Desalojos exprés y represión a comunidades indígenas en todo el país anticipan el modelo de la “Ley de Inviolabilidad”

En las últimas semanas, distintos territorios indígenas del país volvieron a quedar bajo amenaza o directamente fueron escenario de desalojos ejecutados por fuerzas represivas. En los casos de las comunidades mapuche Kinxikew y Melo de Villa La Angostura (Neuquén), la Comunidad Santa Rosa de Humahuaca (Jujuy) y la comunidad Mbya Guaraní de Puente Quemado II de Garuhapé (Misiones), se repite un patrón de intervención estatal y judicial que avanza sobre comunidades. Aunque la llamada “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada” aún no fue sancionada en Diputados, su media sanción en el Senado ya aparece como telón de fondo de estos procesos. Las comunidades advierten que el endurecimiento del marco legal y la aceleración de los desalojos configuran un escenario donde, en los hechos, se anticipa la aplicación de un modelo que busca facilitar la expulsión de quienes habitan y resguardan los territorios, amparados por la Constitución Nacional, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan. ¿La nueva legislación que impulsa el gobierno de Javier Milei viene a crear un escenario o, más bien, a darle forma legal a una ofensiva que ya comenzó?

La llamada “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada” obtuvo media sanción en el Senado el 7 de agosto, con 37 votos a favor y 33 en contra, y ahora debe ser tratada por la Cámara de Diputados. Entre otras modificaciones, el proyecto establece que las acciones de desalojo se tramiten mediante un juicio sumarísimo y contempla la posibilidad de una restitución anticipada del inmueble, cuando “exista verosimilitud del derecho del propietario”.

Aunque la norma todavía no está vigente y espera a su tratamiento final en Diputados, en las últimas semanas distintos desalojos y órdenes de desalojo contra comunidades indígenas permiten advertir un mecanismo que se parece al que el proyecto busca acelerar. Así, en Neuquén, Jujuy y Misiones la propiedad privada aparece como argumento central de procedimientos que avanzan sobre territorios ancestrales reivindicados por las comunidades, amparadas por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.

Repasando los últimos casos, el más reciente ocurrió en Neuquén, cuando las comunidades mapuche Kinxikew y Melo sufrieron este miércoles 19 de agosto un desalojo sobre el territorio que resguardan colectivamente desde 2011, ubicado entre los kilómetros 2082 y 2083 de la Ruta Nacional 40, en cercanías de Villa La Angostura. Las comunidades habían alertado inicialmente por un operativo previsto para el 20 de agosto y, posteriormente, denunciaron que podía adelantarse, tras advertir la llegada de efectivos del y de Gendarmería. Finalmente, el desalojo se concretó, en un conflicto que arrastra varios intentos de desalojo y una disputa judicial de larga duración.

Antes, en Humahuaca, Jujuy, el pasado lunes 10 de agosto, un operativo de la Policía provincial desalojó con represión a familias de la Comunidad Santa Rosa. Según las denuncias difundidas tras el procedimiento, hubo más de cien efectivos, balas de goma, mujeres con niños retiradas por la fuerza y ocho personas detenidas. También fueron denunciadas viviendas destruidas durante el operativo.

Las familias desalojadas permanecen actualmente a la intemperie y sin un lugar donde vivir, luego de que las topadoras destruyeran sus viviendas. Ante la falta de respuestas, levantaron precarias carpas y ranchos y buscan refugio entre familiares y vecinos, mientras intentan resolver especialmente la situación de niños, niñas y adultos mayores. La comunidad continúa en permanencia para recuperar el territorio y en estado de alerta frente a nuevos episodios de hostigamiento.

Las familias de la comunidad cuestionan la decisión judicial y señalan que existía un antecedente de error en la demarcación catastral. La violencia del procedimiento, sin embargo, volvió a colocar en primer plano una discusión que atraviesa a las comunidades indígenas: qué ocurre cuando una orden de restitución de la propiedad entra en contradicción con derechos territoriales reconocidos por la Constitución y por normas internacionales.

En tanto, el pasado martes 28 de julio, alrededor de 50 efectivos policiales ingresaron al territorio de la comunidad Mbya Guaraní Puente Quemado II, en Garuhapé (Misiones) para ejecutar una orden de desalojo. La medida fue dictada por el Juzgado de Instrucción N° 2 de Jardín América en una causa por supuesta “usurpación” y alcanzaba los lotes 71 a 78. La defensa había apelado la resolución y el desalojo debía dejarse sin efecto porque la apelación tenía efecto suspensivo. Sin embargo, se dio igual.

La secuencia dejó una situación particularmente significativa: la comunidad fue desalojada y, 48 horas después, el Ministerio Público Fiscal dictaminó que la medida debía dejarse sin efecto. Las familias finalmente regresaron al territorio. La defensa había cuestionado además que la decisión judicial omitiera considerar el relevamiento territorial realizado en el marco de la Ley 26.160 y otros derechos específicos de los pueblos indígenas reconocidos constitucionalmente. En tanto, en un video reciente, la comunidad Mbya Guaraní Puente Quemado II denunció por amenazas al empresario forestal Alfredo Ruff, después del desalojo del territorio que habitan.

Con o sin ley, las comunidades indígenas enfrentan una ofensiva territorial en todo el país

Los tres casos se producen después de una modificación sustancial del escenario jurídico: en diciembre de 2024, el Gobierno nacional derogó el decreto que prorrogaba la emergencia territorial indígena y declaró finalizada la emergencia establecida por la Ley 26.160 junto con la suspensión de desalojos prevista por esa norma. Así, todo un andamiaje de protección que durante años había frenado ejecuciones de desalojos dejó de operar, mientras avanzan nuevas causas y medidas judiciales.

Este escenario se ve agudizado porque, si bien de la llamada “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada” se cayeron los capítulos de extranjerización de la tierra y de modificación de la Ley de Manejo del Fuego, avanzó con media sanción en el Senado con los capítulos referidos a los desalojos exprés y los límites a las expropiaciones, incorporando el pago previo y de lucro cesante.

El fenómeno excede a las comunidades indígenas: en Salta ingresaron 199 causas de desalojo a la Justicia durante 2026 hasta el 24 de julio. 160 correspondientes al Centro y 39 al interior. La cifra equivale a dos de cada tres causas registradas durante todo 2025. El propio proyecto de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada” aparece mencionado en ese contexto, mediante juicios sumarísimos y restituciones anticipadas.

Por eso, aunque la ley todavía no fue sancionada y sus disposiciones aún no están vigentes, los hechos muestran una tendencia que resulta difícil de ignorar: mientras el Congreso discute una reforma destinada a hacer más rápidos los desalojos, en los territorios indígenas ya se multiplican las órdenes, los operativos y las ejecuciones, mientras la Constitución reconoce específicamente la posesión y propiedad comunitaria de las tierras tradicionalmente ocupadas.

En este contexto, ¿la nueva legislación que impulsa el gobierno de Javier Milei viene a crear un escenario o, más bien, a darle forma legal a una ofensiva que ya comenzó?


Fuente: https://www.anred.org/desalojos-expres-y-represion-a-comunidades-indigenas-en-todo-el-pais-anticipan-el-modelo-de-la-ley-de-inviolabilidad/

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