Juicio Brigada de San Justo: Santos inocentes

Con una ampliación de la acusación y nuevas indagatorias a 9 represores continuó el debate por uno de los CCD más grandes del conurbano oeste en dictadura. La totalidad de los genocidas negaron su participación en la represión, se presentaron como santas víctimas inocentes y descargaron las culpas en sus superiores y hasta en sus propios familiares. De aquí a fin de año habrá alegatos y la sentencia se escuchará en 2020.

La audiencia 38 se inició con el contacto por videoconferencia con la cámara federal de Mar Del Plata donde estaban a disposición dos represores, el subjefe del área 114 y uno de los jefes de la Brigada de San Justo, ambos con domiciliaria y asistiendo al juicio a la distancia. De esta manera se realizó la ampliación de la indagatoria a Rodolfo Godoy, por 3 casos de delitos sexuales que se habían omitido en una indagatoria anterior por error del tribunal. El represor se negó a declarar y quedó así imputado en conjunto por 49 secuestros con aplicación de tormentos, cinco casos de delitos sexuales y un homicidio. Godoy fue subjefe del área militar 114 y jefe operativo del Grupo de Artillería Mecanizada de Ciudadela entre diciembre del ‘77 y diciembre del ‘79, siendo el represor de más alto rango juzgado en este debate.

Luego se recibió ampliación de indagatoria a Alejandro Menichini, jefe de la Brigada de San Justo entre julio del ’76 y septiembre del ’77, que está acusado por 20 casos de privaciones de la libertad con tormentos y un caso de delito sexual. El represor se despachó diciendo que “desconozco en absoluto los hechos de que me acusan, ni tuve el menor trato con las personas que se dicen víctimas, no recibí órdenes ni colaboré con desapariciones, homicidios, abusos sexuales o violaciones, no tuve relación con esas personas”. Dijo que él se limitó a entregar la dependencia a las Fuerzas Armadas y no tenía dominio sobre el sector de celdas  y de seguridad ya que “por escrito pasaban a autoridad militar”. Agregó que no estuvo a cargo de la Brigada hasta septiembre del ’77 sino hasta fines de agosto de ese año, cuando fue relevado junto con el subjefe Juan Carlos Ojeda por “haber perdido la confianza de sus superiores”. Finalmente argumentó que ninguno de los sobrevivientes reconoció en los álbumes de foto exhibidos ni él ni a sus subalternos, lo cual es falso ya que una decena de familiares y sobrevivientes reconocieron a varios de los represores del plantel represivo tanto en tareas de secuestro como de traslados y torturas. Recordemos que al inicio del debate la defensa de Menichini había solicitado su apartamiento del juicio por no encuadrar sus facultades mentales dentro de la normalidad, lo que fue rechazado por el TOF 1 platense y cuya aptitud quedó demostrada en esta ampliación de indagatoria. La excusa de la existencia de “áreas militares exclusivas sin control policial” en los CCD es una estrategia vetusta de los represores ya que está probada la actuación coordinada y conjunta militar-policial en la represión, aunque la policía estuviera formalmente subordinada a las Fuerzas Armadas.

La audiencia pasó a la videoconferencia desde Comodoro Py, donde estaban presentes seis represores juzgados en este debate que también gozan del beneficio de la prisión domiciliaria al igual que el 60 % de los genocidas detenidos en procesos de lesa humanidad en todo el país.

El primero en ampliar su indagatoria fue Roberto Armando Balmaceda, quien llega acusado por 47 casos de secuestros y aplicación de tormentos, 5 casos de delitos sexuales y 1 homicidio por su rol como integrante del Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército entre diciembre del ’77 y noviembre del ’82.

