Bajo la teoría del “enfrentamiento”, procesaron a cinco Albatros por el asesinato de Rafael Nahuel
El Juez Moldes apuró el cierre de la instrucción y procesó sin prisión preventiva a los cinco miembros de Prefectura que dispararon en la comunidad mapuche. Pero lo hizo por “homicidio agravado, cometido con exceso en la legítima defensa”, un delito que puede ser excarcelable. Dio crédito a una nueva pericia balística que pone en duda la procedencia del disparo mortal y a los audios de los Albatros que instalaron la teoría del enfrentamiento. También procesó por “usurpación” y “atentado contra la autoridad agravado por haberse cometido a mano armada” -con prisión preventiva en este caso- a los dos jóvenes testigos del asesinato que bajaron el cuerpo de Rafael Nahuel.
Pintos y demás Albatros, horas antes del asesinato de Rafael
09/01/2019
El Juez Leónidas Moldes...











