Reporte nº 12 de aplicación del DNU 297/2020

Ante los permanentes cambios en la normativa que regula los permisos para circular en relación a las actividades permitidas bajo la vigencia del decreto 297/2020 y sus actualizaciones, nos parece importante empezar este nuevo reporte aclarando ese tema.

Un contingente de ciudadanos latinoamericanos que estuvo 14 días en cuarentena en Jujuy fue enviado por el gobernador Gerardo Morales con promesas de repatriación a Buenos Aires, donde fueron detenidos nuevamente.

1. Inicialmente, cada jurisdicción dispuso distintos formularios, según su competencia, para las distintas actividades permitidas.

2. Cuando se prorrogó el aislamiento obligatorio, la noche del 31 de marzo, se dispuso que a partir de entonces todos esos permisos caducaban, y debía tramitarse un Permiso Único de Circulación a través de la plataforma on line Trámites a Distancia (TAD).

3. Ese sitio colapsó al instante, con lo que hubo un vacío de varios días en los que no sabíamos qué llevar para justificar nuestras salidas. Más grave aún, policías, gendarmes y otras fuerzas no sabían o no querían saber los cambios, lo que multiplicó intercepciones y arrestos indebidos.

4. Finalmente, la Decisión Administrativa 429/2020 que se puede descargar en el link  http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/335000-339999/335789/norma.htm puso un poco de claridad en la cuestión. El listado de permisos requeridos y cómo tramitarlos, anexo de la Decisión Administrativa, se puede descargar en: https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/aclaraciones/permisos.

Resumiendo:

  • Estamos autorizadxs a realizar desplazamientos “mínimos e indispensables” para aprovisionarnos de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. No se requiere ningún permiso escrito para estas salidas. Sin embargo, como a diario vemos que nos paran, increpan y maltratan por ir al almacén o la panadería, recordemos que, para minimizar el riesgo, conviene que salga una sola persona, con su DNI, “bien” vestida (la pinta no es lo de menos cuando confrontás un policía), preferentemente adulta y sin condiciones extra de riesgo de detención, sólo de día, con la bolsa o el changuito para las compras y la lista de lo que vamos a buscar o la receta si es a la farmacia (puede ser foto en el celular). Si nos paran, hablemos con serenidad, recordemos al policía o gendarme que esto está dispuesto en el Listado de Permisos que reglamenta la Decisión Administrativa 429; respondamos con claridad, sin titubeos las preguntas que nos hagan y no nos expongamos, por nervios o bronca, a que la cosa escale a mayores.
  • Una parte de las actividades que requieren permiso para circular, se vincula con actividades productivas o comerciales autorizadas (empleados de comercios que pueden estar abiertos, servicios de entrega a domicilio y otros similares). En esos casos, es el empleador el que tiene que entregar el certificado, obtenido por él en la plataforma de Trámites a Distancia, con todos los datos de la persona autorizada.
    Otras actividades permitidas no requieren permiso para circular, sino que basta con exhibir la credencial o constancia que pruebe el oficio o profesión. Es el caso, por ejemplo, de empleados judiciales o estatales en general, trabajadorxs de prensa, de la salud, etc.
    En el caso de la asistencia a adultos mayores, personas con discapacidad o enfermas, o de asistencia a niñxs o adolescentes, es necesario descargar la respectiva declaración jurada en los siguientes links:  https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/6056_-_ddjj_para_resp_de_adultos_mayores.pdf  https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ddjj_padres_e_hijos_0.pdf.
  • En ambos casos, la vigencia de estas declaraciones juradas está establecida en el art. 5 del Listado de Permisos adjunto a la Decisión Administrativa 429. Es frecuente que, por ignorancia o para deliberadamente hostigarnos, sucede que las fuerzas de seguridad digan que “falta firma de autoridad competente” en las declaraciones juradas. Debemos estar preparadxs para responder, con calma pero con firmeza, que justamente son DECLARACIONES JURADAS, por lo que es la propia persona que hace la declaración bajo juramento de que el contenido es verdad quien debe suscribirla. Puede resultar útil llevar descargados en el celular o impresos tanto la Decisión Administrativa 429 como el listado de Permisos publicado en argentina.gob.ar (ver links más arriba).
  • En caso de situaciones de fuerza mayor, no hay un certificado válido a nivel nacional. Se entiende por “fuerza mayor” situaciones de urgencia, impostergables, como una emergencia médica. Hay que llevar la mayor cantidad de documentación posible, si existe. En algunos distritos hay un certificado específico para estos casos. En CABA, si hay tiempo, se puede consultar en: https://permisos.seguridadciudad.gob.ar/Solicitud/ y en provincia de Buenos Aires: https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar/
  • Como podemos ver, la cosa no es sencilla, menos aún para quienes no disponen de una impresora, o de imposible cumplimiento cuando –como sucede con un enorme universo de personas- no hay acceso a la tecnología necesaria (computadora, celular, conexión a Internet). Una vez más, la solidaridad activa y la cooperación entre todxs es el recurso de que disponemos. Quienes tienen computadora, impresora e Internet pueden descargar e imprimir la documentación, escanearla y enviarla por wasap, como archivo o como imagen, a quienes sólo disponen de un celular, o imprimirla y en alguna salida autorizada tratar de alcanzársela.

