La resolución del Juez Leónidas Moldes abre las puerta a la impunidad en el asesinato de Rafael Nahuel, y al mismo tiempo lo deja a un paso de la recusación. Sólo tres minutos pasaron entre la recepción de la segunda pericia balística y el fallo de 111 páginas que procesó a los Albatros bajo la figura de “exceso en legítima defensa”. Los audios “verosímiles” y las indagatorias no creídas. El martes se presentan las apelaciones.
Leónidas Moldes
13/01/2019
Si el Juez Gustavo Villanueva fue calificado por este medio como “el lento”, en relación a las demoras del expediente por el asesinato de Rafael Nahuel; Leónidas Moldes llegó para demostrar que era posible hacerlo todo más rápido. Mal, pero rápido.
Por ejemplo, tomando en cuenta las notificaciones obrantes en el sistema, en sólo tres minutos desde la notificación del resultado de la segunda pericia balística escribió su resolución de 111 páginas en la que procesa a cinco miembros del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina bajo la figura de “homicidio agravado cometido con exceso en la legítima defensa”.
Fuentes judiciales confiaron a En estos días que el miércoles 9 de enero pasado a las 12,48 por sistema se notificó de la llegada de la segunda pericia balística, realizada por Gendarmería, sobre el proyectil que mató a Rafael Nahuel. Y que exactamente tres minutos después, Moldes notificó el procesamiento, en una resolución de 111 páginas.
El magistrado posee una capacidad desconocida para resolver y escribir en tan corto lapso, o ya tenía información sobre el resultado de la pericia, que no compartió con las partes.
Esa brevedad impidió también que se notificara fehacientemente a la partes de las conclusiones de la pericia y que se permitiera a los abogados impugnar dicho resultado.
Ese informe planteó que no se puede determinar con certeza si la bala que mató a Rafael fue disparada por el subfusil MP5 del Cabo Primero Francisco Javier Pintos, tal como había establecido de forma indubitable una pericia realizada por los prestigiosos expertos Roberto A. Nigris y Karina N. Uribe por el Juzgado, y Silvia Bufalini por la querella.
Es decir que la Gendarmería sembró dudas sobre la procedencia del disparo mortal y los abogados de la querella -en representación de la familia de Rafael Nahuel- no tuvieron acceso a ese informe y se enteraron del resultado por su inclusión en la resolución de procesamientos.
Además, el resultado no se cotejó con la primera pericia, cuya existencia Moldes pareció desconocer u otorgarle menor valor probatorio por motivos que no explica en su resolución.
Rafael Nahuel
El ocultamiento y sobrevaloración de esa pericia no es el único punto oscuro del fin de la instrucción determinado por el Juez.
Por caso, de forma arbitraria y sin mayor fundamento que su propia valoración personal, consideró verosímiles los cuatro audios que por whatsapp envió el Oficial Principal Pablo Rubén Berra, a cargo del operativo, y quien armó el relato del enfrentamiento gracias a lo que le “contaron” los Albatros que efectuaron disparos.
Berra, sabiendo que su teléfono celular sería secuestrado -“poco más y te piden que entregues el culo”, se quejó- envió cuatro mensajes de voz en los que da forma al relato del enfrentamiento.
Dijo cosas como: “Cuando el segundo grupo (el que había quedado en una posición fija, asegurada) está ascendiendo a la montaña se chocan de frente con una unidad de aproximadamente diez o quince efectivos de estos mapuches. Cuando toman contacto agarran y les dicen ‘Alto Prefectura’, obviamente, como corresponde, y los tipos se desenvuelven, se mueven, ¿no? Forman una cuña, una cuña, y empiezan a tirar… piedras. De esa patrulla, uno tenía una marcadora; empieza a disparar con la marcadora. Cuando los indios reciben la agresión de las marcadoras responden con fuego letal, es decir, con armas letales, primero y fundamental con un calibre 22 y algún arma de otro calibre un poco más grande porque reventaba las ramas de los árboles. Obviamente, los soldados instruidos porque (inaudible) gente de la unidad, todos (inaudible) con infantería, empiezan a descender con disciplina de combate y los tipos avanzaban por saltos individuales, saltos individuales. Esto es lo que me estaban diciendo los muchachos”.