El represor se despachó de entrada diciendo que la fiscalía de juicio citaba las Directivas del Comandante General de Ejército 404/75 y 405/76 pero “no ha colocado en tela de juicio el apartado 2 de esa Directiva, donde el Estado Mayor hace lo que ustedes llaman ‘ámbito’ y nosotros ‘jurisdicción’, y le saca jurisdicción al Destacamento 101 sobre los partidos de La Matanza, Lomas de Zamora y Quilmes, y asigna a un nuevo comando independiente elementos de Inteligencia como el Batallón 601, la SIDE, la Policía Federal y Bonaerense, con sedes operacionales como el regimiento de Patricios y Regimiento de Granaderos a Caballo”. Según Balmaceda, al ser asignadas a esos agrupamientos en esa jurisdicción “no podía participar un agrupamiento de menor rango como el Destacamento 101, lo cual hace imposible que haya podido participar en esas jurisdicciones, perdón en ese ámbito”. A más de confundir ámbito y jurisdicción, al argumento de Balmaceda le valen ciertas aclaratorias. La Directiva 404 fue firmada por Jorge Rafael Videla como Comandante General del Ejército en 1975 y estableció los presupuestos fundamentales de la intervención de las Fuerzas Armadas en el país: determinó la existencia de zonas operativas de Defensa según la estructura de 5 Comandos de Cuerpo de Ejército (cada uno con su zona, subzonas y áreas) y sus fases de intervención para “combatir el accionar subversivo”. La 405, titulada “Reestructuración de jurisdicciones y adecuación orgánica para intensificar las operaciones contra la subversión”, la dispuso Roberto Viola dos meses después del golpe del 24 de marzo de 1976 como Jefe del Estado Mayor General del Ejército y definió la modificación de competencias territoriales del Comando de Zona de Defensa 1 y el de Zona de Defensa 4.

En síntesis, en esa estructura el Destacamento de Inteligencia 101 quedó ubicado en el Comando de Zona 1, Subzona 11 (26 partidos del conurbano bonaerense incluidos de La Plata y La Matanza), y 6 Áreas (de la 111 a la 116, correspondiendo la 113 a La Plata y la 114 a La Matanza) como órgano de Inteligencia militar de actuación específica en esa jurisdicción. La única modificación que hay, no coincidente con lo señalado por Balmaceda, es la desafectación del área 115 y del partido de Zárate de la Zona 1 y su paso a la Zona 4, dependiente del Comando del 4to Cuerpo -sede Campo de Mayo- a partir de mayo de 1976. Pero en ningún momento se desafectó al Destacamento 101 de los partidos que el represor menciona. Es más, en el apartado 2 de la sección de “Ejecución” de la Directiva 405 dice textualmente que el Comando de Zona 1 “Asignará a un comando único la siguiente jurisdicción que constituye una entidad diferenciable por sus características propias: Capital Federal y los siguientes partidos de la Provincia de Buenos Aires: Moreno, Morón, Merlo, La Matanza, Esteban Echeverría, Almirante Brown, Lomas de Zamora, Lanús y Quilmes”, lo cual no lo cercena de la actuación del 101. No casualmente la zona de influencia y actuación donde fueron secuestrados la mayoría de las personas recluidas en la brigada de San Justo entre 1976 y 1978.

Pero además la directiva ordena organizar  en esta jurisdicción una “Central de Operaciones e Inteligencia (COI) para coordinar e integrar las acciones de inteligencia y las operaciones de seguridad de carácter inmediato”, integrada “como mínimo por personal especialista delegado de la SIDE, B Icia 601. Policía Federal y Policía de la Provincia de Buenos Aires”. “Como mínimo” no es “exclusivamente”. Pero además se  agrega a la Orden de Batalla en esa jurisdicción un equipo de combate del Regimiento 1 de Patricios y otro del de Granaderos a Caballo para cumplir las Directivas 404 y 405, y aclara que “para ser empeñados dentro de la Ciudad de Buenos Aires”.

Esa coordinación represiva es lo que Balmaceda intenta hoy desconocer o modificar a su antojo. La suspicacia de Balmaceda, integrante de la Central de Reunión de Información del 101, jefe de Contrainteligencia y del grupo de Actividades Especiales del Destacamento, condenado en 2014 a prisión perpetua en el juicio por crímenes cometidos en el CCD “La Cacha”,  hace que adquiera un segundo sentido lo dicho por el represor en la audiencia: “Nunca recibí órdenes que lesionaran los Derechos Humanos, nunca actué por fuera de los reglamentos, como oficial de Claves nunca realicé tareas contra el terrorismo. No somos monstruos ni gente de otro planeta, no pudimos abarcar todo de lo que nos acusan”.

A continuación le tocó el turno a Héctor Horacio Carrera, ex agente de la Brigada de San Justo entre agosto de 1975 y febrero de 1979 que llega acusado por 81 casos de secuestros y torturas, 9 homicidios y 7 delitos sexuales.

Carrera se desligó de las acusaciones y dijo que si bien entró a la policía en 1975 como aspirante a agente “no tenía estado policial, mi deber era cebar mate y hacer la limpieza”. Además reconoció que hizo el curso a fines del ’75 y volvió a la Brigada tres meses después, pero insistió: “recién tuve estado policial a mediados del ’77. Yo hacía la limpieza y de correo. Sí había unos oficiales apodados ‘Víbora’ y Tiburón’, pero tiempo después supe que eran Almirón y Raffo. Yo tuve muchas sanciones disciplinarias, por irme temprano o llegar tarde, pero nunca tuve ascensos ni una felicitación. Había grupos operativos en la Brigada, de Robos y Hurtos, de Faltas, pero entraban y salían. Yo conocía a los oficiales pero no tenía trato. Puede ser que me involucren por el parecido con algún oficial”.

En la instrucción de esta causa Carrera fue apartado provisoriamente del expediente en mayo de 2016 por tener “facultades mentales no normales”, pero su apartamiento fue revocado por el TOF platense en julio de 2018 a tiempo para el inicio de este debate, por estar “apto y capaz para enfrentar el proceso penal”. En instrucción fue reconocido en rueda fotográfica por Olga Vicenta Araujo, que entre 506 fotografías señaló la de Carrera y dijo que esa persona “era el que aplicaba picana y lo llega a ver porque se me corrió el vendaje”. En las audiencias del debate, además de Olga Araujo, también lo reconocieron por foto los sobrevivientes Aníbal Ces, Sigfried Watzlawik, Lino Agüero, Ana Ehgartner, Ana María Espósito, Graciela Gribo, Roxana Kohn, Liliana Espósito. Claudia Congett lo señaló como integrante del operativo en la casa de Villa Luzuriaga donde secuestraron a su padre en noviembre del ’76, y Andrea Guerechit lo reconoció como uno de la patota que secuestró a su padre en Bella Vista, San Miguel, en septiembre del ’77.

Siguió en turno el represor Emilio Alberto Herrero Anzorena, integrante de la Central de Reunión de Información del Destacamento 101 entre octubre del ’76 y diciembre del ‘77, que está acusado por 42 casos de secuestros y torturas, 7 homicidios y 1 caso de delito sexual. El militar hizo suya la excusa de Balmaceda sobre las Directivas 404 y 405 que impedirían el accionar del 101 en la jurisdicción de San Justo. “Soy totalmente inocente y no sé que estoy haciendo aquí”, finalizó el genocida sin aceptar preguntas de las partes. La condena a perpetua que recibió en el juicio “La Cacha” de 2014 quizás pudiera ayudarlo a ubicarse.

El siguiente fue el Técnico en Inteligencia y también ex integrante de la Central de Reunión de Información del Destacamento 101 Carlos María Romero Pavón, allí activo entre mayo del ’77 y abril del ’79 por lo que está acusado de 72 secuestros y torturas, 9 homicidios y 5 casos de delitos sexuales. Al igual que sus camaradas del 101 se desligó de las acusaciones: “Yo fui al 101 en comisión, y era orgánico en la Sección de Inteligencia de San Nicolás. Recién fui orgánico del 101 a fines del ’77”. Un pasaje de su descargo denota su meditada defensa, al decir que “yo estaba como profesor ad honorem en la Escuela de Inteligencia de la Policía bonaerense, y estaba todos los días ahí una hora desde la 7 de la mañana. El resto del tiempo estaba en servicio en el 101. El desplazamiento a San Justo en aquel tiempo llevaba 4 horas. Es imposible fácticamente mi vinculación con el lugar de los hechos. Desconozco la existencia de la dependencia, no me comuniqué ni por teléfono”. Teniendo en cuenta que los operativos se realizaban de madrugada, nada impide su actuar paralelo a sus funciones formalmente asentadas. Pero además la perpetua recibida en 2014 en el debate por el CCD “La Cacha” da cuenta de que su tarea iba más allá de lo administrativo. El represor también echó mano a las mentadas Directivas 404 y 405: “La Matanza dependía directamente del Comando Zona 1 del Ejército” argumentó, y agregó que “la jurisdicción era COI, Central de Operaciones e Inteligencia, con personal del Batallón 601”. Finalizó con tono castrense diciendo “me resulta difícil decir que soy inocente, porque un soldado debe cumplir su misión, pero soy totalmente inocente”.

