“El video como prueba es contundente: se observa el desprecio por la vida humana”

La Fiscalía argumentó que Amín, Gómez y Valdivieso fueron a Chuschagasta con la intencionalidad de matar y que el autor material del crimen de Javier Chocobar fue el terrateniente usurpador Darío Amín.

22/09/2018

Las últimas jornadas del juicio por el asesinato de Javier Chocobar fueron claves ya que se determinó que el autor material del crimen de Javier fue Darío Amín y que los tres imputados fueron al lugar con serias intenciones de quitarles la vida a los miembros de la comunidad.

La fiscalía argumentó que a partir de los testimonios y el cuerpo de pruebas presentados queda claro que fue Darío Amín el que disparó el arma que mató a Javier Chocobar. En su relato la fiscal Marta Ignacia Jerez manifiesta en relación a Amín que:

“…Usted soltando la cámara filmadora que colgaba de su cuello sacó de su cintura un arma de fuego (revolver calibre 32 largo, serie n° 070600) cuya tenencia y portación era indebida por carecer de la debida autorización legal, y con total desprecio por la vida humana, disparó contra la persona de Javier Cristóbal Chocobar, que se encontraba enfrente, a escasos metros, a la altura de la pirca de lajas, ocasionándole la muerte; sin cesar en su agresión realizó un disparo en contra de Emilio Mamani, produciendo el impacto una herida en la pierna izquierda a la altura de la pantorrilla, para luego efectuar otro disparo en la persona de Andrés Mamani con serias intenciones de quitarles las vidas (ambos)…”

Durante las últimas sesiones, se analizaron los fotogramas correspondientes al vídeo en el cual se filmó el momento de las agresiones y el asesinato de nuestra autoridad Javier Chocobar. El Tribunal solicitó la participación de Delfín Cata y Emilio Mamani para identificar al resto de los comuneros que estuvieron en el lugar de los hechos del 12 de octubre de 2009. A medida que iban pasando las imágenes se pudo ir reconstruyendo cómo fueron los hechos.

Se observó cómo Humberto Gómez disparó a los pies de Delfín Cata y acto seguido le pegó un culatazo con la pistola en la cabeza. También se vió que la pistola que tenía Gómez voló sobre las lajas. En los fotogramas N° 1299, 1302 y 1326 se pudo ver la mano de Darío Amín empuñando la pistola.

Carlos Garmendia, abogado de Chuschagasta, solicitó ver algunos fotogramas específicos en los que se pudo observar las posturas corporales de Andrés Mamani, Delfín Cata y Emilio Mamani frente al ataque de Gómez. Por ejemplo, en el caso de Delfín, al momento que Gómez le efectúa el disparo, se lo ve levantando los brazos y pies en los pies y, ante el ataque de Gómez con la culata del arma, sólo atinó a levantar las manos tratando de cubrirse. Lo mismo que Andrés, que al presenciar esa situación retrocede. En el caso de Emilio, éste tenía sus manos entrelazadas. Este análisis dejó al descubierto que los tres comuneros fueron sorprendidos en el primer momento del ataque de Gómez y que sus reacciones fueron defensivas. También se observó detenidamente cómo Javier Chocobar llegaba por detrás de ellos a la escena, al igual que Orlando Mamani, quien presenció los forcejeos con las armas de fuego y también el asesinato de Javier (en ese momento era un niño de 13 años).

Luego se dio lugar a lectura del cuaderno de pruebas instrumental por parte de la fiscalía, la querella y la defensa. El listado incluye pruebas tales como actas policiales, croquis del lugar, pericias de los teléfonos celulares de los imputados, estudios de las armas y de los cartuchos encontrados, actas del secuestro de la cámara con la que se filmó el vídeo, actas sobre las ropas secuestradas de Javier, Andrés Mamani, Emilio Mamani, el informe forense realizado a los imputados, la copia del contrato comercial entre Amín y Gómez, resultados del dermo-test, antecedentes penales de los imputados, informes balísticos de los cartuchos y de las armas, informes de pericias de sangre realizada a los imputados y también a la gente de la comunidad, informe pericias realizadas a la camioneta, copias de las tarjetas de portación de armas (RENAR), la sentencia del caso de Chiarello y el informe del INAI, entre otras.

Respecto al informe del RENAR sobre portación armas de fuego se indicó que tanto Darío Luis Amín como José Valdivieso no contaban con licencia para portación armas de fuego y en el caso de Humberto Gómez era indebida la tenencia y portación de la pistola Taurus PT140 calibre 40, por carecer de la debida autorización por su carácter de arma de guerra.

Luego de que los abogados defensores realizaron una serie de requerimientos al tribunal relacionados con los informes y las pruebas presentadas, Darío Amín se dispuso a prestar declaración. Con voz temblorosa mencionó los hechos que tuvieron lugar el día 12 de octubre en la cantera entre los acusados y los integrantes de la comunidad. En su declaración admitió haber hecho dos tiros hacia el piso y negó haber visto a Javier Chocobar. Asimismo adujo haber ido al lugar para sacar fotos y filmar el camino, porque pensaban hacer una mejora para los trabajos en la cantera.

La fiscalía manifestó que el video presentado como prueba es contundente, ya que en él se observan claramente las responsabilidades de los acusados Amín, Gómez y Valdivieso, la tenencia y portación indebida de armas, las agresiones y disparos contra los miembros de la comunidad y el desprecio por la vida humana. Asimismo se ve que la comunidad estaba desarmada, que había mujeres y niños. Afirmó que hubo un homicidio y que el juicio tiene el fin de establecer quien fue el responsable y juzgar este hecho.

Por último, el Tribunal informó que el Equipo Científico de Investigaciones Fiscales, perteneciente al Ministerio Público Fiscal, estará a cargo de la reconstrucción del hecho, la cual se llevará a cabo el martes 2 de octubre. Asimismo, informaron que el juicio finalizará en la semana del 11 de octubre.

Fuente: https://www.facebook.com/justiciaparajavierchocobar/posts/1918559761771343

 

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