Estiran cuatro meses la obligación para las empresas de contar con guarderías

La norma regirá desde el 23 de marzo pero hasta el 31 de julio se abrirá un plazo de negociación para adecuarla a cada actividad. De mínima deberán pagar una compensación.

El Gobierno acordó con la CGT y cámaras empresarias estirar cuatro meses la vigencia plena de la norma que obliga a las compañías con más de cien trabajadores a contar con guarderías, en tanto que a partir del 23 de marzo regirá como mínimo una compensación dineraria equivalente a 36 mil pesos para los empleados con hijas o hijos menores de cuatro años y mayores de 45 días. El entendimiento establece, además, que hasta el 31 de julio las empresas sin espacios de cuidado deberán negociar con el sindicato correspondiente un mecanismo para implementar la obligación mediante su emplazamiento, la tercerización del servicio o bien, un sistema de reembolsos definitivo.

El texto del acuerdo, al que accedió este diario, fue firmado ayer en el Ministerio de Trabajo por la central obrera junto con la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara de la Construcción (Camarco). También participó el Ministerio de las Mujeres. Mediante ese pacto el Gobierno definió un sendero de aplicación del decreto reglamentario 144/22 que doce meses atrás, y luego de 47 años de mora, puso en valor la obligatoriedad contemplada en la ley de contrato de Trabajo de 1976.

El documento suscripto parte de la base del incumplimiento generalizado por parte del sector privado de una norma que otorgó un plazo de un año para su entrada en vigor. Como había anticipado este diario, el Gobierno tenía en carpeta flexibilizar las condiciones de la reglamentación, que les imponía a las empresas contar desde la semana próxima con establecimientos de cuidado para menores o bien con un mecanismo pactado en el ámbito de la negociación colectiva para reemplazarlo por una compensación dineraria.

El texto acordado establece que “en aquellos casos en los que el convenio colectivo aplicable al establecimiento no se hubiera previsto ningún régimen o modalidad respecto a la aplicación de la norma” contemplada en el decreto 144 “y no existiera ningún acuerdo (colectivo) al respecto” el empleador podrá reemplazar la guardería propia “por la modalidad de reintegro de gastos”. El monto mínimo fijado para el reembolso es equivalente al 40% del salario de las personas que desarrollan tareas de cuidado bajo el convenio de Casas Particulares, que en la actualidad es de 36 mil pesos.

Es decir que a las limitantes que fijó el decreto reglamentario respecto de la norma de 1976, como establecer su vigencia para empresas con más de cien trabajadores, el acuerdo firmado le sumó que en lugar de disponer una compensación universal, cada asalariado se verá obligado a presentar una factura por los servicios gastados en guardería o bien, el recibo de sueldo de la persona empleada a tales fines. Se trata de una inversión de la carga de la prueba que no rige, por caso, para el pago de las asignaciones familiares por parte del Estado que se hacen de manera automática a todos los trabajadores con hijos a cargo.

El acta incluyó un artículo relacionado con el período de cobertura de la norma para aclarar que regirá entre los 45 días de vida y los tres años inclusive, es decir hasta el momento en que el o la menor cumplen 4. El criterio en este caso es que hasta entonces la escolaridad no es obligatoria. Acudieron a la firma dos secretarios generales de la CGT, Héctor Daer y Carlos Acuña, junto con Andrés Rodríguez (estatales, UPCN), Rodolfo Daer (Alimentación) y Alejandro Salcedo (docentes bonaerenses, Udocba); el presidente de la UIA, Daniel Funes de Rioja, con el abogado patronal Juan José Etala, y el titular de Camarco, Gustavo Weiss, entre otros. Estuvieron presentes las ministras Raquel “Kelly” Olmos, de Trabajo, y Ayelén Mazzina, de Mujeres, Géneros y Diversidad.


Fuente: https://www.ambito.com/estiran-cuatro-meses-la-obligacion-las-empresas-contar-guarderias-n5675923

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *