La Cámara de La Plata ordenó que se sigan investigando las responsabilidades penitenciarias en la causa Mónica Mego

Durante su detención, Mónica Mego quedó parapléjica por una infección en la médula provocada por un cuadro de tuberculosis no atendido a tiempo. Durante seis meses, primero en la Alcaidía de Pettinato y luego en la Unidad 32 de Varela, la mujer trans reclamó atención médica sin ser escuchada. El fiscal Marcelo Martini reconoció que hubo abandono de persona pero planteó su incompetencia; argumentó, en base a una pericia cuestionada por la querella, que la desatención de la salud comenzó recién en la cárcel de Varela. Ahora, la Cámara de Apelaciones de La Plata le devolvió la instrucción y ordenó que se sigan investigando las responsabilidades penitenciarias en ambos establecimientos. El recurso había sido presentado por la Comisión Provincial por la Memoria que, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, patrocina a la víctima.

La causa penal por la desatención de la salud en el encierro de Mónica Mego, que derivó en una paraplejía, recayó desde un comienzo en la Unidad Fiscal N° 3 de La Plata, a cargo de Marcelo Martini. El fiscal reconoció la gravedad institucional del hecho y que hubo abandono de persona por parte de funcionarios penitenciarios que debían velar por la salud de Mónica.

Sin embargo, Martini se declaró incompetente para continuar con la investigación, el juez de garantías Silva Pelossi coincidió con el fiscal y remitió la causa a la justicia de Florencio Varela. El planteo se basó en una pericia médica que fue cuestionada por la querella, el fiscal determinó que durante la detención de la mujer trans en la Alcaidía de Pettinato, en la ciudad de La Plata, recibió asistencia médica adecuada y que “las conductas activas y omisivas” que contribuyeron a la lesión irreversible tuvieron lugar durante la permanencia de Mónica Mego en la Unidad Penitenciaria 32 de Varela, establecimiento al que fue trasladada en febrero.

Esta semana, la sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de La Plata –integrada por Carlos Argüero y Miriam Ermili– declinó el pedido de incompetencia y devolvió las actuaciones al Juzgado de Garantías N° 2 para que la causa siga tramitándose bajo los mismos órganos judiciales.

En respuesta al recurso presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y el abogado Manuel Bouchoux, copatrocinantes de Mego, el fallo de la Cámara sostiene que, en esta instancia procesal, es prematuro determinar que la mujer fue bien asistida durante su detención en la Alcaidía platense.

En consonancia con la presentación de la particular damnificada, Argüero y Ermili reconocieron que el informe pericial contrasta con el testimonio de la víctima y que el fiscal en su valoración ignoró el relato y las denuncias de la mujer.

El dictamen de la perito médica forense Silvina Cabrera, mediante el análisis de la historia clínica, asegura que recién el 21 de febrero de 2019, cinco días después de haber sido trasladada desde la Alcaidía hacia la UP 32 de Florencio Varela, aparece por primera vez el síntoma del dolor lumbar. Y que, hasta ese momento, se habían realizado los procedimientos diagnósticos y terapéuticos adecuados.

Para la Cámara, hay elementos en la causa que arrojan incertidumbre sobre esta pericia: uno es el relato de la víctima, quien denunció que comenzó a sufrir dolores en la espalda en octubre de 2018, en ese momento fue derivada para un examen urológico que no permitió arribar a ningún diagnóstico; en los meses siguientes, aún detenida en la Alcaidía Pettinato, el cuadro se fue agravando sin recibir asistencia.

El segundo elemento que la Cámara evaluó para justificar la existencia de dudas sobre el informe pericial es la veracidad de la historia clínica. En su voto el juez Carlos Argüero sostuvo: “[…] como bien señalan los letrados impugnantes resulta cuanto menos cuestionable pero esperable, que dichas documentaciones no den a conocer en un todo las circunstancias de lo que en realidad sucedió o que no plasmen todo lo que rodeaba en ese momento a la atención médica dispensada a la causante”.

Frente a esta situación de incertidumbre en el estado procesal, y para garantizar una investigación integral, “sin efectuar fragmentaciones en tramos de la conducta presuntamente ilícita denunciada, que atentaría contra la verdad de los hechos”, la Cámara ordenó que se sigan investigando las responsabilidades penitenciarias por la desantención de la salud de Mónica Mego, que derivaron en su estado de salud irreversible.

El caso de Mónica, la desidia y abandono de la salud penitenciaria

Mónica, mujer trans, peruana, fue detenida en octubre de 2018 y alojada en la Alcaidía Pettinato de La Plata; dos meses después de su detención, comenzó a sufrir dolores persistentes en la espalda y fue derivada para un examen urológico en la Unidad Hospitalaria 22, que no permitió arribar a ningún diagnóstico. Los dolores se fueron intensificando cada vez más, acompañados por fiebre nocturna y escalofríos. Con el tiempo comenzó a notar también dificultades para caminar, al punto que necesitaba de sus compañeras para movilizarse.

En enero de 2019, cuando aún seguía en la Alcaidía, ella mismo detectó una gran protuberancia en su columna; una vez más, no recibió ninguna asistencia. En febrero fue trasladada a la Unidad Penitenciaria 32 y allí su estado de salud se agravó. El dolor ya le resultaba insoportable, tanto que gritaba y lloraba de dolor, sin embargo el Servicio Penitenciario le negaba cualquier gestión para atenderse extramuros. En Sanidad sólo la examinaban superficialmente y le daban ibuprofeno y paracetamol que para ese entonces ni siquiera servían como paliativo a sus dolores.

Recién después de seis meses de dolores, y cuando el estado de salud ya era de extrema gravedad, el Servicio Penitenciario Bonaerense realizó la primera gestión para la atención extramuro: el 20 de marzo, Mónica debía atenderse en el Hospital “Mi pueblo” de Florencio Varela; sin embargo, debido a la tardanza de los agentes penitenciarios encargados de llevarla al Hospital, perdió el turno médico.

Para ese entonces, Mónica prácticamente ya no podía desplazarse; estuvo dos días en la Unidad 32 y fue trasladada a la cárcel hospitalaria de Olmos, donde le hicieron placas y la derivaron al Hospital San Martín de La Plata. Cuando llegó al nosocomio, ya era demasiado tarde: fue operada de un absceso epidural en la médula por tuberculosis. La infección derivó en la paraplejía y los médicos aseguraron que el estado irreversible de su salud podría haberse evitado si se trataba a tiempo.

En todo momento, la desatención de la salud en el encierro se combinó con otras torturas y un trato discriminatorio por su condición de género.

Mónica Mego fue entrevistada por un equipo del Comité Contra la Tortura de la CPM durante su internación en el San Martín y desde entonces la patrocina: el organismo denunció los hechos ante la justicia y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Actualmente, Mónica está con prisión domiciliaria y vive en una pensión en CABA. El pedido de sobreseimiento de su casa sigue sin resolverse.


Fuente: https://www.andaragencia.org/la-camara-de-la-plata-ordeno-que-se-sigan-investigando-las-responsabilidades-penitenciarias-en-la-causa-monica-mego/

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