Análisis del informe final de la OEA sobre las elecciones en Bolivia

La OEA dirige el conjunto de sus análisis y conclusiones a fundamentar un presunto fraude en las elecciones bolivianas. Aun en el supuesto que se admitieran todos los argumentos de la OEA, el resultado del proceso electoral sería de 46,83% para Evo Morales y 36,75% para Carlos Mesa, lo que habría mantenido la diferencia entre ambos en 10,08%, dándole la victoria a Evo Morales en primera vuelta.

Luis Almagro.

La Organización de los Estados Americanos (OEA) nuevamente emite un informe con claro sesgo intencional. El documento a todas luces pretende certificar su propia versión preliminar y, con esta, la base argumental del golpe de Estado. No obstante, la lectura de este informe, como la de su versión preliminar, arrojan sencillas conclusiones sobre el dolo -intención de manipular- con el que fueron elaborados.

Análisis general

El informe de la OEA se centra en argumentar supuestas irregularidades en dos fases del proceso electoral. De un lado, el TREP (sistema de transmisión de resultados electorales preliminar), y de otro un supuesto fraude por falsificación de firmas.

Divide la OEA su informe las “pruebas” en tres tipologías: aquellas en las que concurre intencionalidad o dolo (acciones deliberadas), las irregularidades graves no dolosas, los errores y los indicios. Al informe se adjuntan anexos con el detalle de los trabajos realizados.

Para facilitar la comprensión de este contrainforme seguiremos en buena parte los apartados del documento emitido por la OEA.

1) Sobre el análisis del TREP

La OEA centra el informe en la sugerencia de fraude en el sistema TREP:

    • 10 de las 12 acciones deliberadas remiten al TREP

    • 10 de las 13 irregularidades graves remiten al TREP

    • 4 de los 7 errores remiten al TREP

Es preciso indicar, además, que el grueso de los argumentos contenidos en estos puntos remite, por otro lado, a los acontecimientos acaecidos tras el final del conteo TREP con el 83,7% de las actas escrutadas.

Sin embargo, incluso en el caso de que se admitieran irregularidades o, en el extremo, acciones deliberadas sobre el TREP, la OEA omite la información central sobre este sistema y es que, según la normativa electoral boliviana, el TREP no es el sistema de conteo oficial, y por lo tanto no es un sistema de conteo vinculante.

No parece razonable sostener una acusación de fraude sobre un sistema de conteo no oficial, pero es que además la OEA -principal promotora de la introducción de este sistema de conteo en Bolivia en este proceso electoral- omite información crucial sobre el mismo, a saber:

  • Que, según las propias declaraciones del vocal miembro de filiación opositora del TSE (Tribunal Supremo Electoral), Antonio Costas, realizadas a la agencia de noticias Xinhua el 10 de octubre, previas a las elecciones en Bolivia: “Por primera vez en su historia democrática, Bolivia podrá conocer del 80 hasta el 90 por ciento del cómputo de las elecciones” (1).

OMISIÓN 1º: El TREP estaba diseñado para entregar datos hasta entre el 80% y el 90%, y no más. El TSE de Bolivia entregó datos hasta el 83,76% ateniéndose, por tanto, al compromiso. La OEA, al omitir deliberadamente esta información sobre el limitado papel del TREP en el diseño de la estructura electoral, promueve la conclusión errónea de que el TREP era el sistema de conteo que debía arrojar un resultado definitivo en las elecciones contando hasta el 100%.

  • El gerente general de la empresa Neotec, encargada de administrar el TREP, Marcel Guzmán de Rojas, confirmó este dato, indicando “que se verificarán 34.000 actas en dos horas para llegar a obtener entre el 80 y 90 por ciento de los resultados en el mismo día de los comicios”.

OMISIÓN 2º: De acuerdo con el TSE, un total de 34.558 mesas de sufragio funcionaron en el país y en el exterior durante el día de los comicios generales. El TREP estaba diseñado de tal modo que NUNCA contaría 4.558 mesas. Nada se dice sobre los criterios que definieron qué mesas se contaban y cuáles no, y mucho menos la probable orientación política de estas en función de su ubicación rural o urbana, con su consiguiente sesgo.