En materia de denuncias por graves hechos represivos, la realidad no nos ha dado respiro. Una de las situaciones más difundidas fue la vivida este jueves 2 de abril por 62 ciudadanxs venezolanxs, bolivianxs, brasileñxs, peruanxs y colombianxs que estaban en tránsito en Jujuy, donde cumplieron 14 días de cuarentena, fueron evaluados por médicos que les proveyeron certificados de salud, y finalmente, según les informó el gobierno jujeño, serían transportados a Buenos Aires, con destino a sus respectivas embajadas, a los fines de su repatriación. La confusa situación motivó que tres organizaciones presentaron un habeas corpus por privación ilegal de la libertad. Para peor, llegando ya a Buenos Aires, se produjo un espectacular operativo cerrojo, el micro fue detenido y las personas fueron trasladadas a un nuevo aislamiento en hoteles, con total incertidumbre sobre su futuro inmediato.

En la provincia de Chubut, el 27 de marzo a las 20:40, una joven de nombre Morena volvía caminando a su casa, después de asistir a sus padres, adultos mayores, a quienes había llevado provisiones. En el corto trayecto, de cinco cuadras, la interceptó personal policial, que ni miró su DNI y su declaración jurada para asistir a sus padres. La detuvieron y cargaron en una unidad de traslado de detenidos hasta la comisaría.

En Tilcara, Jujuy, lxs vecinxs denunciaron que la policía hace verdaderas razzias en los barrios, deteniendo trabajadorxs. Diecisiete varones y siete mujeres fueron tratadxs con violencia, encerradxs en celdas que no permiten respetar las distancias mínimas entre personas, y finalmente condenadas en proceso exprés por una contravención, con multas de $1.000, que no todxs pudieron pagar para ser liberadxs.

En un supermercado Coto del Bajo de San Isidro, una mujer hizo notar al encargado que había demasiada gente amontonada, contraviniendo las disposiciones vigentes. El encargado llamó a la policía, que acusó a la mujer por causar disturbios y atentado a la autoridad. La sacaron del local esposada y a los empujones, la llevaron a la comisaría, donde la obligaron a desnudarse para sacarle fotos, la insultaron –con especial intervención de una mujer policía de no más de 22 años- y varias horas después la liberaron, con notificación de causa penal, golpeada y con las muñecas lastimadas.

En Monte Chingolo, un recolector de residuos del municipio, que había vuelto de trabajar, se sentó unos momentos en el umbral de su casa a descansar. Fue abordado por dos policías, de apellido Pereyra y Vallejos, que lo molieron a golpes al grito de “en la calle hacemos lo que queremos”. Lo esposaron después de apalearlo y lo mantuvieron detenido varias horas en la comisaría 7ª de Villa Corina.

Desde un barrio de la ciudad de Córdoba, nos cuentan que se llevaron preso al kioskero, que volvía a su local con mercadería en la camioneta y permiso para circular. De paso, detuvieron también a su hijo e hija adolescentes, amenazándolxs con dispararles. Lxs tuvieron siete horas en un móvil y 12 horas en la comisaría, hasta que les dieron la soltura, obviamente imputadxs penalmente.

La organización y la solidaridad popular siguen siendo nuestras herramientas para defendernos.

Cuidémonos colectivamente, del virus y de la represión.

La salida es la organización colectiva y popular.


Fuente: http://www.correpi.org/2020/reporte-no-12-de-aplicacion-del-dnu-297-2020/

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