El siguiente en la lista fue Carlos Del Señor Hidalgo Garzón, según su legajo integrante del Destacamento 101 como Enlace con el Batallón 601 entre diciembre del ’76 y octubre del ’77, con un destino distinto entre enero y marzo del ’77. El represor está acusado por 44 secuestros y torturas, 8 homicidios y 1 caso de delito sexual. Fue condenado a perpetua en causa “La Cacha” en 2014 y en 2013 recibió 15 años por la apropiación de la hija de desaparecidos Laura Catalina De Sanctis Ovando, a quien sustrajo, retuvo y ocultó junto a su esposa María Morillo, que recibió 12 años de condena. Goza del beneficio de la domiciliaria pese a haberla violado varias veces, la última con presencia de armas de fuego en casa de su yerno.  El represor comenzó con una puesta en escena diciendo que tiene dificultades en la audición por “las heridas en combate en Malvinas” y aclaró que sufre de pérdida de memoria, aunque no dudó en calificar las acusaciones de “falsas y realizadas en bases ideológicas”. Luego espetó “estoy aquí no para que escuchen mi verdad, sino LA VERDAD. La verdad es que no participé ni oficial ni socialmente de la plantilla del Destacamento 101. En el ’75 era de Infantería, no de Inteligencia. Recién en el ’76 elijo Inteligencia como técnico. El ’76 estuve todo el año en la Escuela de Inteligencia, a fines de año nos presentamos con Von Kyaw al 101, él se quedó y yo me fui por órdenes de Arias Duval a hablar con el jefe del Batallón 601, general Valín. Me asignaron a Reunión de Información Exterior, esto es fuera del país. En el ’77 hice cursos de aerofotografía, cartografía y meteorología, me instruyeron para el conflicto con Chile por el Beagle y me destinaron a la línea de frontera con Bolivia y Perú”. Según el represor sólo realizó tareas de inteligencia fotográfica aérea por el conflicto con Chile, y hasta negó el propio legajo al asegurar que “era oficial de Reunión Exterior, no podía tomar detenidos en mi país, no podía hacer inteligencia por fuera de mi tarea. No fui Enlace con el 601. Esta es la verdad”.

El último en hablar desde Comodoro Py fue Jaime Lamont Smart, ex Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires entre abril del ’76 y septiembre del ’79, procesado por 81 casos de secuestro y torturas, 9 homicidios y 7 casos de delitos sexuales, ya condenado a perpetua en las causa “Circuito Camps” de 2012 y “La Cacha” de 2014. Abogado y ex integrante del tristemente célebre “Camarón”, la Cámara Federal porteña creada para perseguir opositores políticos entre las dictaduras de Roberto Levingston y Alejandro Lanusse, el doctor Smart apareció con un novedoso argumento. Dijo que tras asumir el cargo en abril del ’76 lo fue a ver a su despacho el flamante jefe de la bonaerense general Camps y le anunció que la fuerza iba a dejar de depender del Ministerio de Gobierno y que pasaba a depender directamente del Ejecutivo provincial. Intentó apoyarse en la modificación de la legislación provincial vigente desde el ’74 con un decreto del ’76. El artículo 22 de la ley 8262 dice que “La Policía dependerá del Poder Ejecutivo recibiendo los mandatos que le sean impartidos a través del Ministerio de Gobierno. No obstante ejecutará también las órdenes emanadas de los demás poderes, según se impartan en el marco de la competencia de los mismos. El artículo 12 del Decreto 8686 dispone que “La Policía de la Provincia de Buenos Aires, dependerá del Poder Ejecutivo provincial, recibiendo los mandatos del mismo. Ejecutará las órdenes que los otros poderes provinciales le impartan, en el marco de su competencia”. Como vemos no se modifica el mandato de otros poderes provinciales sobre la fuerza policial, aunque el doctor Smart insistió en que “Saint Jean marginó a los municipios y al Ministerio de Gobierno de la mediación que tenía respecto a la Policía. Dejamos de intervenir en Policía y en el Servicio Correccional. Nuestro rol en el ministerio se compensaba realizando tareas legislativas, con el traspaso de la dirección de Hipódromos que dependía de Economía y de la dirección de minoridad que antes dependía de Salud. Con el decreto 211 del ’77 se formaliza esa dinámica. Ya venía del ’76 y se lo formalizó presupuestariamente, excluyendo a la Policía y el Servicio Correccional del presupuesto del ’77 en el Ministerio”. Al parecer el doctor Smart tuvo mucho tiempo en estos años de reo con domiciliaria para estudiar convenientemente la legislación provincial de época, porque el argumento de que él no manejaba la Policía no lo había expuesto en indagatorias o juicios orales anteriores.

Con esto se cerró la videoconferencia desde Comodoro Py, con la patente estrategia de los represores de descargar las culpas en sus superiores ya óbitos, como ser Ramón Camps, Ibérico Saint Jean, Alejandro Arias Duval o Alberto Valín, todos muertos impunes en su rol de conducción del genocidio.

