Ordenan mensurar y entregar el título de propiedad comunitaria a la Lofche Buenuleo

La definición de la Justicia Federal la dio a conocer la comunidad mapuche que mantenía un reclamo sobre las tierras ubicadas al pie del cerro Ventana. Criticaron a los “especuladores inmobiliarios” y garantizaron que los barrios Pilar I y II quedarán por fuera del relevamiento por decisión del grupo.

La comunidad mapuche Lofche Buenuleo, que mantenía un reclamo sobre unas 600 hectáreas de tierras en el cerro Ventana, comunicó el jueves (15/4) que el juez Federal de Bariloche, Gustavo Zapata, le ordenó al Estado Nacional, por intermedio del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que en un plazo de 90 días realice la mensura del territorio y que: “…concluido ello, ejecute los actos tendientes a la instrumentación de la propiedad comunitaria en favor de la comunidad accionante”.

La sentencia se dio a conocer el 13 de abril y, según entendieron desde la comunidad, “subsana la demora estatal en dar seguridad jurídica a los derechos territoriales de los pueblos originarios”.

El Juez corroboró que el territorio de los Buenuleo ya fue reconocido por el Estado mediante la resolución 90/2020 del INAI, “un paso necesario pero incompleto para garantizar la instrumentación efectiva del reconocimiento en un Título de Propiedad Comunitario de acuerdo a lo estipulado por el art. 75 inc. 17 CN, 14 Convenio 169 de la OIT, 26 a 28 de la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas, que impone inscribir en los registros públicos de catastro y de la propiedad inmueble -así como los que se creen en lo sucesivo- la realidad territorial indígena para que sea respetada por toda la sociedad”.

Desde la comunidad se hizo hincapié en la reforma constitucional de 1994 en la que “los constituyentes declararon que la finalidad del art. 75 inc. 17 es reparar la deuda histórica de la Nación argentina con los Pueblos indígenas argentinos, obligándose a adoptar todas las medidas adecuadas, asignando los recursos y generando los mecanismos existentes para hacerlos efectivos. La sentencia es una medida adecuada en tal sentido”.

“La sentencia es un logro para la Comunidad Mapuche Buenuleo frente a una seguidilla de acciones judiciales en su contra que afectan la paz de su espacio comunitario, donde sus integrantes sufrieron agresiones violentas y viven bajo amenazas constantes de quienes presionan para el desmembramiento y la venta especulativa del territorio de ocupación tradicional comunitario”, agregaron.

En un proceso anterior, la comunidad mapuche pidió a la justicia federal que, en base al relevamiento territorial del INAI, se cumpla con la mensura definitiva del territorio (que se inscribe en el catastro) y que se extienda un título que instrumente la posesión y propiedad comunitaria para dotarla de seguridad jurídica y poder continuar repeliendo los intentos de despojo de su territorio.

“Los especuladores inmobiliarios han intentado infructuosamente confundir a la población barilochense y de la provincia para generar odio racial contra la comunidad. Frente a ello, la Comunidad reitera que los barrios Pilar I y Pilar II, por decisión de la comunidad, están fuera del relevamiento territorial y por ende no abarcados como superficie de esta decisión judicial. Como tantas veces se recalcó, la Comunidad abraza a los vecinos de dichos barrios y los apoya para que puedan regularizar su situación”, explicaron en una comunicación.

Fuente: https://www.bariloche2000.com/noticias/leer/ordenan-mensurar-y-entregar-el-titulo-de-propiedad-comunitaria-a-la-lofche-buenuleo/132368

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