Actualmente en la comunidad viven 520 personas que habitan el lugar desde hace mas de 30 años. Terreno que fue adquirido en su momento por la provincia para que se radiquen allí.
08/11/2020
El dirigente de la comunidad aborigen Cacique Colashii, Nicolás Paniagua, con el patrocinio del Dr. Dante Nicolás Zanel, le presentaron al Presidente Comunal de la localidad de Los Laureles, Elías Muchiut, un reclamo tendiente a obtener la propiedad comunitaria de la tierra que la comunidad ocupa de forma pública, tradicional y pacífica en el barrio El Paraisal de Los Laureles.
En el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional se reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, y establece derechos específicos como la identidad cultural, la educación bilingüe e intercultural, la personería jurídica de las comunidades, la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, y el derecho a participar en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que les afecten.
A la vez, los instrumentos internacionales de derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional (artículo 75 inciso 22 de la CN) también contemplan con mayor o menor desarrollo derechos de los pueblos indígenas. Entre éstos, cabe mencionar a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (art. XXIII, DADH); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en particular arts. 3 y 21, CADH); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 1 y 27, PIDCP); la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (art. 5 y ss., CERD); y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (arts. 11 y 12 PIDESC).
A ellos deben sumarse tres instrumentos internacionales especialmente dedicados a la temática: el Convenio nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobado mediante la ley n° 24.071; la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en el año 2007; y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en el año 2016 .
Por su parte el Código Civil y Comercial de la Nación dispone en su ARTÍCULO 18. Derechos de las comunidades indígenas Las comunidades indígenas reconocidas tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.-
La historia de la Comunidad, así como su reclamo por la propiedad de la tierra será registrada en un corto documental con la participación de diferentes miembros de la comunidad.
Tanto el dirigente Nicolás Paniagua como el abogado patrocinante manifestaron su conformidad y agradecimiento al Presidente Comunal que prometió trabajar sobre el tema.
Historia de la comunidad Colashii
La comunidad Cacique Colashii comparte el proceso histórico del Pueblo Moqoit en la Provincia de Santa Fe. La comunidad se encuentra en el Barrio El Paraisal de la Localidad de Los Laureles.
Actualmente viven en la comunidad, 520 personas. Las primeras familias comenzaron a establecerse en la cercanía las tierras comunitarias actuales hacia el año 1978. La mayoría de sus integrantes estaban relacionados con el resto de las familias indígenas del norte provincial, a partir de oficiar como peones rurales por los campos de las colonias agrícolas.
Tiempo antes de ocupar las cercanías de su asentamiento actual algunas familias que luego conformaran Cacique Colashi se insertaban en los ciclos de empleos rurales en campos y colonias del norte provincial por lo que se establecían en terrenos de colonos o en zonas marginales del empleo rural.
A mediados de los años 70 se producen cambios en la configuración productiva del agro de la zona, haciendo de los campos otrora marginales, una opción atractiva para los productores, generando un antagonismo con las familias que se asentaban y aprovechaban los recursos de las costas y los ríos.
Estos cambios no dejan más opción a las familias que buscar nuevos lugares donde asentarse, durante un tiempo encuentran solución temporaria en las changas rurales, hacia 1977-78 algunas familias se instalan en campos cercanos al terreno que ocupan actualmente. Entre los primeros en asentarse la comunidad reconoce entre otros a José Balcarce, Jerónimo Balcarce, Gerardo Balcarce, Ceferino Balcarce, Rosa Balcarce, Julia Troncoso y Juan Valdez entre otros.
Natalio Paniagua lleva en aquella época un pedido a quien por entonces Presidia la Comuna de los Laureles para que se permita que siete (7) familias se asienten a la vera del camino rural que bordea la actual comunidad. Había en el lugar un Paraisal que dio nombre al futuro Barrio. Comienza así la ocupación de parte del actual terreno comunitario hacia fines del año 1982. Inicialmente se autorizó a las familias una pequeña faja de terreno junto al camino. Luego se agregaron otras familias provenientes de Colonia Saguer, que tenían lazos de parentesco o amistad de los primeros asentados.-
Hacia fines de los años 90 surge la posibilidad de implementar el programa de viviendas para la comunidad aborígenes Juan Perón, a las cuales la comunidad no pudo acceder por carecer de tierras. A raíz de ello se inician gestiones ante el Senador Departamental Delki Scarpín quien según dichos de los comuneros, gestiona un subsidio para la compra de las tierras. De esta forma el Poder Ejecutivo Provincial otorga un aporte económico a la Comisión Comunal para la compra de la tierra para la comunidad. Con la compra de la tierra las familias de Cacique Colashi dejan la ocupación precaria de casi dos décadas y pasan a ocupar las 7hs actuales.