Los “errores” de la pericia de Gendarmería que esconde la responsabilidad del asesino de Rafael Nahuel

Los peritos de la fuerza de seguridad que depende de Patricia Bullrich no cumplieron con pasos básicos de la tarea de comparación del proyectil extraído del cuerpo del joven mapuche con los de las armas de los Albatros de la Prefectura Naval. Así, se intentó diluir la responsabilidad material del Cabo Primero Francisco Javier Pintos, hoy procesado por “homicidio agravado”. Los testigos, acusados.

07/08/2019

¿Qué nivel de independencia pueden tener los peritos de la Gendarmería Nacional al momento de comparar el proyectil que mató a Rafael Nahuel con los de las armas de los integrantes del grupo Albatros que actuaron aquel 25 de noviembre de 2017? Poca, a la luz del resultado del trabajo realizado por los técnicos de la fuerza de seguridad que pusieron su firma al informe que intentó ensombrecer un dato clave: de qué arma salió el disparo que acabó con la vida del joven mapuche.

Tanto Gendarmería Nacional como la Prefectura Naval Argentina dependen jerárquicamente del ministerio de Seguridad que conduce Patricia Bullrich, quien pocas horas después del asesinato de Rafael diluyó la responsabilidad de la fuerza de seguridad y alentó un relato sin pruebas sobre un supuesto enfrentamiento armado.

Los técnicos de Gendarmería que participaron de la segunda pericia balística aseguraron que no podía determinarse la procedencia de la bala que acabó con la vida del joven mapuche. Contradijeron, de esa forma, el resultado de la pericia realizada por los expertos -con reconocimiento internacional- Roberto Nigris, Karina Uribe, y Silvina Bufalini, quienes de manera indubitable aseguraron que el proyectil fue disparado por un arma subfusil MP5 identificado con un número de serie, y que más tarde se conoció que pertenecía al Cabo Primero Francisco Javier Pintos.

La segunda pericia fue habilitada en el expediente judicial por el Juez Federal Gustavo Villanueva, luego que la primera estableciera con claridad la responsabilidad del uniformado.

El incumplimiento de pasos técnicos básicos en esa segunda pericia por parte de los funcionarios de Gendarmería, quedó expuesto en una audiencia ante el Juez Federal de Bariloche -ahora renunciado- Leónidas Moldes, quien el 21 de junio pasado reunió a los peritos independientes y a los de la fuerza de seguridad para contrastar lo realizado en ambos informes.

Según se desprende del acta correspondiente a esa audiencia -a la que accedió En estos días-, el Segundo Comandante Martín Javier Moreno y la Primer Alférez María Silvina Lastretti, funcionarios de la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional Argentina, no realizaron la “yuxtaposición” de imágenes de los proyectiles.

La yuxtaposición de imágenes de un proyectil es un método de identificación balística, producto del complejo de estrías que deja el arma cuando el proyectil pasa por el cañón, y que se realiza a través de un microscopio comparador. En este caso, era un paso clave para determinar la relación entre el proyectil que mató a Rafael y los obtenidos de las armas secuestradas.

Los peritos Nigris, Uribe y Bufalini, durante la primera pericia, encontraron características propias del arma de Pintos en el proyectil extraído del cuerpo del joven. Por ese motivo realizaron la yuxtaposición de imágenes, que demostró que dichas características eran constantes en ambos proyectiles.

El resultado era indubitable. Sin embargo, el Juez Villanueva -quien subrogaba el Juzgado Federal de Bariloche- autorizó una segunda pericia y la encargó a Gendarmería.

Los técnicos de esa fuerza de seguridad no realizaron la yuxtaposición aduciendo que no encontraron características similares entre el proyectil obtenido en la autopsia de Rafael y los correspondientes a las armas de los Albatros. En cambio, yuxtapusieron las imágenes de los proyectiles testigos obtenidos de los MP5 y las pistolas Beretta que utilizaron los uniformados, pero no las compararon con la bala que mató a Nahuel.

El resultado de esa “pericia” realizada por Gendarmería es utilizada hoy por los abogados defensores de los Albatros que intervinieron en la persecución y represión en la comunidad Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi, el 25 de noviembre de 2017. Argumentan que, a partir de ese resultado, no puede determinarse a ciencia cierta de qué arma salió el disparo mortal.

