¿Decisión política seria de resolver el conflicto territorial o acto de demagogia?

Lo primero que expresamos es que es esperanzador que el gobierno instale en su agenda cumplir con el Relevamiento Territorial que indica la ley 26.160, porque ha sido la demanda constante de todas las comunidades, desde que asumió el Gobernador Gutierrez hace casi 4 años.

Hay varios aspectos que preocupan de lo publicado en los medios gráficos:

– El texto del Convenio firmado por el gobernador debe cumplir con la obligada Consulta y aval mapuce, que es a través de los coordinadores de los Consejos Zonales de la Confederación Mapuce y los CPI. Asi se le dejó claramente planteado a la Provincia, al INAI y al propio Secretario de DDHH Claudio Avruj (de quién depende INAI) en reunión sobre el tema realizada en marzo de 2016. Desde ese momento (3 años atrás) no se volvió a convocar a los coordinadores zonales. Este punto es fundamental porque la garantía de esa participación en algo tan central como nuestros territorios comunitarios incluye la incorporación de esa representación política en el Equipo Técnico Operativo (ETOS’s) a conformar. Así se realizó la primera parte en 2014/15 y así se debe implementar en esta nueva etapa.

– La información indica que serán solo 34 comunidades las incluidas en esta etapa cuando son 44 las comunidades que aún restan. Esto es debido a un criterio ilegal que la Provincia utiliza de incorporar solo a las comunidades con Personerías Jurídicas. La Ley 26.160 y su reglamentación es absolutamente clara al respecto, cuando señala que todas deben ser incluidas, CON o SIN personerías.

“ARTICULO 1º – La emergencia declarada por la Ley Nº 26.160 alcanza a las Comunidades Indígenas registradas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Re.Na.C.I.) u organismo provincial competente, así como a aquellas preexistentes.-

Se entenderá por “aquellas preexistentes” a las comunidades pertenecientes a un pueblo indígena preexistente haya o no registrado su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Re.Na.C.I.) u organismo provincial competente.-

(artículo 1° de la Ley 26.160 y del decreto reglamentario 1122/07)

Sumado a esto, llama la atención que le pidan a un gobierno nacional que suscriba un Convenio cuando solo le resta 5 meses de mandato

Ante estas infracciones a la ley 26.160 que el Convenio firmado por la Provincia comete, es que expresamos: Hay una decisión seria de resolver la demanda territorial histórica cumpliendo con la Ley o esto solo es una movida mediática para hacernos creer que se quieren poner al día con esta deuda, pero por pura demagogia?

Fuente: https://www.facebook.com/XAWVNKO/posts/2276658612414870

Quieren activar el relevamiento de pueblos originarios en Neuquén

Provincia pretende registrar 34 familias con personería. Los Campo Maripe no están incluidos en el listado del gobierno. Por Diario Río Negro

09/06/2019

El gobierno provincial envió a Nación un convenio de co-ejecución para comenzar el postergado relevamiento territorial de las comunidades originarias en Neuquén. Ahora esperan que el Ejecutivo firme el acuerdo y gire los fondos necesarios, que rondan los 13,5 millones de pesos. El gobierno tiene tiempo hasta noviembre de 2021 para concretar el registro.

El acuerdo incluye un listado de 34 comunidades con tentativa a ser reconocidas dentro del relevamiento por parte del gobierno provincial. Entre ellas no se incluyó a los Campo Maripe, quienes el mes pasado fueron absueltos en juicio por un conflicto de tierras en Añelo.

Desde provincia explicaron que la Ley Nacional 26.160, que se sancionó en 2006, solo contempla a las comunidades que estaban registradas con personería jurídica hasta la fecha en que se sancionó. Este punto va a generar discusiones con la Confederación Mapuche de Neuquén.

En noviembre del año pasado el werken Jorge Nahuel solicitaba que se aceleren los trámites y ya alertaba que el gobierno quería incluir dentro del registro a las comunidades que tienen personería jurídica preexistente a la Ley. Nahuel explicó en ese momento que “la ley en ese sentido es clara: todas las comunidades deben ser relevadas la tengan o no”.

Una ley postergada

La Ley 26.160 declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras y dispuso que durante el plazo que esté vigente se suspende la ejecución de sentencias y actos administrativos, cuyo objeto sea el desalojo. Tiene como propósito relevar las tierras ocupadas tradicionalmente por las comunidades indígenas en el país.

La misma extendía un plazo de tres años para llevar adelante el registro, pero esta fecha se prorrogó en tres oportunidades por el mismo plazo: en 2009, 2013 y 2017. La última prórroga extendió el plazo hasta el 23 noviembre de 2021.

El ejecutivo neuquino, envió el documento un acuerdo firmado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y ahora espera que el organismo nacional lo rubrique y luego comiencen a transferir los fondos para comenzar a realizar el registro.

La suma sería de 13.394.850 pesos que sería abonado en dos cuotas para contratar personal, alquilar y comprar elementos de trabajo.

Fuente: https://www.rionegro.com.ar/quieren-activar-el-relevamiento-de-pueblos-originarios-en-neuquen-1003931/

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