La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le otorgó efecto suspensivo a la apelación del Gobierno contra la cautelar de la CGT, restituyendo la vigencia de la reforma laboral de Milei que destruye derechos históricos de la clase trabajadora argentina.

En un fallo que representa un revés, al menos temporal, para la Confederación General del Trabajo (CGT), la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este jueves otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación interpuesto por el Estado nacional contra la medida cautelar que había suspendido la vigencia de más de 80 artículos de la ley 27.802, impulsada por el gobierno nacional de ultraderecha y aprobada el 27 de febrero pasado por el Congreso de la Nación.
El 30 de marzo pasado, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 72, a cargo del Dr. Raúl Horacio Ojeda, había hecho lugar a la medida cautelar presentada por la CGT al considerar que existen indicios serios de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables si la norma entra plenamente en vigencia.
En el fallo de hoy, los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifican la resolución del 7 de abril que había concedido la apelación gubernamental solo “en relación y con efecto devolutivo”. Ahora los magistrados suspenden la cautelar y le devuelven la vigencia a los artículos de la ley hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Lo que implica que hasta que el tribunal de alzada se expida de manera definitiva, la Reforma Laboral vuelve a estar en vigencia en su totalidad.
Esta decisión de la Justicia fue celebrada por el propio Milei y distintos funcionarios nacionales, como la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. “La Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno nacional. VLLC!”, escribió Pettovello en su cuenta de X.
Su mensaje fue compartido en redes por Milei, quien agregó: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO…!!!”.
La regresividad avanza
Los artículos que vuelven a tener vigencia comprenden el corazón de la destructiva ley denominada “de Modernización Laboral”
Entre ellos se encuentran los que regulan el régimen de indemnizaciones, la ampliación de facultades del empleador, la flexibilización de condiciones laborales y las amplias restricciones a la actividad sindical y al derecho de huelga.
También los que crean el llamado “Fondo de Asistencia Laboral” (FAL), que desfinancia a la ANSES y crea un fenomenal negocio para unos pocos actores del sector financiero.
Una descripción detallada de los artículos alcanzados por la medida de la CGT otorgada por el juez Raúl Ojeda y ahora puestos nuevamente en vigencia por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino se encuentra en nuestra nota del 30 de marzo:
Cautelar de la CGT: el Poder Judicial suspendió 80 artículos de la reforma laboral


