Selectividad judicial, subjetividad y estratificación social

«La producción simbólica es el espacio en el que el dominio del Estado se percibe con más nitidez y, en consecuencia, los problemas sociales que desde el Estado se dice combatir surgen frecuentemente de las definiciones y clasificaciones de las agencias estatales, sus políticas segregatorias y de exterminio y en el afán de incrementar el lucro de una clase minoritaria, dominante y privilegiada».

«Fenómenos como el incremento de las penas, la disminución de la edad penal, la obsesión casi maniática por una seguridad absoluta y una “tolerancia cero”, agitada constantemente –y con una uniformidad sospechosa– por parte de los medios de comunicación,  la criminalización de la protesta social entre otros,  son factores que nos deberían impulsar  a indagar en la funcionalidad que tiene para el actual modelo estatal y global la expulsión y el encierro de determinados grupos sociales, con el consecuente incremento de la población carcelaria. ¿Qué es lo que hace de la prisión, la pena por excelencia cuando hay  evidencias de su fracaso?, o ¿es que debemos pensar que en el fracaso del encierro está el éxito, en la medida que secuestra y  prolonga la exclusión de un tipo específico de categoría social  de la población? La selectividad del sistema penal  apoyada en el examen positivista: registra y clasifica, describe  y analiza, individualiza y homogeniza, con el objetivo de dominar, adscribir y neutralizar un excedente poblacional  marginado por las políticas  sociales propias del sistema económico del que emerge». Fragmentos salientes del artículo de F.R. que pone un foco el encierro, sus víctimas y beneficiarios y las construcciones simbólicas, culturales, que lo sostienen.

Cada época establece sus valores, las premisas que los sostienen y  la ética que regula los pasos para acceder a ellos. Los paradigmas que explican la realidad explican a su vez,  el modo de acceder e interpretar  los signos que codifican esa realidad.  Las modificaciones en las políticas sociales -como otra forma de ordenar las realidades-  tienen un fuerte impacto en la constitución de la subjetividad de los individuos, en la conformación de sus grupos y sus modos vinculares, las nuevas modalidades de constitución de la subjetividad y los nuevos modos de enlace vincular que se producen.

Lo diverso y lo complejo de la realidad a la que nos enfrentamos en la vida cotidiana, nos pone frente a  presupuestos generalmente  tardíos sobre los efectos de consumir ciertas realidades construidas e instituidas desde el poder de turno. No obstante, al observar la modificaciones que  las políticas sociales producen en la subjetividad de los individuos, se nos revela un conjunto  de conceptualizaciones que forman el marco referencial a través del cual es posible  destacar los ejes sobre los que pivotan dichas construcciones, y partiendo de éstos, exponer la funcionalidad implícita en el modelo de justificación por el cual aceptamos el actual estado de cosas sin cuestionamientos.

La sedimentación conceptual por caso,  conforma  un  campo de producción de formulaciones discursivas observables, contenidas en el lenguaje y la  interpretación que hacemos del mundo circundante,  al que accedemos desde  una  determinada categoría de signos previamente impresos en nuestra subjetividad, para la construcción y sostenimiento del arquetipo social deseado. Dichas impresiones son en general el producto  de  percepciones simplificadas, dotadas de pocos detalles, exageradas y generalizantes que se tienen  sobre un grupo o categoría social y sus valores, articuladas  mediante diversos mecanismos  sociales de selección, que se operan  desde el poder y la cultura dominante,  para  la producción de estereotipos.

