Reporte nº 23 de aplicación del DNU 297/2020: Especial cárceles

Desde el inicio de la pandemia, venimos advirtiendo sobre la especial vulnerabilidad de las personas privadas de su libertad, y exigiendo al estado medidas concretas para evitar la masacre que produciría el ingreso del virus Covid-19 a los lugares de detención. El sistema carcelario argentino está en emergencia desde mucho antes de esta emergencia sanitaria.

La tasa de carcelación creció en los últimos años de manera exponencial, a un ritmo de 10.000 nuevxs presxs por año. Hoy las cárceles federales y provinciales alojan más de 100.000 personas, a las que hay que sumar no menos de 12.000 que están en comisarías y otros lugares de detención. De ese total abrumador, bastante más de la mitad no están condenadas, sino que son víctimas de la masificación del uso de la prisión preventiva como pena anticipada contra lxs más vulnerabilizadxs. La prueba más elocuente de esta arbitrariedad surge de comparar la situación de quienes están con prisión preventiva por delitos técnicamente excarcelables, como lo son la mayoría de los que afectan la propiedad privada, con la casi inexistente detención efectiva de miembros de las fuerzas de seguridad en causas de muchísima mayor gravedad, como homicidios de gatillo fácil y torturas. Si se aplicaran al conjunto de la población carcelaria los mismos parámetros que sistemáticamente benefician a policías, prefectos o gendarmes imputados, procesados y hasta condenados por homicidios, torturas, extorsiones y otros delitos del menú represivo, las cárceles estarían vacías.

En ese escenario, que se completa con la total dependencia de las personas presas de sus familiares para recibir comida y otros elementos de primera necesidad, la pandemia generó de inmediato una situación de gran alarma, con reclamos concretos y precisos.

Por una parte, un porcentaje importante de la población carcelaria presenta factores de riesgo por enfermedades como tuberculosis, cuadros cardíacos o renales, hepatitis, HIV, enfermedades oncológicas, etc., sin olvidar a las personas mayores de 65 años, y la muy particular situación de las mujeres embarazadas o que conviven en los penales con hijxs de menos de cinco años. Es mínima la proporción de quienes están en estas situaciones que han recibido arrestos domiciliarios, que, en cambio, algunos juzgados otorgaron a genocidas condenados por delitos de lesa humanidad, que gozan de regímenes de alojamiento mucho más benignos, en pabellones especiales y con permanente asistencia médica. A pesar de los reclamos de defensores particulares, y hasta de las defensorías oficiales, como el habeas corpus promovido por 19 defensorías de la provincia de Buenos Aires, y de algunos fallos genéricos como el que ese recurso obtuvo del Tribunal de Casación Penal bonaerense, fiscalías y juzgados vienen rechazando sin piedad los reiterados planteos. Situación similar ocurrió con el Habeas Corpus Correctivos Colectivos que se presentó en Córdoba.

Por otra parte, como decíamos, la supervivencia cotidiana en los penales depende de la mercadería que las familias aportan en las visitas. A partir de la comprensión de que era imperativo impedir el ingreso del virus a los penales, las propias personas detenidas consintieron la suspensión de visitas, con la exigencia obvia de que el estado garantizara su subsistencia, con la provisión de alimentos, medicamentos y elementos de higiene y limpieza, y que el personal penitenciario adoptara medidas equivalentes de precaución.

Ninguna de las dos cosas se cumplió. Las protestas y motines que se sucedieron a lo largo y ancho del país desde la primera semana de vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio se originaron en todos los casos por la falta de insumos para comer, higienizarse y desinfectar los pabellones, y por la ausencia de todo cuidado por parte de los carceleros, que, en cambio, cumplieron al pie de la letra la orden de reprimir.

En la unidad 22 de Olmos se detectó un caso positivo de COVID-19.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), cuyas recomendaciones ante la emergencia sanitaria son tan citadas por las autoridades nacionales y provinciales, publicó una guía para abordar el Covid-19 en las cárceles europeas, en el que advierten: “Los esfuerzos de lucha contra la propagación de la enfermedad podrían fracasar si se descuidan las medidas contra la infección en las prisiones”, porque “las personas privadas de libertad son más vulnerables a la epidemia de coronavirus que la población general debido a las condiciones de confinamiento en las que viven”. Lo mismo venimos señalando, ante la absoluta y criminal abandono estatal, los organismos de derechos humanos y organizaciones antirrepresivas y de militancia anticarcelaria de nuestro país.

A un mes de haber dado las primeras alertas, hoy las noticias son devastadoras. El Covid-19 ya encontró la manera de ingresar a las prisiones, por exclusiva responsabilidad estatal. No se adoptaron las medidas más elementales de prevención, como la garantía de buena alimentación y provisión de elementos de higiene y limpieza. No se descomprimió el hacinamiento, con la excarcelación o arresto domiciliario de las personas de grupos de riesgo, de las condenadas con penas casi cumplidas o de las procesadas por delitos leves y de baja peligrosidad. Y dado que las visitas están suspendidas, los únicos que entran y salen, y por ende son los vectores del contagio, son los empleados y funcionarios del sistema penitenciario.

En la Unidad Penal nº 1 de Corrientes se conoció ayer el resultado positivo al test de coronavirus de un agente penitenciario. Los 122 miembros del servicio integrantes de la misma guardia que el ya confirmado fueron testeados, sin que se difundieran aún los resultados. No se realizó hisopado alguno a la población, que supera los 650 presos, un 40% por encima de la capacidad real de alojamiento.

Al mismo tiempo, se confirmaron testeos positivos para Covid-19 en la Unidad 22 de Olmos y en la cárcel de Campana, ambas en la provincia de Buenos Aires; en el penal de Bariloche y en la cárcel federal de Devoto, en CABA, donde hay 15 casos de penitenciarios sospechosos, cuatro de los cuales ya dieron positivo.

Ninguna de las personas detenidas anduvo de vacaciones en el exterior y las visitas están suspendidas hace casi un mes. Si se hubieran atendido las alertas tempranas, en lugar de reprimir a quienes las hicieron, no estaríamos a las puertas de una hecatombe sanitaria en las cárceles. Como siempre, el estado es responsable, por acción y por omisión.

Es imperativa la inmediata excarcelación, arresto domiciliario o libertades anticipadas, según la situación procesal, de las personas detenidas (excluidos represores y genocidas que gozan de regímenes de privilegio con sus necesidades cubiertas)  que integran grupos de riesgo (adultos de mayores, portadores de HIV, personas con enfermedades predisponentes, mujeres embarazadas o que conviven con niñxs).

Es imperativo el inmediato testeo de la totalidad de las personas detenidas en cárceles provinciales y federales, con prioridad para las unidades en las que ya se han confirmado casos positivos entre los penitenciarios.

Es imperativa la urgente provisión de alimentos de calidad, elementos de higiene y limpieza suficientes en la totalidad de los lugares de detención.

Las mismas medidas deben aplicarse a las comisarías, donde la situación no es diferente, e incluso, en ocasiones, es mayor, por el ingreso masivo de personas detenidas por incumplir el aislamiento obligatorio.

Cada contagio y cada muerte que el Covid-19 cause en un penal o una comisaría, será un crimen del estado argentino.

Cuidémonos colectivamente, del virus y de la represión.

La salida para la clase trabajadora es la organización popular.

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