De acuerdo a la iniciativa, se castigaría a aquella persona que comercialice las costumbres y cultura sin consentimiento de los pueblos indígenas
Foto: Mario Jiménez Leyva
02/03/2019
El diputado Saúl Cruz Jiménez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del estado, a fin de tipificar el delito de apropiación cultural indebida, con una sanción de 3 a 5 años de prisión.
De acuerdo a la iniciativa, se castigaría a aquella persona que sin consentimiento o aprobación de un pueblo o comunidad indígena o afromexicano y sin pertenecer a este, publique, produzca, copie, ejecute, altere o modifique iconografías, diseños, textiles, tejidos, historias, bailes, indumentaria, artesanías y sus respectivos procesos de creación y elaboración o cualquier elemento cultural e intelectual protegido por la ley, con el fin de comercializar o distribuir obras, productos o servicios basados en dichos elementos obteniendo un lucro por ello.
Proponen cárcel
Agrega que al responsable de este delito de apropiación cultural indebida se le aplicará una pena de 3 a 5 años de prisión y una multa de 500 a mil unidades de medida y actualización (UMAS).
Los daños y perjuicios que sean causados por la conducta ilícita deberán ser valorados en atención a las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito y la afectación causada al pueblo o comunidad involucrada.
También propone que se equipare al delito de apropiación cultural indebida el uso o aprovechamiento con fines comerciales de los nombres y denominaciones de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas sin su aprobación previa.
Añade que al responsable del delito se le aplicará una pena de 1 a 2 años de prisión y una multa de 500 a mil unidades de medida y actualización.
Destaca que cuando en la comisión de alguno de estos delitos participe algún funcionario público se incrementará la pena una tercera parte de la mínima hasta una tercera parte de la máxima aplicable.
“Derechos mínimos”
En la exposición de motivos se manifiesta que la preservación del patrimonio cultural es una de las prácticas cotidianas que ejercen los pueblos y comunidades indígenas, lo que hace manifiesta la relación entre su universo simbólico y su patrimonio cultural, son parte de sus expresiones y están relacionadas con sus derechos colectivos y la autodeterminación.
Expresa que la Constitución garantiza derechos mínimos a las comunidades, los cuales pueden ser ampliados para imprimirles características propias que mejor expresen las situaciones y aspiraciones de sus pueblos indígenas, siempre que tales ampliación se realice sin vulnerar el marco institucional al que dichos derechos se encuentran sujetos.
Precisa que en consecuencia el Estado mexicano tiene la obligación de trabajar en su ampliación para garantizar su efectividad, debiendo eliminar los diversos aspectos desfavorables en contra de los pueblos y comunidades indígenas, siendo uno de los más frecuentes la apropiación cultural de sus saberes, prácticas y recursos territoriales, materiales, simbólicos, por parte de personas ajenas a sus comunidades, que utilizan sus elementos culturales típicos despojándolos de su significado originario.
Fuente: https://www.nvinoticias.com/nota/111748/buscan-que-sea-delito-la-apropiacion-cultural