Fesprosa en la Mesa Sindical por Ganancias

Con la firma del legislador Sergio Palazzo, la Mesa Sindical que integra Fesprosa respaldó en Diputados un proyecto de ley para que no paguen ganancias los trabajadores que cobren hasta $641.070.

Se llevó adelante una nueva reunión de la Mesa Sindical que integra Fesprosa, de la que participó José Luis Lotoquis (Fesprosa Buenos Aires) en la sede de APSEE.

En la misma se habló del Proyecto de Ley para que no paguen ganancias los trabajadores que cobren hasta $641.070, que presentó la Mesa Sindical.

El 27 de octubre ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley 5675-D-2022 firmado por el diputado Sergio Palazzo y los diputados de origen sindical que modifica sustancialmente la ley de impuesto a las ganancias y exceptúa del pago de este injusto tributo a la mayoría de los trabajadores en relación de dependencia.

La primera referencia es la razonabilidad: se toma como punto de partida el mayor de los valores entre el Salario Mínimo, Vital y Móvil ($47.850 en agosto) y la Canasta Total del Hogar Tipo 2 ($128.214,11). El proyecto estipula que sean eximidos del impuesto a las ganancias los trabajadores que no superen cinco veces el valor de la Canasta Total. Esa cifra es equivalente a $641.070 mensuales a agosto 2022.

La segunda referencia es el criterio reparador: el proyecto exceptúa del cálculo para tributar a los siguientes rubros: antigüedad, zona desfavorable, adicionales por turno, horas extras, adicional función o por responsabilidad jerárquica y fallo de caja. También a los bonos por productividad, bonificaciones, gratificaciones o conceptos de similar naturaleza hasta el 40% de la ganancia no imponible para salarios que no superen 15 veces el valor del SMVM u 8 veces el valor de la Canasta Total del Hogar Tipo 2. Es decir, para aquellos salarios que no superen $1.025.712,88.

La tercera referencia es el sentido común: el proyecto exceptúa del pago del impuesto a las ganancias a todos los jubilados y pensionados

En otro orden, estipula un aumento de las deducciones especiales incrementales, una reforma de la tabla del Artículo 94 que la dota de mayor progresividad y sostiene el aumento del 22% de los valores económicos a tomar en cuenta cuando se trate de trabajadores de la Patagonia.

En los considerandos sostiene con claridad que el salario no es ganancia porque tiene carácter alimentario y detalla la historia del tributo en cuestión: el Impuesto a los Réditos (decreto 11.682) nació para las empresas y la Ley del Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628) nació para evitar la evasión fiscal de los empresarios que simulaban sus ganancias y las camuflaban como remuneraciones. Evidentemente, con el tiempo este principio se fue degradando y su ampliación derivó en la actual situación que, en muchos casos, tiene características confiscatorias.

“Sostenemos que las y los trabajadores tenemos una nueva herramienta para disputar el principio de igual trato ante la ley. Necesitaremos un alto grado de unidad, organización y participación para impulsar la sanción de este proyecto de ley”, señalaron desde la Mesa Sindical El Salario No es Ganancia.

Y finalizaron: “Somos más de un millón de trabajadores involucrados contra el injusto impuesto al salario. Esa energía organizada puede democratizar parcialmente la cuestión impositiva en nuestro país. No hace falta que castiguen a los trabajadores. Busquen donde realmente hay ganancias. Son muchos menos y se apropian de mucho más”.

Adhieren:

APSEE – APSAI – APSMBA – APJBO – APDFA – CEPETEL – AEJBA – AJ Bonaerense – FJA – APJ GAS – SIPREBA – FAPJRA – APJ Televisión Pública – ABP Buzos – ASIJEMIN – Asociación Bancaria – SIUNFELTRA -UPJ Bco. Pcia. Bs. As. – UPSF – FTCIODyARA – FOETRA Bs. As. – UPJET – SECASFPI – SOEPU – FGB -AGTSyP – ASSRA – APDESBA – UPJeT – Petroquímicos de B. Blanca – APJ CBA – APLA – AEPJN – FETERA -Sind. Químico Papelero de Cap. Bermudez – SOERM – FESPROSA – SECEIC – SUTEPA.

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