Sobre la Matanza del Pueblo Pilagá: aclaraciones

Con fecha de 21 de febrero se publicó una nota periodística del Expres Diario de Formosa. En aquella nota y con base en una conversación que mantuviera el Grupo de Medios TVO con el Sr. Julio García, se difundieron informaciones incorrectas sobre las causas que tramitan con motivo de la Masacre de Rincón Bomba. Desde la Federación de Comunidades Indígenas de Pueblo Pilagá- que representa jurídicamente a 20 Comunidades, Ancianitos y Sobrevivientes de la referida Masacre- nos vemos obligados a rectificar las informaciones falsas difundidas.

Las autoridades de la Federación Pilagá se organizan en un triunvirato compuesto por sus miembros titulares Cipriana Palomo (Pta. Del Consejo de Mujeres), Bartolo Fernández (Pte. Del Consejo de Representantes) y Ángel Navarrete (Pte. Del Consejo de Ancianos), y sus suplentes Toribia Acosta, Cesar Zalazar y Francisco Contreras, un secretario, Tomas Domínguez, y vocales, entre otros, Juan Luis Arce.

En primer lugar, informamos que el Sr. Julio García no representa a la “Comunidad Pilagá”, ni a ninguna Organización Indígena del Pueblo Pilagá. Los Sres. Julio Cesar García y Carlos Alberto Díaz, abogados en causa civil y penal, y el Sr. Jorge Eduardo Alcantara, abogado en causa penal, han dejado de representarnos hace varios años. En el año 2015, la Federación decidió cambiar de letrados por varios motivos, entre ellos: su deficiente desempeño en los procesos judiciales, la falta de comunicación con la Federación y las Comunidades Pilagá, la falta de Consulta Previa, Libre e Informada, la falta de información sobre los aspectos relativos al proceso en curso. Actualmente, nuestra abogada es la hermana Paula Mercedes Alvarado, quien nos acompaña desde el año 2013. Informamos, además, que debido a esta situación muchas ONGs nos abandonaron completamente.

En segundo lugar, es necesario aclarar que los Sres. Carlos Díaz y Julio García solo representan legalmente a tres personas, los hermanos Juan Córdoba, Juan González y Ramona Giménez, quienes les han otorgado poder en interés propio.

Ello quedó definitivamente establecido en la audiencia de unificación de personería del juicio civil celebrada el 24 de octubre del 2018 y surge también de la resolución judicial de fecha de 5 de diciembre del 2018.

1. VER ACTA DE AUDIECIA DEL 24 de octubre del 2018.

2. VER SENTENCIA INTERLOCUTORIA 5 de diciembre del 2018.

En tercer lugar, informamos que desde que la Federación Pilagá suplantó a los letrados mencionados, éstos se encargaron de realizar distintos actos en los expedientes con el propósito de desconocer la legitimidad tanto de la Federación Pilagá como de su letrada de confianza y obstruir el avance de las causas. Es así que, entre otras cosas, en la causa civil promovieron un incidente por firmas apócrifas, que fue desestimado por el juez interviniente. En este punto, agradecemos enormemente el valiosísimo apoyo de la Gremial de Abogados y, muy especialmente a su presidente, Eduardo “Negro” Soares, solidarios siempre con las víctimas de injusticias.

3. VER INICIA INCIDENTE FIRMAS

4. VER CONTESTACIÓN FIRMAS APÓCRIFAS

En la nota que controvertimos, el Sr García afirma que: “Esta masacre estuvo ligada a la agenda social y política del entorno formoseño menos en el pueblo Pilagá hasta que a partir de una serie de investigaciones realizadas por el Dr. Carlos Díaz y por mi llevamos a la justicia la causa, iniciamos una causa civil y de eso se desprendió una causa penal que después de estar ‘dormida’ por 4 años se realizó una investigación a los responsables de los hechos”.

Al respecto, informamos que la investigación de los hechos de la Masacre de Rincón Bomba contó con el aporte fundamental de la documentalista Valeria Mapelman. A su vez, deseamos destacar el trabajo de nuestra abogada Paula Alvarado y de Organismos de Derechos Humanos como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de la Matanza (APDH LM), el Servicio Paz y Justicia (SerPaJ) y la Asociación Ex detenidos Desaparecidos (AEDD), como así también de otros colectivos como la Red de Investigadorxs en Genocidio y Política Indígena en Argentina. Todos han contribuido, además, a nuestro empoderamiento.

En la nota mencionada, el Sr. Julio García manifiesta que la causa estuvo “dormida” por años. Esta Federación no puede menos que señalarles que si ello fue así, es precisamente por su pasividad, primero; y luego por los actos tendientes a dilatar y/u obstruir el avance del proceso.

Hemos logrado modificar la caratula de expediente, ya que antes poseía el nombre de GARCIA JULIO CESAR c/ PEN s/DAÑOS Y PERJUICIOS, y hoy se encuentra caratulado a nombre de nuestra Federación.

García afirma que: “…bien se generaron dos causas -la civil y la penal- la segunda finalizó porque quienes estuvieron imputados en algún momento fallecieron, “entonces al no haber personas vivas a quien imputarlas se vence la causa penal…”.

Al respecto, esta Federación informa que ni el señor Díaz ni el señor García son voces autorizadas para informar nada con respecto a la causa penal, ya que no forman parte de ella. Esta Federación en causa penal es querellante y les revocó el poder por haber permitido que vencieran los plazos legales para realizar presentaciones de trascendencia. Asimismo, informamos que dicho proceso continúa pues se encuentra pendiente de resolución su conversión a Juicio por la Verdad.

Por último, el señor García sostiene: “Otra cuestión que nos parece importante es que se ha determinado la participación no solo de la Federación Pilagá sino de distintos referentes que en nombre propio y colectivo representan a las comunidades indígenas que para nosotros es importante a partir de una serie de desentendidos que se han dado dentro de la estructura de legitimación del proceso civil”. Como se señalara con precedencia, las personas asistidas legalmente por el Sr. García únicamente actúan en interés propio. Solo la Federación Pilagá representa intereses colectivos. Por ello, les solicitamos a los señores Díaz y García que no generen grietas internas, como lo hiciera el señor Carlos Díaz en la audiencia del 24 de octubre de 2018 cuando manifestó que habían hermanos que no se sentían representados por la Federación. Algunos de los hermanos que firmaron el acta no saben leer ni escribir, por lo que les rogamos no se aprovechen del estado de indefensión ni utilicen métodos ajenos a nuestra cultura.

Para concluir, la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá ha sido citada para el próximo 8 de marzo a las 11.30 hs por el Juzgado Federal de Formosa en la causa civil por la Masacre de Rincón Bomba (1947). En dicha ocasión, se llevará adelante la audiencia preliminar del art. 360 del CPCCN. Estará presente el Estado Nacional en calidad de demandado. Allí, el juez admitirá o desechará la prueba ofrecida por las partes. Informamos que también esta parte y frente al desconocimiento que tuvimos durante años del expediente, ha solicitado una revisión de determinados hechos. Para nosotros es muy importante que la verdad sobre todo lo sucedido sea conocida por la sociedad toda.-

Contacto:
Presidenta de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá (consejo de Mujeres): Cipriana Palomo +549371862-3642, mail federaciondelpueblopilaga@gmail.com.
Abogada: Paula Mercedes Alvarado: paulila@hotmail.com / 01167479956.

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