Teletrabajo “opcional y reversible”: acuerdo entre Gobierno y gremios

La iniciativa que el Ministerio de Trabajo negocia con sectores sindicales establece el principio de “igualdad” con los empleados presenciales.

Hugo Yasky.

El Gobierno y el sindicalismo acordaron avanzar en un proyecto de ley de regulación del teletrabajo que tendrá dos ejes fundantes: la noción de que para el trabajador será voluntaria la aceptación del ejercicio domiciliario de su labor, y que tendrá la alternativa de volver atrás en caso de considerarlo perjudicial. Esas condiciones y el principio de igualdad que los “teletrabajadores” deberán tener respecto de sus pares presenciales en las empresas constan en la mayoría de los proyectos que versan sobre la materia en el Congreso y, sobre todo, en los que cuentan con el aval de la CGT y de otros sectores sindicales con llegada al Ejecutivo.

El borrador del proyecto que el Ministerio de Trabajo giró a los gremios, al que tuvo acceso Ámbito, establece además garantías para los asalariados sujetos a la nueva modalidad de provisión de los elementos necesarios para llevar a cabo sus labores a distancia, de la protección de sus datos personales y de la intimidad de sus hogares, y del derecho a la desconexión. Una de las iniciativas que la cartera laboral tomó como base fue la de la diputada Vanesa Siley (de extracción sindical) mientras que otra iniciativa del diputado Hugo Yasky (jefe de la CTA de los Trabajadores) añade mecanismos de contralor gremial de las tareas a distancia.

El acuerdo sobre varios puntos entre la administración de Alberto Fernández y la CGT, que adelantó este diario esta semana, quedará sujeto sin embargo a que los demás ítems puntuales del teletrabajo, atinentes a cada actividad, puedan negociarse a nivel de los convenios colectivos de trabajo. En la central obrera explicaron que el respaldo inicial a la propuesta podrá quedar sin efecto en caso de volcarse el Gobierno hacia un proyecto más abarcativo, que no tuviese en cuenta la gimnasia de negociación en cada rubro.

El bosquejo inicial del proyecto parte de esa preeminencia del rol de los gremios: señala que “la negociación colectiva deberá establecer dentro de los 180 días de entrada en vigencia de la ley, el régimen y las condiciones de teletrabajo en el sector representado” a partir de los ejes pautados con la CGT. Y recién vencido ese plazo, según el texto, el Ministerio de Trabajo “dictará las normas complementarias”.

Vanesa Siley.

Un primer principio de la propuesta señala que los trabajadores alcanzados por la nueva modalidad domiciliaria “gozarán de igualdad de trato y derechos” respecto de sus pares bajo relación de dependencia “que se desempeñen en forma presencial”. Y agrega que la prestación de labores mediante el teletrabajo quedará “sujeta a la voluntad del trabajador” al que deberá garantizársele “la opción de retornar a la modalidad presencial, conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.

También prevé que los empleadores deberán “proveer el equipamiento tecnológico y el complementario para el correcto desempeño y el soporte técnico para garantizar su correcto funcionamiento, así como el acceso a internet sin costos económicos para el trabajador” y apunta que en caso de no proporcionar esos elementos se deberá compensar al asalariado los gastos “con resguardo de su indemnidad patrimonial”.

Otro capítulo refiere a la protección de datos personales de modo tal de asegurar el derecho a la intimidad. En ese sentido, señala que los empleadores deberán “informar en forma previa al acceso a los dispositivos informáticos en forma remota” y que esa acción “deberá limitarse a aspectos vinculados con el objeto del contrato o la relación”.

En tanto que el domicilio para los teletrabajadores será considerado “un ámbito protegido” por lo cual los eventuales controles e inspecciones de los empleadores “deberán contar con autorización previa”. Además, plantea una garantía respecto del “derecho a la desconexión digital durante tiempo de descanso y las licencias”.

En el proyecto que presentó la CTA de los Trabajadores se establece previo a la instauración del teletrabajo deberá haber una comunicación a la organización sindical de la respectiva actividad y la habilitación de un período de “consultas y negociación de 20 días” antes de su aplicación efectiva. Otro capítulo distintivo de esa iniciativa es que establece que “por lo menos la tercera parte de la extensión semanal” de las tareas de cada trabajador “deberá ser cumplida en el lugar de trabajo en que se desarrolle la actividad empresaria o en alguno de sus establecimientos”. De este modo se busca asegurarle al asalariado un espacio de referencia para la sujeción del vínculo.


Fuente: https://www.ambito.com/politica/ministerio-trabajo/teletrabajo-opcional-y-reversible-acuerdo-gobierno-y-gremios-n5109366

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