La Justicia hizo lugar a un pedido de cautelar de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación (UEJN) y suspendió los artículos de la reforma laboral relativos al traspaso a la órbita porteña de la Justicia Nacional del Trabajo. Lo resolvió el juez nacional Herman Mendel. La semana pasada, el juez Enrique Lavié Pico había rechazado un pedido similar de la CGT.

Hace instantes se dio a conocer la resolución del Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo Número 30, que hizo lugar a la demanda de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación (UEJN).
El sindicato judicial reclamaba la nulidad e invalidez constitucional de los artículos de la denominada “Ley de Modernización Laboral”, incluidos por la ventana en el trámite exprés que tuvo en el Congreso, que establecen la transferencia de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
Protesta esta mañana de judiciales del fuero laboral en el Palacio de Justicia. Video: Indymedia Argentina.
El juez nacional Herman Mendel hizo lugar al pedido gremial, que también reclamaba “la abstención respecto del dictado y/o instrumentación de cualquier acto que implique la transferencia de funciones judiciales de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires”.
De esta manera, el magistrado resolvió la suspensión de “la totalidad de los efectos del Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, integrante como Anexo I de la ley 27.802, hasta el dictado de la sentencia definitiva sobre el mérito”.
La resolución se dio a conocer en momentos en que trabajadoras y trabajadores judiciales del fuero laboral estaban realizando una protesta ante el Palacio de Justicia, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que festejaron la noticia.