  • Dado que la OEA elabora su informe gravitando fundamentalmente sobre el TREP, resulta extraño que dedique apenas unas líneas al papel crucial de la empresa encargada del mismo. Sorprende también que la OEA obvie el hecho de que este sistema se instaló en Bolivia bajo recomendaciones suyas. Sobre la mencionada empresa, principal responsable del TREP, la OEA oculta deliberadamente al menos tres hechos cruciales:

OMISIÓN : Que, como indicaba el vocal Costas, era la primera vez que se utilizaba esta tecnología y que, por tanto, la impericia podría estar detrás de las imprudencias detectadas. La OEA lo reconoce así en la página 46 de su informe, pero deliberadamente lo omite de la sección de conclusiones o resumen ejecutivo: “Se comprobó una falta de madurez del proceso en lo relativo al software, por un lado, por la inexistencia de casos de uso y varias pruebas de software (test unitario, test de integración y test de regresión) y, por otro, porque las pruebas realizadas carecieron de un proceso formal de aceptación de software con casos de test formales”. (2)

OMISIÓN : Que Neotec era la principal responsable de la configuración informática que denuncia la OEA. De nuevo, las declaraciones en fechas previas a la elección del propio vocal opositor, lo acreditaba: “el TSE realizó una gran inversión en la contratación de una empresa para tener los resultados de las elecciones lo antes posible y brindar así certidumbre a la población. Se trata del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), con tecnología programática que no había sido utilizada antes en Bolivia”.

OMISIÓN 5º: Finalmente, obvia la OEA que el gerente de Neotec, Marcel Guzmán de Rojas, había manifestado su preferencia por Carlos Mesa, con el que es sabido que mantiene una relación próxima. Este hecho sí constituye una grave violación de la apariencia de imparcialidad por parte del principal gestor del sistema de conteo.

Conclusión: La OEA fundamenta sus conclusiones en el supuesto hallazgo de 12 irregularidades dolosas (intencionales). De las 12 irregularidades listadas por la OEA 10 se refieren al TREP, un sistema auxiliar, un sistema NO vinculante y un sistema que, como la propia OEA y las partes participantes en el proceso electoral reconocen, NO podía determinar el resultado electoral puesto que NO estaba diseñado para contar más de 34.000 actas.

2) Sobre las irregularidades en el conteo oficial

Respecto a las incidencias sobre el conteo oficial -recordemos, el único procedimiento válido porque escruta el 100% de las actas y, por tanto, el único que podría desvelar alguna prueba de fraude real es de suponer que la OEA- el organismo debería haber sido especialmente cauteloso en sus conclusiones. Sin embargo, ¿qué dice la OEA sobre el conteo oficial? Veámoslo punto por punto:

2.1) Sobre las acciones deliberadas

      1. En un ejercicio que buscó analizar posibles adulteraciones o manipulaciones se revisó una muestra de 4.692 actas. En este análisis se identificaron 226 actas en las que dos o más actas de un mismo centro de votación fueron llenadas por una misma persona, denotando una acción intencional y sistemática para manipular los resultados electorales y transgrediendo las atribuciones de los Jurados de Mesa determinadas por ley. Las actas corresponden a 86 centros de votación de 47 municipios del país. La suma de sus votos válidos es de 38.001, del cual el 91% (34.718) fueron adjudicados al Movimiento al Socialismo (MAS).

Este punto es especialmente serio, ya que constituye el único argumento para justificar que se hizo fraude en el sistema de conteo oficial, el manual. Sin embargo, la OEA omite en su relación inicial información crucial que luego desvela en el propio informe, a saber:

  • OMISIÓN 1º: la OEA apunta a 34.718 votos de 47 municipios en los que, pretendidamente, habría encontrado irregularidades. Omite que solo el 4,6% (según refiere en la página 9 del informe) pudieran llegar a estar comprometidas y que, por tanto, incluso si adjudicáramos todas las actas analizadas a Carlos Mesa, de Comunidad Ciudadana (CC) el 85,4% (91% menos 4,6%) de los votos en esas zonas efectivamente serían para Evo Morales, una cifra que le habría dado la victoria en primera vuelta.

