacidad? ¿No es su responsabilidad manejar la información necesaria para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes jujeños?
En marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer el llamado “fallo FAL” sobre aborto no punible con el fin de evitar la judicialización de las situaciones de interrupción legal del embarazo. El fallo buscó garantizar el aborto según las excepciones establecidas en el artículo 86 del Código Penal y señaló que “la judicialización de esta cuestión -que por su reiteración constituye una verdadera práctica institucional-, además de ser innecesaria e ilegal, es cuestionable porque obliga a la víctima del delito a exponer públicamente su vida privada y es también contraproducente porque la demora pone en riesgo el derecho a la salud de la mujer”. La Corte Suprema también recomendó que las jurisdicciones del país sancionen normas propias concordantes con el fallo o adhieran a la Guía Nacional de Atención de Abortos No Punibles.
Conforme a lo dictaminado por la Corte, la provincia de Jujuy adhirió al Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo –en su versión actualizada de 2010 por el ministerio de Salud de la Nación- en el año 2013. Poco a poco se fue conformando una red de Consejerías y profesionales que, más allá de los avatares institucionales, comenzaron a garantizar el acceso a la ILE.
El 19 de abril de 2018, el Gobierno provincial presentó el nuevo “Protocolo para la atención del embarazo adolescente a menores de 15 años” cuyo objetivo es brindar herramientas a los equipos de trabajo que están relacionados con esta problemática y unificar criterios para brindar una atención adecuada y de mejor calidad. De la presentación oficial participaron Fernando Zingman, especialista en salud de UNICEF; Diana Fariña, Directora Nacional de Maternidad; Gustavo Bouhid, Ministro de Salud de Jujuy; Ada Galfré, Ministra de Desarrollo Humano de Jujuy de quien depende la Dirección de Niñez y Sergio Lello Sánchez, Fiscal General. En esa oportunidad el ministro de salud expresó: “esta es la primera ruta de atención en embarazadas menores de 15 años en el país y marca un rumbo de avance en la salud pública de Jujuy que hoy tiene el gran desafío de brindar la respuesta adecuada respetando los derechos de las niñas y adolescentes”. Y Ada Galfrè resaltó la importancia de “detectar en primer lugar si hubo abusos, de ser así hay un delito, hay que ser muy cuidadoso en cómo se atiende a esta niña adolescente embarazada, conteniéndola.”
Descargá el Protocolo aquí
El marco legal de este Protocolo surge de la interseccionalidad entre las legislaciones referidas a la salud sexual y reproductiva y las relacionadas con los derechos de niños, niñas y adolescentes. En este marco se establecen claros pasos a seguir frente al embarazo en niñas menores de 15 años poniendo especial atención en la situación de abuso sexual:
“A las niñas y adolescentes víctimas de este tipo de agresiones deberá garantizarse que estén debidamente fortalecidas y resguardadas para que el proceso penal realmente sea parte de la restitución de sus derechos y no una instancia de revictimización que vulnere su dignidad.
“En el caso de embarazo producto de abuso sexual es obligación del servicio de salud interviniente informar a la adolescente y su familia sobre el acceso a todas las vías posibles: a) acceso a métodos de interrupción legal de embarazo (ILE), b) respeto a su elección de continuar con su embarazo o c) dar en adopción, según cada caso concreto.”
“En el caso que correspondiera una interrupción legal del embarazo se da aplicación del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo.”
Si existe un Protocolo que cuenta con el consenso de diversas áreas de gobierno, que detalla en profundidad los pasos a seguir por el sistema de salud, que se socializó en las distintas regiones de la provincia ¿Cómo es posible que se hayan vulnerado los derechos de la niña de San Pedro? ¿Es posible que las autoridades del Hospital Paterson desconocieran el Protocolo y las del hospital Materno Infantil? ¿O incurrieron en maniobras dilatorias respondiendo a creencias morales?
Por otra parte, funcionarixs provinciales del Ministerio de Salud, como la Doctora Verónica Serra, realizaron declaraciones públicas en relación a lo sucedido en San Pedro vulnerando claramente la confidencialidad para el caso, y expresaron que el miércoles se garantizaría la interrupción. Esto motivó el accionar de grupos antiderechos que se apostaron en la noche del martes en el Hospital Materno Infantil con la intención de evitar la ILE.
El miércoles la jornada comenzó con la participación activa del movimiento de mujeres y feminista de Jujuy que en horas de la mañana y la tarde se congregaron en la puerta del Materno Infantil para exigir el respeto de la voluntad de la niña y que se aplique el procedimiento ILE. Al medio día la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir también realizó una conferencia de prensa en la que pudieron rebatir argumentos antiderechos que circulaban por algunos medios locales que faltaban a la verdad. Entre otras cosas, las médicas hicieron hincapié en el respeto de los protocolos a los que la provincia adhiere.
Por la tarde del miércoles el ministro de Salud de la provincia Gustavo Bouhid confirmó a un medio local que “dada la avanzada edad gestacional (24.5 semanas en la ecografía realizada en el HMI), se decide que el método de proceder será cesárea. (…) El método elegido permite al equipo sanitario realizar todos los esfuerzos para intentar preservar la vida del neonato”, una decisión que claramente se contrapone con las declaraciones del Gobernador de la provincia Gerardo Morales a TN quien reafirmó: “he impartido que en lo inmediato se proceda a interrumpir ese embarazo y cumplamos con el fallo de la Corte y nuestra legislación nacional”. Desde la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito regional Jujuy enfatizan que #CesáreaNoEsILE y llamó a un twitazo desde las 11 a las 13 horas de hoy jueves.
La especialista en el tema Stella Manzano, reconocida tocoginecóloga, médica legista y médica del fallo FAL aclara que entre los métodos avalados por la OMS para ILE no figura la cesárea y esgrime con fuerza que la programación de la cirugía es una estrategia de lxs médicos antiderechos para prolongar la gestación y la maduración del feto, para cumplir lo que Bouhid desea, un nacimiento y no un aborto; aún poniendo en riesgo la vida de la niña al someterla a un parto forzado, lo que califica además como tortura.
El Protocolo nacional establece principios rectores: accesibilidad, no judicialización, confidencialidad, privacidad, celeridad/rapidez, transparencia activa. Claramente los hechos evidencian que desde el viernes hasta hoy jueves estos principios no han sido respetados y en consecuencia los derechos de la niña han sido vulnerados.
Respecto de la actuación del poder judicial el Protocolo establece que la intervención es respecto del delito contra la integridad sexual, pero que en ningún momento deben pronunciarse respecto de la realización o no del aborto. Esto fue respetado por la Fiscalía interviniente, quien se ajustó a lo establecido.
Por último cabe señalar que la Corte Suprema de la Nación plantea que las/los profesionales de la salud podrán ser responsables penal, civil y/o administrativamente por el incumplimiento de sus obligaciones en el ejercicio de su profesión cuando, de forma injustificada, no constaten la existencia de alguna de las causales previstas en el Código Penal para la realización de una ILE, realicen maniobras dilatorias durante el proceso, suministren información falsa o cuando prevalezca en ellos una negativa injustificada a practicar el aborto.
Difícil creer que existan funcionarixs y profesionales de la salud que se desempeñan en cargos directivos que desconozcan las legislaciones y los procedimientos que promueve la propia gestión que los sostiene. ¿O será que en el fondo algunxs se sacan fotos pero no tienen la voluntad política de que la letra se vuelva práctica cotidiana y política pública real que garantice derechos?
Fuente: https://www.facebook.com/notes/red-de-comunicadoras-feministas/para-lxs-olvidadizxs-jujuy-y-el-protocolo-de-interrupci%C3%B3n-legal-del-embarazo-ile/2454427967904019/

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