Uno de los Albatros con una honda, en el territorio
Y sobre sus “muchachos”, agregó: “Yo sé y creo y quiero pensar de que ninguno de estos es un enfermo mental y disparó a matar gente porque sí, ¿eh? Inclusive, no dispararon a matar sino que dispararon a los árboles. Eso es lo que me dijeron a mí”.
El Juez Moldes también le creyó a los “muchachos” y, a pesar que dio por cierto que no hubo otras armas más que las oficiales -subfusiles MP5 y pistolas Beretta- en el territorio donde ocurrió el hecho, consideró “verosímil” el relato de Berra, e interpretó que los Albatros fueron sometidos a disparos de armas de fuego. Por ese motivo, la figura de la legítima defensa.
Durante las indagatorias a las que fueron sometidos Fausto Jones Huala y Lautaro González -los dos jóvenes testigos del asesinato y quienes bajaron el cuerpo de Nahuel-, ambos relataron el hecho de forma muy distinta a los dichos de Berra por whatsapp.
La única lesión de uno de los Albatros en el “enfrentamiento”
Jones Huala señaló: “Cuando empezamos a bajar fuimos interceptados por efectivos de Prefectura, no sé cuántos eran, nos gritaron “¡ALTO!” y nos empezaron a disparar. Nos resguardamos un poco, fueron muchos disparos, rebotaban los disparos en los coihues. En un momento miro y veo que cae Rafael. Ahí empecé a gritar que dejen de
disparar, pero siguieron disparando. De repente, no se escuchó más nada. Estaba Rafael en el suelo, me acerqué a verlo y vi que tenía un disparo del lado izquierdo. Le preguntaba cómo estaba y no podía hablar”.
Mientras que Lautaro González dijo: “Nosotros vimos morir a Rafael en nuestras manos, pero yo me entregué para llevar el cuerpo de Rafael, para que no pase lo mismo que con Santiago Maldonado, por lo corruptos que son”. Y agregó: “Antes de que llegara Prefectura, se disponían a bajar ‘a ver qué estaba pasando’, pero se encontraron en el camino con funcionarios de Prefectura y ‘no les dieron tiempo a nada’”. Añadió: “Nos dieron la voz de alto y después empezó la balacera”.
Otros audios y mensajes de texto figuran en el expediente, surgidos de los teléfonos intervenidos de los integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu y personas del exterior.
En ninguno de ellos -obtenidos antes, durante y después del asesinato de Rafael- se habla de uso de armas de fuego, ni ataque armado.
Pero para la Moldes -tal como había explicitado la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich- la palabra de un uniformado -aunque se trate de quienes, según las pericias, hayan disparado entre 114 y 129 balas 9 mm.- es más verosímil que la de los mapuches de la comunidad.
Respecto a la pericia relacionada con la supuesta presencia de pólvora en las manos, una vez más Moldes prefiere dar crédito a un segundo informe que cuestionó los resultados del primero, realizado por el prestigioso Departamento de Caracterización de Materiales del Centro Atómico Bariloche.
El magistrado no resolvió el pedido de nulidad sobre dichas pericias, e incluyó ambos informes, contradictorios en relación a la presencia de pólvora en las manos de Rafael Nahuel.
Otro punto inexplicable en el apuro de Moldes es que tampoco se distribuyó una cédula por la habilitación de feria. Se habilitó de facto, sin comunicar a las partes, para emitir este procesamiento que abre la puerta a la impunidad.
Albatros, horas antes de ingresar al territorio en disputa
Así, el procesamiento, sin prisión preventiva, de Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio García, Sergio Cavia y Carlos Sosa, será apelado el próximo martes, tanto por la querella, en representación de la familia de Rafael, como por los abogados de los también procesados testigos del hecho, Fausto Jones Huala y Lautaro González.
Así, ya sea por una potencial elevación a juicio bajo la figura del “exceso en legítima defensa”, o por una previsible recusación ante las inconsistencias del cierre de la intrucción, Moldes ya no estará al frente del expediente. Y lo logró en sólo dos meses.
Fuente: https://www.enestosdias.com.ar/3373-los-puntos-oscuros-del-procesamiento-de-los-albatros