Por: David Alí Condori[1]
El Decreto Supremo 5503, promulgado por el gobierno de Rodrigo Paz Pereira en medio de una profunda crisis económica y social, no parece una simple medida coyuntural para enfrentar el desabastecimiento de combustibles y la escasez de dólares. Sino una decisión que marca el desmontaje de un tipo de economía con intervención estatal construido desde 2006, y el retorno del neoliberalismo bajo el discurso de “emergencia económica”.

El gobierno ha intentado legitimar esta medida destacando algunos beneficios sociales, como el incremento de la Renta Dignidad, el aumento al bono Juancito Pinto y el alza del salario mínimo. Sin embargo, estos anuncios cumplen más una función distractiva en la población. Aunque son paliativos que buscan amortiguar el impacto social del levantamiento de la subvención a los hidrocarburos.
Ante este hecho, diversos sectores sociales se han pronunciado en contra, anunciando bloqueos de caminos, marchas de protesta y huelgas. Sin embargo, en los primeros días de vigencia del Decreto Supremo 5503, las movilizaciones no han tenido el éxito esperado, porque gran parte de la protesta social se ha focalizado únicamente en el levantamiento de la subvención a los hidrocarburos, dejando de lado otros aspectos estructurales del decreto.
En este contexto surgen varias interrogantes fundamentales: ¿cuál es el trasfondo real del Decreto Supremo 5503?, ¿representa un giro en el modelo económico boliviano? Estas y otras preguntas ameritan ser reflexionadas en esta coyuntura política-económica que vive el país.
Para comprender el alcance de esta norma, es necesario remitirse a la historia reciente. En 2006, con la llegada de Evo Morales a la presidencia, Bolivia inauguró un nuevo ciclo histórico caracterizado por el abandono del modelo económico neoliberal y la implementación del denominado Modelo Económico Social Comunitario y Productivo (MESCP). Este modelo otorgó al Estado un rol protagónico en la economía, impulsando empresas estatales y políticas de redistribución mediante bonos sociales. Durante el periodo de bonanza económica, el modelo fue ampliamente reconocido, teniendo como principal referente al entonces ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce Catacora, quien incluso fue invitado a exponerlo en foros académicos internacionales, como la Universidad de Harvard en 2016.
No obstante, la disminución de las reservas de gas y la escasez de dólares marcaron el inicio de una crisis económica que coincidió con la debacle política del Movimiento al Socialismo (MAS), sumido en divisiones internas y disputas por el liderazgo.
Es en este escenario, Rodrigo Paz Pereira asume la presidencia de Bolivia, con un discurso que busca diferenciarse del pasado reciente, afirmando que “no es enemigo de los ricos, pero es más amigo de los pobres”, evocando el estilo político de Gualberto Villarroel. Asimismo, introduce consignas como “capitalismo para todos” y “Bolivia se abre al mundo”, marcando una clara orientación hacia la liberalización económica.
Si bien el levantamiento de la subvención a los hidrocarburos fue una propuesta común entre los candidatos durante la campaña electoral —con la diferencia de que algunos planteaban una aplicación gradual—, Rodrigo Paz Pereira también sostenía esa gradualidad. Sin embargo, a poco más de un mes de iniciado su gobierno, se promulgó el Decreto Supremo 5503, justificando como respuesta a una crisis económica y financiera heredada del MAS, caracterizada por el desabastecimiento de combustibles y la corrupción en empresas estatales como Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). En consecuencia, el gobierno declaró la emergencia económica nacional.
Más allá de esta declaratoria y del levantamiento de la subvención a los hidrocarburos, el Decreto Supremo 5503 representa un giro de 360 grados en la orientación económica del país, pasando de un modelo con fuerte presencia estatal a uno basado en el libre mercado. En otras palabras, se trata de la aplicación de una segunda versión del neoliberalismo. Así lo evidencia el Capítulo II del decreto, referido a la protección y promoción de inversiones nacionales y extranjeras, garantizando seguridad jurídica por un plazo de quince años en sectores estratégicos como minería, hidrocarburos y energía, generación eléctrica y energías renovables, agroindustria y alimentos, infraestructura logística y transporte, y manufactura con orientación exportadora.
Asimismo, el decreto establece que los contratos de inversión estratégica entre el Estado y los inversionistas serán aprobados mediante Decreto Supremo, y no por la Asamblea Legislativa Plurinacional, como lo dispone la Constitución Política del Estado en su artículo 158, numeral 12. A ello se suma que la aprobación de estos proyectos deberá realizarse de manera expedita (fast track), en un plazo máximo de 30 días calendario desde la presentación de la solicitud, bajo la amenaza de responsabilidad administrativa, civil y penal en caso de incumplimiento (artículo 12 del Decreto Supremo 5503).
Esta disposición entra en tensión directa con la Constitución Política del Estado, que en su artículo 359 establece que, en cuanto, a los hidrocarburos son de propiedad inalienable e imprescriptible del pueblo boliviano, y que ningún contrato, directa o indirectamente, puede vulnerar este principio. De hacerlo, dichos contratos serían nulos de pleno derecho y quienes los suscriban incurrirían en el delito de traición a la patria.
Además, si los contratos se tramitan por la vía rápida en un plazo de 30 días, surge una pregunta clave: ¿dónde queda el derecho a la consulta previa, libre e informada de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, en caso de que los recursos naturales objeto de contrato se encuentren en sus territorios?
El Decreto Supremo 5503, más allá de levantar la subvención a los hidrocarburos y otorgar beneficios sociales como el incremento de la Renta Dignidad, el bono Juancito Pinto y la creación del bono PEPE (Programa Extraordinario de Protección y Equidad) de 450 bolivianos anuales para las familias más vulnerables —similar a los bonos creados en la época de las privatizaciones, como el bono Sol—, constituye un claro giro hacia la liberalización del mercado y sienta las bases para una eventual privatización de los recursos estratégicos del país.
Finalmente, es necesario señalar que el análisis y el debate público no deben centrarse únicamente en el incremento del precio de los hidrocarburos, sino en el espíritu y el contenido estructural del Decreto Supremo 5503. El Estado parece deslindar progresivamente su responsabilidad para transferir la importación de combustibles al sector privado. Además, los precios establecidos en el decreto tienen un carácter transitorio de seis meses, lo que abre una interrogante inevitable: ¿concluido este periodo, se avecina un nuevo gasolinazo?
[1] David Alí Condori es sociólogo e integrante de la Comunidad Académica de Estudios Sociales (CAES)