Siguiendo está lógica,  las sociedades contemporáneas que institucionalizan el poder seleccionan a un reducido grupo de personas, a las que someten a su coacción con el fin de imponerles una pena. Esta selección penalizante se llama criminalización (Zaffaroni et al. 2000: 7). Dentro de la criminalización se distinguen dos momentos: el primero, abstracto, y un segundo momento, concreto. El primer momento, usualmente denominado “criminalización primaria”, consiste en un proceso a través del cual se decide cuáles serán las conductas que serán objeto de persecución penal, como la redacción de un código de leyes penales. En el segundo, denominado “criminalización secundaria”, se decide quiénes serán las personas perseguidas por ser presuntamente autoras o partícipes de algún delito, esta decisión corresponde fundamentalmente a las agencias policiales, carcelarias y judiciales , pero también a los sectores mediáticos que permanentemente re-producen los signos para la construcción de la imagen del delincuente de nuestros días. Como señala Zaffaroni:

“Los hechos más groseros cometidos por personas sin acceso positivo a la comunicación,  terminan siendo proyectados por ésta como los únicos delitos, y las personas seleccionadas como los únicos delincuentes».  Esto último les proporciona una imagen comunicacional negativa, que contribuye a crear un estereotipo en el imaginario colectivo. Por tratarse de personas desvaloradas, es posible entonces asociarles todas las cargas negativas que existen en la sociedad en forma de prejuicio, lo que termina fijando una imagen pública del delincuente, con componentes clasistas, racistas, etarios, de género y estéticos.

En la sociedad  existe una idea arraigada, que se expresa en los discursos más cercanos a la doxa,  y es que sin un monto de sufrimiento no hay justicia, esto va muchas  veces  de la mano del  desconocimiento del ofensor  como persona, siendo variados los epítetos denigratorios y estigmatizantes que se usan para referirse a las personas privadas de libertad, y a los egresados del sistema carcelario, en consonancia con  la pertenencia sociocultural y geográfica de los mismos;  discursos  que reproducen la marginación territorial así como la desigualdad social.

Fenómenos como el incremento de las penas, la disminución de la edad penal, la obsesión casi maniática por una seguridad absoluta y una “tolerancia cero”, agitada constantemente –y con una uniformidad sospechosa– por parte de los medios de comunicación,  la criminalización de la protesta social entre otros,  son factores que nos deberían impulsar  a indagar en la funcionalidad que tiene para el actual modelo estatal y global la expulsión y el encierro de determinados grupos sociales, con el consecuente incremento de la población carcelaria. ¿Qué es lo que hace de la prisión, la pena por excelencia cuando hay  evidencias de su fracaso?, o ¿es que debemos pensar que en el fracaso del encierro está el éxito, en la medida que secuestra y  prolonga la exclusión de un tipo específico de categoría social  de la población? La selectividad del sistema penal  apoyada en el examen positivista: registra y clasifica, describe  y analiza, individualiza y homogeniza, con el objetivo de dominar, adscribir y neutralizar un excedente poblacional  marginado por las políticas  sociales propias del sistema económico del que emerge.

Se podría afirmar  de acuerdo  a la sentencia  anterior, que así como no deberíamos  “…considerar al “castigo” como un objeto único” en el sentido de  la privación de libertad  como “pena” , del mismo modo deberíamos hacer extensivo el análisis y problematizar los sentidos  de su uso, ya que es bien conocido que “No están en la cárcel todos lo que cometen delitos sino sólo  quienes son vulnerables al poder punitivo” Zaffaroni, 2008.

En relación a  la selectividad del sistema  penal, gran parte de la población que habita las cárceles se puede caracterizar como de  hombres, jóvenes, pobres, con historias que  se repiten  de  múltiples expulsiones, tanto  del ámbito familiar como del sistema educativo. En muchos casos son marginados del sistema socio económico, su vida ha transcurrido en  condiciones donde la carencia  de alimentación, vivienda, cuidado de salud ha sido lo  habitual. Excluidos, marginados, vulnerados, desde niños, llegan  a la cárcel, muchas veces desde el sistema de reclusión infantil y adolescente,  habiendo transitado por  el maltrato, el abuso, la violencia,  originada muchas veces en aquellos que se suponía  debían  protegerlos.

La  mayor vulnerabilidad, reside en la  pérdida del  reconocimiento  y ejercicio  de sus derechos,  la persona ha perdido la posibilidad de tener un proyecto de vida, y queda atrapada en la lógica identificatoria que le es asignada por el entorno como chorro, delincuente, adicto, sin otras posibilidades de identificación social, más allá del estigma. Puede apreciarse en los discursos sobre la cárcel, -sobre todo aquellos que producen los actores políticos-   asociaciones directas entre los establecimientos de reclusión,  y la  violencia,  y está a su vez  a  los “delincuentes”,  haciendo invisible  tanto  la selectividad  del sistema sobre los grupos más vulnerados, como la violencia institucional sustentada en políticas públicas que se diseñan  o construyen en base a un aumento del control policial,  con fines que nada tienen que ver con la seguridad ciudadana, sino que más bien persiguen un aumento de  las cargas punitivas  y un encarcelamiento masivo, para ser utilizadas como herramienta política de control social que busca perpetuar  los intereses de las clases dominantes. (María José Soria Arena 2016)

Por otra parte el efecto  de la prisión, al que se denomina prisonización, sin dudas que es deteriorante y sumerge  a la persona a en una lógica destructiva tanto desde lo fisico como desde lo psíquico, con resultados devastadores para el sujeto prisionizado y su entorno familiar directo, al hacer extensivos los estigmas y mecanismos de coacción violenta también a sus familias cuando estos ingresan al penal como visitas, destruyendo  las relaciones vinculares, o sumergiéndolos en la cultura de la jaula en la que se acepta todo tipo de vejámenes y se introyectan como naturales y cotidianos.

Por ello, comprender que existe otra realidad más allá de las ideas preconcebidas e internalizadas,  que explican el mundo desde una concepción político-egemonica, cuyo objeto es  defender un determinado tipo de  orden social y sus intereses,  es imperativo.

El posicionamiento  desde una perspectiva del derecho humano, implica  no plegarse a los discursos institucionales, que estigmatizan, que adhieren al “preso” a ese rol,  y cuestionar las ntervenciones desde los modelos hegemónicos, que  pretenden dar cuenta de  la subjetividad del “otro” desde un lugar de saber privilegiado, aséptico e incuestionable, reflexionando además, sobre el  papel de la cárcel y el encierro como parte de las políticas de intervención pública problematizándola,  para intentar hacer estallar…aquellos prejuicios que impiden pensar a la persona privada de libertad  desde la perspectiva de personas con derechos, vulnerados  y, vulnerables, arrasados y abandonados a un único destino aparente.

Resulta revelador indagar sobre los marcos conceptuales que existen detrás de la labor de las agencias del Estado, ya que el perfil teórico no solamente condiciona la lectura de los datos sino la propia manera en la que estos se construyen. Así, los supuestos epistemológicos, el esquema metodológico, el instrumento de recolección de datos, la utilización de clasificaciones de personas o las categorías delictivas surgen de una idea preconcebida de lo que se entiende por “criminalidad” (y “delincuente”); lo cual influye en toda la producción de información y de lectura.

La  producción simbólica es el espacio en el que el dominio del Estado se percibe con más nitidez y, en consecuencia, los problemas sociales que desde el Estado se dice combatir   surgen frecuentemente de las definiciones y clasificaciones de las agencias estatales,  sus políticas segregatorias y de exterminio y  en el afán de incrementar el  lucro de una clase minoritaria, dominante y privilegiada.

BIBLIOGRAFIA:

María José Soria Arena 2016; ( La construcción de  subjetividad en las personas privadas de libertad)

Hernán Olaeta 2018 ; ( La construcción científica de la delincuencia. )

Pilar Calveiro    2004; (Encierro y exclusión en el mundo global)

Zaffaroni 2008; (03/04/2008 – Clarín.com)

Zaffaroni 2007; (La criminalización de la protesta)

Nora Mabel Briuoli  2007;  (la construcción de la subjetividad y el impacto de las políticas sociales)

Pierre Bordieu 2014; (Las estrategias de reproducción social)


Fuente: https://agenciaparalalibertad.org/selectividad-judicial-subjetividad-y-estratificacion-social/

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