La audiencia continuó con la conexión por videoconferencia en la Unidad 34 del SPF, para escuchar a dos de los represores que están detenidos con prisión común en esta causa. Primero le tocó el turno a Raúl Carballo, agente de la Brigada de San Justo entre noviembre del ’77 y enero del ’81, acusado por 53 casos de secuestros y torturas, 9 homicidios y 5 casos de delitos sexuales. Carballo leyó toscamente una declaración sugerida por su abogado, o intentó leerla sin equivocarse aunque el procedimiento no resultó exitoso, con puntuación dudosa y supresión de consonantes varias. Dijo que había trabajado como albañil y zapatero, se anotó en Policía en octubre del ’76 y realizó el curso de agente en agosto del ’77. “Terminé el curso como agente del agrupamiento de comando y me designaron en la Comisaría 1ra de La Matanza en el ’77 y en el ’78 en la Brigada de Morón (San Justo)”, aseguró. “Era agente raso, no pude prestar servicio en la Brigada por falta de antigüedad. En la Brigada pedí hablar con Penna, y (Emilio) García García me mandó a realizar la custodia de la casa del juez Anzoategui. Eso fue de marzo del ’78 a marzo del ’79, de lunes a sábado durante el día”, continuó. Dijo que su legajo se deterioró porque se mojó y no puede probar algunos elementos que lo exculparían, como su destino en la Conferencia del Agua en Mar Del Plata en el ’77 junto a Ricardo Juan García. “Soy inocente. Son acusaciones falsas armadas por los fiscales y los querellantes. Nadie me reconoció en fotos”, se animó a afirmar. Las sobrevivientes Ana María Ehgartner y Norma Martínez lo reconocieron en este juicio como integrante de la patota que las secuestró junto a sus esposos el 29 de diciembre del ’77 del domicilio de Jorge Farsa en Lanús. Además Andrea Guerechit lo sindicó como uno de los que secuestraron a su padre en Bella Vista, San Miguel, en septiembre del ’77.

El último represor en hablar fue Ricardo Juan García, alias “Buggy” o “Rubio” uno de los agentes de la Brigada de San Justo más señalado por los sobrevivientes y familiares de los desaparecidos. García revistó en la Brigada entre marzo y julio del ’78 y luego entre agostó del ’78 y marzo del ’79, está acusado por 26 casos de secuestros y torturas y 4 casos de delitos sexuales. El represor también leyó una declaración y llegó al paroxismo de echarle la culpa a su padre Ricardo y su hermano Carlos Alberto, ambos muertos, también policías e integrantes de la Brigada de San Justo. “Tengo una similitud muy grande en cuanto a ojos, pelos, cutis y altura” intentó explicar, “mi hermano falleció hace dos meses y estuvo muy enfermo, lo que no me permitía declarar en contra de él. Igual no tenía el apodo ‘Rubio’ o ‘Buggy’ ”. Agregó que realizó el curso de aspirante a agente en febrero del ’77 y se recibió en octubre del ’78 con destino en la Comisaría 1ra de Morón. “Soy inocente, no presté servicios en la Brigada de San Justo” intentó decir, pero agregó “recién fui destinado a San Justo en marzo del ‘79”. En el legajo de personal de la Brigada de San Justo (o Morón) que consta en este expediente figuran el suboficial principal Ricardo Agripino García, legajo 16016 y activo entre el 9 de marzo y el 30 de abril del ’78, el agente Ricardo Juan García, legajo 98987, activo entre marzo del ’78 y junio del ’81, y el cabo Carlos Alberto García, legajo 91710, activo entre febrero del ’79 y marzo del ’82. Ricardo Juan García, legajo 98987, también figura como personal de la Comisaría 1ra de La Matanza  entre el 19 de julio y el 8 de agosto del año ’78.

El sobreviviente Norberto Liwski dijo que García integró la patota que le disparó en una pierna y lo secuestró en su casa de Capital Federal en abril del ’78. También narró que en una oportunidad García ingresó a la celda de la Brigada en que él estaba con el sobreviviente Francisco García Fernández y quiso obligar a éste a que ahorcara a Liwski con una soga mientras le ponía una pistola en la cabeza. Como el detenido se negó ambos fueron molidos a palos. La vileza de echarle la culpa a su propio hermano muerto de parte de García es símbolo del desvarío defensista de los represores.

Al final de esta audiencia los jueces dispusieron los turnos para los alegatos de las partes, acordando que de aquí a fin de año alegarán la fiscalía y las querellas particulares y en febrero sería el turno de las defensas. Con ello queda para 2020 la esperada sentencia en esta causa, que lleva 10 años  desde que comenzó a activarse.

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