En un falló histórico la justicia Federal de Formosa condenó civilmente al Estado Nacional por la “Masacre de Rincón Bomba”, ocurrida en 1947, y lo consideró delito de lesa humanidad. Se ordenó indemnización para las comunidades y la publicación de la sentencia como reconocimiento de lo que ocurrió por parte del Estado. Con los pies en la Tierra accedió al fallo completo y te muestra los detalles.
En la sentencia el juez Fernando Carbajal dio por probado lo ocurrido entre el 10 y el 30 de octubre de 1947 y para eso se valió de lo dicho por sobrevivientes y distintos documentos históricos. “Los hechos que hemos tenido por probados en los considerandos precedentes constituyen crímenes de Lesa Humanidad que deben ser reprochados al Estado Nacional Argentino y por el cual deberá indemnizarse al Pueblo Pilagá”, dice el magistrado.
Por aquellos años, habían comenzado a llegar, a la zona de Rincón Bomba (paraje “La Bomba”), familias enteras de comunidades pilagas porque estaba Tonkiet (Luciano Córdoba), un hombre que sanaba con su palabra. El aumento de personas sirvió de excusa: cerca de allí, se encuentra la localidad de Las Lomitas y el Regimiento 18°, de Gendarmería Nacional.
En un comunicado enviado a las autoridades nacionales de la época, sostenía que encabezados por el Pablito Navarro (Oñedié) estaban los pilagá en “actitud de franco alzamiento” y eran “irreductibles” e “intransigentes”. A esto se sumó el rumor de un posible malón y un ataque inminente a Las Lomitas. Llegaron las advertencias a los indígenas, por parte del entonces administrador de la reducción de Bartolomé De Las Casas, Abel Cáceres, que les dijo que debían ir hacia allí. Pero caciques y sabios decidieron no retirarse.
En 1947, el sargento ayudante Américo Londero era el responsable de la cocina del Regimiento 18° de Gendarmería de Las Lomitas. Le había tomado cariño a dos chicos pilagas Setkoki´en (Melitón Domínguez) y Maliodi’en (Julio Quiroga), que trabajaban allí. Sus testimonios fueron clave en el juicio y figuran en el documental “Octubre Pilagá” de Valeria Mapelman. Londero en la tarde del 10 de octubre, les avisó y les suplicó que se vayan. “¿Entienden que van a disparar las armas?”, les dijo el sargento y les dio víveres para que escaparan de la masacre.
El entonces director general de Gendarmería, Natalio Faverio, dio la orden de desplazar fuerzas para el madrejón donde estaban las tolderías de los indígenas. Así, el 10 de octubre por la tarde comenzó la matanza. La Gendarmería rodeó el lugar donde estaban los indígenas y empezaron a disparar con ametralladoras y fusiles. Durante esos días, hombres, mujeres y niños fueron perseguidos, asesinados y desaparecidos. Los niños capturados fueron enviados a recibir “educación católica” y sus padres no los volvieron a ver.
“La Constitución Nacional y las leyes no regían en La Bomba y el centro oeste del territorio, convertido de hecho en un territorio de persecución contra los integrantes de la etnia sin límites jurídicos y, según lo acreditan los testigos, tampoco limites religiosos, morales o éticos, pues peor – si es ello posible – fue la actuación de los funcionarios estatales en los días siguientes”, dice el juez en la sentencia firmada el pasado 4 de julio.
La persecución incluyó la participación de la Gendarmería, la Fuerza Aérea y la entonces Policía de Territorios Nacionales. Los que pudieron escaparse se fueron a las localidades de Campo del Cielo y Pozo del Tigre. La matanza incluyó un ataque con un avión armado con una ametralladora. El 16 de octubre, Carlos Smachetti “disparó a mansalva a los originarios de la comunidad Pilagá” desde el avión JU-52T-153 que había salido un día antes de la base aérea “El Palomar”. Smachetti fue el único procesado por delitos de lesa humanidad contra comunidades indígenas. Murió en enero de 2017.
Esto menciona uno de los testimonios que tomó en cuenta el juez:
Para el magistrado la sentencia “constituye en sí misma un medio reparatorio en cuanto establece dicha verdad histórica y deja claro los roles cumplidos por los sujetos intervinientes en los hechos”. Y por eso ordenó que sea publicada en diversas páginas como la del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en la del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y en el Boletín Oficial de la Nación.
Además ordenó el otorgamiento de becas estudiantiles a la comunidad; la construcción de un monumento conmemorativo de la masacre en el lugar donde ocurrieron los hechos en 1947, y que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología incluya al día 10 de octubre como recordatorio de la “masacre de La Bomba”.
A ello se suma la indemnización a favor de la comunidad para “promover el fortalecimiento institucional de la organización comunitaria y compensar los daños sufridos” y una suma en “inversiones públicas en beneficio de los integrantes de la etnia Pilagá, a los fines de promover el desarrollo de dicho pueblo”.
“Con los pies en la Tierra” es un programa de Radio sobre Pueblos Originarios que se emite todos los miércoles de 19 a 21 horas por Radio Presente FM 94.5 – La radio del ex CCDTyE Olimpo.
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