  • OMISIÓN 2º: la OEA oculta de sus conclusiones que las 4.692 actas escrutadas se corresponden a una muestra parcial, de actas que NO pasaron por el TREP (página 9). Son, por tanto, una muestra del 5% de votos escrutados en último lugar, es decir, los votos rurales de zonas más remotas y en las que los niveles de alfabetización son menores.

  • OMISIÓN 3º: que las actas identificadas como “irregulares” componen el 4,8% de este universo (226 de 4.692), lo que representa únicamente el 0,25% del universo completo. Es decir, que incluso en el caso de que se asignaran en un 100% a Carlos Mesa (cosa harto improbable, como ya hemos visto) la distancia a Evo Morales no bajaría del 10,41%.

  • OMISIÓN 4º: finalmente, es preciso indicar que todas las actas objetadas por la OEA se dan en zonas donde NO había presencia de jurados de mesa opositores, un indicio claro de su baja presencia en la misma. Por otro lado, la propia OEA reconoce que NO pudo realizar cotejos adicionales por la quema de votos (a manos de la oposición, algo que omite).(3)

  • OMISIÓN 5º: La OEA en ningún momento realiza una muestra aleatoria simple de las actas del proceso electoral para su validación y cotejo. Solo un muestreo de este tipo tendría validez estadística, permitiría una proyección de sus cifras al universo completo y, por tanto, identificar la magnitud de la irregularidad.

  • OMISIÓN 6: “A pesar de ser material sensible, se quemaron actas (el número es incierto) y más de 13.100 listas de electores habilitados (o lis tas índice), lo cual no permite contrastar la información consignada en las actas de escrutinio y cómputo”. Llama poderosamente la atención que la OEA impute como prueba de fraude la quema de actas a manos de la oposición, quema de actas que se realizó a posteriori de su propia denuncia de fraude.

Estos y no otros son los dos únicos argumentos de la OEA para anunciar un fraude en Bolivia. Claramente, la OEA incurre en incapacidad manifiesta y en grave injerencia intencional en el proceso ya que ninguno de los dos argumentos sostiene una acusación de tamaña magnitud.

Veámoslos con detalle:

2.2) Sobre los “indicios” estadísticos

  • La OEA, cercada por la certeza de que no puede demostrar fraude alguno en el conteo oficial, utiliza el argumento de que el sistema de conteo oficial fue alimentado en una medida que no se determina estrictamente (“más del 5%”), por el TREP. Sin embargo, en la página 45 de su propio informe confiesa que el trasvase entre TREP y conteo oficial se redujo a las actas del exterior (que tardarían por enviarse de otro modo) y a las actas quemadas por la oposición en Chuquisaca, Potosí y Santa Cruz. Obsérvese que 1) no es imputable al TSE dicha quema o retardo y 2) estas actas no se encuentran entre las impugnadas o cuestionadas, ni siquiera entre las que componen el 5% final en cargarse, por lo que no suponen merma alguna a la validez del procedimiento.

    • Arguye la OEA como argumento final que la tendencia observada en el conteo del último 5% de actas no es estadísticamente consistente con la del proceso general. No obstante, la OEA -como ya sucedió en el informe preliminar- obvia lo evidente: que ese 5% de actas restante se obtuvo de centros de votación en zonas con mayoría abrumadora del MAS, zonas en las que incluso se practica el voto por prescripción comunitaria, un fenómeno plenamente conocido entre las distintas formas de participación de la población rural indígena boliviana.

    • Si entramos en el detalle de este 5%, la propia OEA se ve obligada a reconocer en su informe que solo “se encontraron 59 (5,5%) con graves irregularidades desde el punto de vista pericial” (4) entre el universo de las últimas 5% de actas ingresadas en el sistema de cómputo oficial manual.

