Ante los hechos de público conocimiento acaecidos el pasado lunes 1 de febrero en un campo cercano a la localidad de Los Frentones donde, por un operativo realizado por la Gendarmería Nacional, por orden de la Fiscalía Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, se logró el rescate de 76 trabajadores agrarios entre los cuales se encontraban también dos mujeres menores de edad en condiciones infrahumanas de explotación laboral; desde la Corriente Agraria Nacional y Popular Chaco queremos expresar nuestro más enérgico repudio a este tipo de conductas antijurídicas y violatorias de los derechos más elementales del ser humano perpetradas por los explotadores de siempre en los campos de nuestra provincia.
El contexto de dispersión en el vasto territorio provincial “campo adentro” donde los trabajadores agrarios se desempeñan, sumado a la escasa formación, situaciones de pobreza estructural y con contratantes que se dicen productorxs cuando son verdaderos explotadores, negadores de Derechos laborales y elementales de las personas son un caldo de cultivo para la explotación laboral.
Informamos a la ciudadanía en general que se encuentra vigente la Ley 26.727/11, que regula el trabajo dependiente en el campo. Esta ley consagra, entre otros derechos, una jornada legal de trabajo en 8 horas diarias y 44 semanales de lunes a sábados hasta las 13 hs. y establece parámetros claros para la jornada nocturna; regula estándares mínimos sobre condiciones de higiene y seguridad vinculados con la vivienda, alimentación y traslado de trabajadores; prevé la jubilación ordinaria a los 57 años de edad, sin distinción de sexo y con 25 años de servicios con aportes; brinda garantías contra la tercerización laboral fraudulenta y amplía los supuestos de solidaridad empleadora en relación a la cadena de subcontratación, etc.
También se encuentra vigente la Ley 26.390/08 de Prohibición del Trabajo infantil y protección del trabajo adolescente. El trabajo infantil en el campo representa una forma de violencia y sometimiento que provoca graves e irreversibles consecuencias actuales y futuras para la integridad física, la salud psíquico-física, el desarrollo integral, la necesaria actividad lúdica, el descanso y, sobretodo, la educación de los niños.
Como se podrá advertir, las particularidades que reviste el trabajo en el campo, dificultan su visualización y el tratamiento de sus problemáticas por parte del Estado en todos sus niveles, postergándolos respecto al conocimiento y cumplimiento de los derechos que les otorga la ley vigente, del mismo modo que en cuanto al acceso a servicios sociales básicos, educación, y capacitación en distintas áreas y niveles.
Por tales motivos consideramos, que es el Estado (Nacional, Provincial y Municipal), quien tiene el deber irrenunciable de controlar las acciones u omisiones violatorias de las leyes y reglamentos laborales, salud, higiene y seguridad en el trabajo que se produzca en el territorio provincial, asumiendo un rol activo y protagonista, con el fin de garantizar el pleno goce de sus derechos establecidos en la legislación.
Es por ello que desde CANPO CHACO celebramos la intervención virtuosa y articulada de la justicia federal, las fuerzas de seguridad y los distintos organismos estatales y no estatales que fueron parte del rescate de las 76 personas explotadas laboralmente en suelo chaqueño.
Convocamos a la comunidad en general a denunciar ante las autoridades pertinentes este tipo de atropello a los derechos más básicos del ser humano por parte de quienes se creen impunes a la justicia, para impedir la naturalización de semejante destrato.
POR LA DIGNIDAD DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL CAMPO
POR MAS ESTADO EN EL TERRITORIO
Corriente Agraria Nacional y Popular Chaco