Gendarmería no, Gendarmería sí

Pocas horas después del asesinato de Rafael Nahuel, el Juez Gustavo Villanueva descartó la participación de peritos de una fuerza de seguridad en el cotejo de los proyectiles. Valoró en ese momento que sean “civiles independientes” quienes realizaran la pericia.

Sin embargo, una vez conocido el resultado de ese trabajo y avanzado el expediente, avaló la realización de una segunda pericia a manos de Gendarmería.

Durante la audiencia del pasado 21 de junio -de la que participaron los peritos que realizaron el primer informe, así como los correspondientes a Gendarmería y los abogados representantes de las partes-, el perito Roberto Nigris detalló que “cuando terminó la autopsia (sobre el cuerpo de Rafael), se guardaron todas las prendas y al otro día, a la mañana, fuimos citados al Juzgado para preguntarnos si el proyectil era cotejable, a lo que respondimos que sí, porque no estaba demasiado deformado. Tomé conocimiento de la cantidad de armas secuestradas, que eran 24 armas calibre 9mm”. Agregó que “el Dr. Villanueva me preguntó cómo hacer ese cotejo, y la respuesta fue que lo podía hacer una fuerza de seguridad o nosotros, pero el Dr. Villanueva dijo que prefería que lo hiciéramos nosotros porque éramos civiles independientes de toda fuerza de seguridad”.

Es decir que el magistrado visualizaba que era necesario que un grupo de peritos independientes actúen en el caso. Algunos meses después habilitó la participación de Gendarmería y permitió que se enturbie el resultado de la primera pericia.

Juez Federal Gustavo Villanueva

De hecho, cuando en enero pasado el Juez Federal Leónidas Moldes procesó a los cinco Albatros bajo la figura de “homicidio cometido en exceso de legítima defensa” utilizó el argumento de las pericias contrapuestas para diluir la responsabilidad de Pintos en el tiro mortal.

Ese procesamiento fue revertido por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, en cuyo fallo del mes de mayo interpretó que no podía tomarse en cuenta el informe de Gendarmería, por formar parte de la misma estructura del Ministerio de Seguridad al que pertenecen los uniformados investigados.

Testigos en peligro

Mientras la causa por el asesinato de Rafael Nahuel sufre demoras y contramarchas, la Justicia Federal avanzó en el procesamiento de dos testigos claves del homicidio: Gonzalo Coña y Johana Colhuan.

La Gremial de Abogados representa a ambos jóvenes y, este martes ante la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, solicitó el sobreseimiento de sus defendidos, enmarcando la acusación en la persecución política que sufre el pueblo mapuche, así como en el intento de impedir su libre testimonio en la causa por el crimen de Rafael.

En el caso de Coña fue procesado en la causa “Lafken Winkul Mapu” -cuyo origen es la denuncia por usurpación del Intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi-, y por “resistencia a la autoridad”.

Colhuan también fue acusada por usurpación.

Eduardo Soarez y Laura Taffetani

Los abogados Eduardo Soarez y Laura Taffetani habían solicitado en abril pasado que tanto Coña como Colhuan sean llamados a declarar como testigos, pero las imputaciones y procesamientos impidieron que la Justicia Federal tome sus testimonios. Además, ni la representación legal de la familia de Rafael ni la APDH -querellante en la causa- solicitaron la incorporación.

Ante la Cámara, Soarez y Taffetani reiteraron el carácter de perseguidos políticos de los dos jóvenes, testigos directos -y víctimas- del accionar de los miembros del grupo Albatros, la tarde del 25 de noviembre de 2017. Y reclamaron la absolución.

Desde el Comité por la Absolución de Lautaro González Curruhuinca, en tanto, denunció que “el cobarde asesinato de Rafael Nahuel Salvo como muchos otros ejecutados por integrantes de las fuerzas represivas, esta plagado de “irregulares jurídicas” cuyo fin máximo es lograr la impunidad del asesino Pintos y sus cómplices”.

Fuente: https://www.enestosdias.com.ar/4004-exclusivo-los-errores-de-la-pericia-de-gendarmeria-que-esconde-la-responsabilidad-del-asesino-de-rafael

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