    • Abundando en este punto y sobre las actas finales de zonas rurales, se dice: “Posteriormente, se amplió el universo de análisis, tomando una nueva muestra de 3.618 actas. De estas, se identificaron 167 (4,6%) con irregularidades de interés pericial. Se encontraron nuevamente distintas actas de un mismo centro de votación que habían sido completadas por una sola persona, lo que a todas luces constituye una transgresión ilegal de las atribuciones de los jurados de mesa y siembra dudas sobre los resultados reportados. En total, se analizaron 4.692 actas, de las cuales 226 (4,8%) presentaban las irregularidades descritas.”

    • Tal y como explica el informe, las actas bajo sospecha surgen a partir de una muestra –no aleatoria sino de entre aquellas en que el MAS obtuvo sus mejores votaciones, más del 77% de los votos- de 4.692 actas electorales que no pasaron por el TREP. De ellas, la OEA afirma que en 226 –menos del 5%- habría ocurrido que dos o más actas de un mismo centro de votación fueran completadas por una misma persona.

    • Ahora bien, ¿qué es lo que ocurre en estas 226 mesas? ¿Se observa acaso un comportamiento electoral anómalo y exponencialmente opuesto al del resto de las mesas de sus respectivos municipios? Para responder a estas preguntas hemos elaborado un cuadro, en el cual, por un lado, se consigna a nivel municipal los porcentajes obtenidos por el MAS y Comunidad Ciudadana en las mesas detalladas por la OEA en las páginas 56 a 58 del referido informe, mientras que en las columnas de la derecha se registran los porcentajes obtenidos por ambas fuerzas en todas las otras mesas de dichos municipios –es decir, descontando las mesas en disputa del total municipal-:

 

  • Tal y como podemos apreciar en la tabla, en la gran mayoría de los casos los porcentajes no varían sustancialmente. En 22 de los 47 municipios – la OEA en su cuadro consignó 48 municipios pero en realidad las mesas 35723 y 35724 no pertenecen al municipio de Totora sino al de Mizque, lo tomaremos como un simple error de su parte y no como una acción dolosa- la diferencia entre la ventaja que consiguió Evo Morales en las mesas cuestionadas supera en menos de 10 puntos porcentuales a la ventaja conseguida en el resto de las mesas del respectivo municipio. De hecho, para hablar con mayor rigurosidad, entre estos 22 municipios se registran incluso casos como los de Ansaldo, Vila Vila, Punata y Mocomoco, en los que el MAS obtuvo una mayor diferencia en el resto del municipio que en las cuestionadas actas.

  • A la OEA parece haberle llamado la atención que en muchas de estas actas el MAS obtuvo porcentajes de votos superiores al 90%. Sin embargo, obvia decir que estos niveles de votación se registran en municipios que son tremendamente favorables al MAS. De los 47 municipios, aún descontando las cuestionadas actas, se observa que en 39 –casi el 85%- la diferencia para Evo Morales fue de más de 50 puntos porcentuales. Inclusive, si miramos con atención estos 39 municipios sin las cuestionadas actas, veremos que el MAS supera en 34 de ellos el 70% de votos válidos, mientras que CC sólo supera el 10% en 11 municipios y en ninguno alcanza siquiera el 20% de los votos.

  • Por todo lo expuesto, no podemos sino calificar de tendencioso el intento de impugnar los casi 35.000 votos de ventaja que Morales obtuvo en estas 226 actas, toda vez que en su mayoría no reportan diferencias significativas respecto a sus medias municipales.

  • Es más, pareciera que la prueba de la denuncia de la OEA es que los valores en dichas actas son ligeramente más altos a favor del MAS, cuando en la práctica esto no es sino el resultado lógico de una selección arbitraria precisamente por dicha condición. Según la OEA, a Morales le fue “sospechosamente” bien en municipios en los que la inmensa mayoría de actas no cuestionadas reflejan una diferencia de más de 50 puntos a favor del MAS, una diferencia por lo demás repetida en elecciones sucesivas a lo largo del tiempo.

  • Finalmente, y aún en el supuesto que admitamos todos los argumentos de la OEA, y que efectivamente el presunto “fraude” detectado en el 4,8% de su muestra fuertemente sesgada pudiera extenderse al universo total del 5% de las actas finales del conjunto del escrutinio que no pasaron por el TREP, el resultado es que sólo podrían afirmarse dudas en el 0,24% de las actas totales. Si para mayor seguridad asignamos el 100% de los votos de ese 0,24% de las actas a Carlos Mesa, el resultado del proceso electoral habría sido de 46,83% para Evo Morales y 36,75% para Carlos Mesa, lo que habría mantenido la diferencia entre ambos en 10,08%, dándole la victoria a Evo Morales en primera vuelta.

Conclusiones

La OEA dirige el conjunto de sus análisis y conclusiones a fundamentar un supuesto fraude en las elecciones bolivianas. Para hacerlo omite información crucial tanto jurídico-normativa como técnico-analítica. Efectivamente, su construcción argumental sobre las supuestas irregularidades en el TREP omiten tres hechos transcendentales: 1) este no es el sistema de conteo oficial, 2) el TREP no estaba diseñado para arrojar datos por encima del 90% en ningún caso y 3) que las supuestas irregularidades en el procedimiento de carga de datos, de ser ciertas, solo justificarían una irregularidad procedimental, puesto que nada se prueba sobre cómo y para qué se habrían utilizado los supuestos servidores adicionales.

En lo que respecta a la cuestión técnico-analítica la OEA fundamenta toda su argumentación del fraude en la existencia de 226 actas de 4.692 (un 4,8% de este universo) en las que supuestamente pudiera haber irregularidades (a pesar de que confiesa no poder acceder a las actas originales). Estas actas cuestionadas, que no pasaron por el TREP y se corresponden con el 5% final del escrutinio cuestionado por la OEA, suponen un 0,24% del total de las actas escrutadas.

Finalmente, respecto al hallazgo 5, en el que la OEA especula sobre lo usual o inusual que resultaría que el último 9% escrutado favorezca claramente al MAS, es preciso realizar las siguientes consideraciones:

  • Que la OEA arbitrariamente estima qué es usual o inusual

  • Que la OEA desconoce de nuevo el clarísimo gap en términos de voto que sistemáticamente se ha dado en Bolivia entre las zonas rurales y las urbanas.

  • Que se obvia en el informe un dato esencial para toda la argumentación subsiguiente respecto a la solidez de la muestra TREP: ¿cómo se configuró esta, atendiendo a qué criterios, privilegió zonas rurales respecto a urbanas o viceversa?

  • Final y fundamentalmente, que aun en el supuesto que admitamos todos los argumentos de la OEA y que, efectivamente, el presunto “fraude” detectado en el 4,8% de su muestra altamente sesgada pudiera asignarse al 100% a la oposición y extenderse al universo total del 5% de las actas finales del conjunto del escrutinio que no pasaron por el TREP, el resultado del proceso electoral sería de 46,83% para Evo Morales y 36,75% para Carlos Mesa, lo que habría mantenido la diferencia entre ambos en 10,08%, dándole la victoria a Evo Morales en primera vuelta.

En definitiva, el informe de la OEA, ya sea por incapacidad técnica o por dolo, incurre en debilidades manifiestas. Teniendo en cuenta la trascendencia del mismo resulta cuando menos cuestionable que se emitan conclusiones como las que repetidamente ha realizado el secretario general de la OEA, Luis Almagro, y mucho menos que se pusiera en cuestión, dando alas a las subsiguientes acciones de las fuerzas armadas, la integridad general del proceso electoral en Bolivia.


Notas:

1. http://spanish.xinhuanet.com/2019-10/10/c_138459407.htm

2. Página 46 del informe OEA.

3. Página 59 del informe: “El equipo de auditoría no pudo profundizar completamente en este análisis y realizar cotejos adicionales debido a que parte del material electoral de los departamentos de Potosí, Chuquisaca y Santa Cruz fueron incendiados. Sí se pudo obtener y analizar material original del departamento de Cochabamba”.

4. Página 9 del informe.

Analisis Del Informe Final De La Oea Sobre Las Elecciones En Bolivia

 

Fuente: https://www.celag.org/analisis-del-informe-final-de-la-oea-sobre-las-elecciones-en-bolivia/

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